Hija de Salvador Nava, responsable de trato indigno: CEDH

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Por: Eduardo Delgado.

 

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) le giró la recomendación 12/2015 a la directora de Ejecución de Medidas para Menores, Concepción Guadalupe Nava Calvillo (hija del extinto luchador civilista, Salvador Nava Martínez), como responsable del trato indigno en agravio de una víctima a la que le obligaron a bajarse los pantalones, quitarse la ropa interior y hacer sentadillas, a su ingreso al Centro de Internamiento Juvenil (CIJ).

La victima manifestó que el 8 de febrero de 2014, a las 11:00 horas, se presentó en el CIJ para realizar actividades en la unidad terapéutica, en la que prestaba sus servicios voluntarios, e indicó que luego de registrarse dejó en un casillero la sudadera con gorro que vestía, como le indicó un elemento de Seguridad y Custodia.

Enseguida, añadió, pasó a un cubículo donde el celador le practico la revisión corporal y le ordenó bajarse los pantalones, quitarse la ropa interior y que hiciera sentadillas, lo cual llevó a cabo.

La CEDH recabó oficio de Concepción Nava (también esposa del ex gobernador, Horacio Sánchez Unzueta), quien aseveró que la revisión “se apegó” a lineamientos señalados a los custodios y justificó que el acceso a la víctima se restringió por no acatar las medidas de seguridad, así como por proferir “amenazas” al personal.

Aparte personal del organismo constató que en el área de ingreso hay avisos, que señalan que las revisiones son realizadas de la manera que el personal de seguridad y custodia “lo considere necesario”.

En contraposición la comisión refirió que las revisiones deben ser aplicadas con respeto a la intimidad de los visitantes, sin humillarlos ni degradarlos “al solicitarles hacer sentadillas y ni quitarles prendas de vestir”.

Por lo que decretó que en este caso se incumplió lo establecido en el artículo 22 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado, que señala que los elementos están obligados a respetar y proteger la dignidad humana.

“Por lo expuesto, se inobservaron los artículos 1, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reconoce el derecho a la dignidad humana y a la legalidad y seguridad jurídica que protege a los ciudadanos contra actos de molestia injustificada por parte de la autoridad”, decreto la CEDH.

Concepción Nava arguyó que en CIJ no cuenta con reglas para la revisión de los visitantes y que por ende “se utiliza de manera supletoria” el Reglamento Interior de los Centros Estatales de Reclusión de San Luis Potosí.

Para evitar que se repitan ese tipo de hechos, el organismo consideró indispensable que la autoridad emita el Reglamento Interno del Centro de Internamiento Juvenil y realice las modificaciones necesarias al Protocolo de Revisión a Visitas al Centro de Internamiento Juvenil.

La comisión, encabezada por Jorge Vega Arroyo, le pidió a la Concepción Nava que ordene el cese de revisiones “indignas y denigrantes” y que gestione la compra de tecnología de punta para llevar a cabo las revisiones de personas y pertenencias, con el fin de detectar objetos cuyo ingreso esté prohibido en ese centro de internamiento.

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