Impugnan ante el TRIFE designación de Auditora Superior del Estado

Por Antonio González Vázquez

Al considerar que no se llevó a cabo un proceso de elección limpio y apegado a derecho; el abogado Juan José Frías Aguilera, impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TRIFE), la elección de Rocío Elizabeth Cervantes Salgado como titular de la Auditoria Superior del Estado (ASE).

En un comunicado, detalló que “ella no debió haber participado en el proceso de elección, porque estaba impedida con fundamento en el artículo 67 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas, porque la ley dice que no debía haber ejercido recursos públicos un año antes de la elección, hay que ver qué no se entiende de la ley, se eligió a una persona que no era elegible”.

Sostuvo que impugnó el proceso de elección, porque no se dio un proceso incluyente “los diputados se olvidaron de la esencia de la ley, no nos dijeron el motivo o la circunstancia porque no fuimos incluidos en la terna, estamos hablando de un proceso que tiene reglas, porque de lo contrario estamos ante una farsa o una simulación”.

Quien fuera uno de los candidatos a ocupar el cargo de Auditor Superior del Estado, sostuvo que no se puede reponer el proceso de elección, por lo tanto este asunto ahora quedará en manos del Tribunal de la Federación a quien se le solicitó que revise el paquete de los candidatos registrados para que ese organismo decida quiénes sí cumplían con los requisitos para ocupar el cargo.

Además dio a conocer que en razón a las violaciones constantes que se han estado dando en este asunto, se presentó una demanda de carácter penal en contra de la Auditor Superior del Estado, por cometer el delito de ejercicio ilícito de las funciones públicas consideradas en el artículo 323 del Código Penal del Estado “comete el delito de ejercicio de las funciones públicas, quien ejerce las funciones de un empleo sin haber tomado posesión legítima y sin satisfacer todos los requisitos legales, más aparte le deben meter ahí algo por complicidad, esto porque es una persona que no cubre los requisitos de ley”.

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