Desiree Madrid
La titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), María Manuela García Cázares, informó que se apeló la sentencia dictada contra Miguel Ángel Lutzow Steiner porque buscaba un incremento en la penalidad impuesta al exfuncionario; sin embargo, la Sala que revisó el caso decidió confirmar la resolución original, con lo que el asunto pasó a la etapa de ejecución.
García Cázares explicó que los agravios planteados por la Fiscalía en la apelación iban orientados a modificar la pena, pero el Tribunal confirmó la condena inicial, agotando así la participación del Ministerio Público en esa fase del procedimiento.
La titular de la FGE recordó que Lutzow Steiner “todavía tiene derecho al amparo”, por lo que será decisión de la defensa intentar que un juez federal revise nuevamente la sentencia. Mientras que la institución permanecerá atenta a lo que resuelvan los tribunales federales si el señalado recurre a esa instancia.
Con la sentencia ya ratificada, el caso entró en la etapa de ejecución. La fiscal puntualizó que será el juez quien requiera a Lutzow Steiner para que cumpla lo que establece la resolución, y que en este punto el Poder Judicial asume control total del proceso, mientras que la Fiscalía solo da seguimiento jurídico y administrativo a los efectos de la condena.
Sobre si el exfuncionario cumplirá la sentencia en prisión domiciliaria, García Cázares indicó que esa medida ya fue determinada dentro del procedimiento y que corresponderá al juez definir y notificar las condiciones específicas para su cumplimiento una vez que la sentencia quede formalmente ejecutable.
La funcionaria añadió que la resolución de la Sala marca un avance procesal importante, aunque no descarta que puedan presentarse nuevos movimientos legales dependiendo de lo que defina la defensa.
Reiteró que el amparo es un recurso previsto en la ley y forma parte de los derechos procesales de cualquier sentenciado.
Finalmente, García Cázares subrayó que la sentencia se mantiene firme en el ámbito local tras su confirmación en segunda instancia, y que ahora compete al juez establecer los tiempos y formalidades para su ejecución, incluida la modalidad de resguardo domiciliario.





