Incumple funcionario carrerista recomendación de CEDH… desde hace casi dos años

Diputados deben citarlo para explicar el o los motivos y no lo han llamado

Eduardo Delgado

Por intervención de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), su par estatal notificó al Congreso local el incumplimiento de su propia recomendación dirigida a Leopoldo Stevens Amaro, titular de la Secretaría Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas (Seduvop), quien hace casi dos años la aceptó y en consecuencia se obligó a cumplirla. 

El pasado 5 de noviembre, la Oficialía Mayor del Poder Legislativo recibió el oficio firmado por Jorge Andrés López Espinosa, presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), pero el funcionario carrerista no ha sido requerido por los diputados para explicar en público las razones de su omisión, como impone la ley.

En el oficio PPOF-0060/2020, dirigido a la presidenta de la Directiva de la LXII Legislatura, la panista Vianey Montes Colunga, el titular del organismo estatal citó que el pasado 9 de octubre la víctima interpuso un recurso de impugnación ante la CNDH por el cumplimiento “insatisfactorio” de la recomendación.

Derivado de ello, justificó, días después el organismo a su cargo envió a la Comisión Nacional el expediente del caso. Además de que, añadió, el 17 de marzo del año en curso, la víctima le solicitó reportarle al Congreso del Estado el incumplimiento.

En su escrito, recordó que el 7 de diciembre de 2018, la Comisión Estatal le giró al funcionario la recomendación por la violación al derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, a causa de la “re victimización” María de Jesús Alméndarez Prieto.

Ello, porque el 16 junio de 2017, Leopoldo Stevens permitió la colocación de una manta en la dependencia a su cargo, en la que trabajadores de la Seduvop se manifestaron contra la reinstalación de María de Jesús en esas oficinas. 

Al mes de emitida la recomendación, el 7 de enero de 2019, el funcionario carrerista la aceptó y en consecuencia quedó obligado a su cumplimiento.

Casi dos años después de aceptar la recomendación 22/2018, Leopoldo Stevens la ha incumplido; notificado de ello hace más de un mes el Congreso local no lo ha citado para exponer sus razones de manera pública. 

El artículo 29 de la ley de la comisión establece que, una vez informado el Poder Legislativo del incumplimiento de recomendaciones, “citará a comparecer a las autoridades o personas integrantes del servicio público que juzgue necesario para que expliquen públicamente su actuar”.

Hace casi un mes, en la sesión celebrada el pasado 13 de noviembre, la presidenta de la Directiva del Poder Legislativo, Vianey Montes, ordenó remitirle el oficio a la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género, presidida por el diputado Pedro César Carrizales Becerra, conocido como Mijis. A casi un mes de ello, se desconoce la resolución de esa instancia al respecto.

A continuación se reproduce lo recomendado al funcionario:

PRIMERA. Como forma de reparación del daño, colabore con este Organismo Constitucional Autónomo en la inscripción de la víctima V1 en el Registro Estatal de Víctimas y se tomen en consideración las medidas de rehabilitación previstas en el artículo 62 del mismo ordenamiento legal. Además se tome en consideración como una medida de satisfacción lo solicitado por V1. Se remitan a esta Comisión Estatal las constancias que acrediten su cumplimiento.

SEGUNDA. Colabore ampliamente con el Órgano de Control Interno, en la substanciación del Procedimiento Administrativo de Investigación que se inicie a AR1, y se extienda la investigación a demás servidores públicos que pudieran resultar involucrados, en razón de las consideraciones vertidas en la presente Recomendación, proporcionando para tal efecto las constancias que le sean requeridas y tenga a su alcance.

TERCERA. Como Garantía de No Repetición se diseñe e imparta un curso integral de educación, formación y capacitación en materia de derechos de las víctimas y de los límites a la libertad de expresión, dirigido a la totalidad del personal de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas. Remita a esta Comisión Estatal las constancias documentales que acrediten el cumplimiento de este punto. Se propone para la impartición de este curso se considere a expertos en la temática de víctimas de violaciones a derechos humanos y de violencia contra las Mujeres.  

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