Por Victoriano Martínez
Ante la denuncia por el ocultamiento de más de mil 513 millones en las relaciones de egresos que el Ayuntamiento debe difundir de oficio, la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) concluyó que no se trata de una violación a la Ley, sino que esa información no se incluyó porque fueron “movimientos de egresos realizados mediante dispersión”.
El 31 de marzo un grupo de ciudadanos, integrantes de las agrupaciones Acción Ciudadana y Ciudadanos Hasta la Madre, presentaron una denuncia por el faltante de mil 513 millones 915 mil 990.63 pesos en la relación de cheques emitidos durante el ejercicio 2016, que fue aceptada por la CEGAIP como expediente DEIOP-003/2017.
El pasado 6 de junio, la CEGAIP emitió una resolución sobre esa denuncia, en la que concluye que el alcalde Ricardo Gallardo Juárez no incurrió en violación a la Ley de Transparencia porque en la difusión de los egresos se ajustó a cumplir con los lineamientos autorizados por la propia Comisión.
En su resolución, la CEGAIP acepta el argumento de la Alcaldía que pone por encima de la Ley de Transparencia sus lineamientos y además le impide verificar que la información pública difundida cumpla con los principios de veracidad y confiabilidad.
“La verificación y fiscalización de la erogación de los recursos municipales, así como de la veracidad de la información difundida por este ente obligado, son aspectos que escapan al ámbito de competencia de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública”, advierte el Ayuntamiento y afirma que la veracidad corresponde a la Auditoría Superior del Estado.
Aunque la CEGAIP en su resolución acepta que la “dispersión” de los recursos no hechos públicos aparece en los Estados Financieros Armonizados al 31 de diciembre de 2016, salvo el concepto específico de “cadenas productivas”, en su resolución ordena poner “a disposición del público en general en su página de internet (…) la información pública completa, actualizada, oportuna y pertinente, relativa a la dispersión de recursos por la cantidad de $1’513’915,990.63”.
No obstante, al describir los conceptos sólo incluye “los rubros de remuneraciones al personal de carácter permanente, remuneraciones al personal de carácter transitorio, remuneraciones adicionales y especiales, seguridad social, otras prestaciones económicas, pago de estímulos a servidores públicos, impuesto sobre nómina y otros que se deriven de la relación laboral”.
Aunque la resolución fue dictada el 6 de junio, la difundió hasta el 18 de agosto en el Portal de Obligaciones de Transparencia, en el que se señala que no se generaron documentos de “respuesta emitida en cumplimiento” ni de “seguimiento por O.G. (órgano garante)”.
En efecto, tras una búsqueda en el portal del Ayuntamiento, no fue posible localizar “la información pública completa, actualizada, oportuna y pertinente, relativa a la dispersión de recursos por la cantidad de $1’513’915,990.63”.