Iniciativa para hacer público sentido del voto de diputados en dictámenes aprobados

 

Por: Antonio González Vázquez.

 

De ser aprobada una iniciativa presentada por la diputada Josefina Salazar Báez, será posible conocer el sentido del voto de los diputados en comisiones respecto de un dictamen, lo cual contribuiría a que la sociedad conozca las decisiones que toman los diputados desde que se aprueba un dictamen y hasta que éste llega al pleno.

La legisladora por el Partido Acción Nacional subraya que “a lo largo del tiempo, en esta y en anteriores Legislaturas no han sido pocas las discusiones entre legisladores, particularmente en asuntos polémicos, en las que se recriminan lo mismo si un diputado que estaba en contra de un dictamen no debió firmarlo, o bien, si es verdad que aquellos que los suscribieron impusieron su firma solo como constancia de asistencia aún y cuando discreparon con su voto del contenido en el dictamen”.

 

En la exposición de motivos de la iniciativa, agrega que “ni en nuestra Ley Orgánica, ni en nuestro Reglamento para el Gobierno Interior de este Poder Legislativo existe precepto alguno que clarifique el asunto de las firmas que acompañan un dictamen o una resolución al momento de su inclusión en la Gaceta Parlamentaria de la sesión que corresponda. Esa es la materia sobre la que versa la presente iniciativa”.

Destaca además que “es deber de las Legisladoras y los Legisladores comprometernos con la profesionalización, seriedad y transparencia de nuestras actuaciones. Si actualmente es una obligación contenida en la Ley de Transparencia que debe publicarse el sentido de cada una de las votaciones de las y los diputados en el Pleno, no existe ninguna razón para que este principio no prime en el fundamental trabajo que realizan las comisiones dictaminadoras”.

 

Se propone adicionar un párrafo al artículo 94 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo en el capítulo de las Comisiones y Comités. Este es el párrafo que se propone incluir.

“Los dictámenes y las resoluciones, al ser entregados para su inclusión en la Gaceta Parlamentaria, deberán estar acompañados de las firmas autógrafas de los legisladores integrantes de la o las comisiones que estuvieran presentes al momento de levantar la votación. En cada una de las firmas anexadas al dictamen, deberá inscribirse al lado del nombre cada legislador o legisladora la leyenda “a favor”, “en contra”, “abstención” o “ausente” para dejar debida constancia del sentido de su voto. Esas inscripciones deberán publicarse en la versión digitalizada de la Gaceta Parlamentaria, añadiéndose las leyendas “Rúbrica” ó “Sin rúbrica” según corresponda a la existencia o no de la respectiva firma”.

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