Incorrecta resolución del TEE en caso de priistas soledenses

Eduardo Delgado

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emplazó al Tribunal Electoral del Estado (TEE), a resolver la demanda de un grupo de inconformes que fueron sustituidos en la lista candidatos a regidores del Partido Revolucionario Institucional (PRI), en el municipio de Soledad de Graciano Sánchez.

En sesión celebrada el pasado miércoles, los magistrados de la Sala Regional revocaron la resolución dictada por el Tribunal local en el expediente TESLP/JDC/144/2021, que desechó por extemporáneos, los reclamos de siete priistas contra la determinación de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI.

Los magistrados Ernesto Camacho Ochoa, Yairsinio David García Ortiz y Claudia Valle Aguilasocho dictaminaron que el TEE consideró incorrectamente como válida, para computar el plazo, una notificación practicada de manera indebida a los quejosos, y que por ende, debió tomar como cierto el día en que los inconformes comprobaron que les fue hecha de su conocimiento la resolución partidista.

De inicio, el PRI postuló a Juan Galaviz Jiménez en la primera posición en la lista de candidatos a regidores por el principio de representación proporcional, y como suplente a Roberto González Noyola.

Después, la directiva estatal del tricolor realizó cambios en su planilla e inscribió a Juan José Zavala Pérez como propietario en la primera posición, y dejó como suplente a Juan Galaviz.

En desacuerdo, los sustituidos y el propio Juan Galaviz recurrieron a la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI, órgano que declaró infundados sus reclamos.

Enseguida, los quejosos recurrieron al Tribunal Electoral del Estado, cuyos magistrados desecharon sus demandas, con el argumento de que fueron interpuestas fuera del plazo legal.

La Sala Regional del TEPJF determinó que el Tribunal local consideró como válida una notificación que no fue practicada conforme lo ordenó la Comisión Nacional, en un domicilio en la Ciudad de México, respecto de la resolución del reclamo de los priistas inconformes.

“En efecto, es claro que el órgano partidista incorrectamente ordenó que se notificara la determinación en un sitio que ya no estaba habilitado por los promoventes para efectos de recibir notificaciones, lo cual también es una irregularidad que debió ser advertida por el Tribunal local”, expusieron en la resolución.

“De ahí que al no haber certeza de la fecha de notificación, la extemporaneidad decretada por el Tribunal Local no se encuentra apegada a derecho, en tanto que no puede declararse la improcedencia de un medio de impugnación si no queda fehacientemente demostrada la causa que lo genera”, precisaron en el resolución del expediente cuya clave es SM-JDC-666/2021 y acumulados, publicado este lunes.

Por tanto, emplazaron al TEE para que “a la brevedad”, emita una nueva resolución, de conformidad con las consideraciones expuestas en su sentencia.

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