Justificada, demora en resolver impugnación de Gallardo contra CEEPAC: OKS

Por Eduardo Delgado

  • El expediente de seis mil fojas y aún pendientes diligencias
  • Después de cinco meses sería resuelto en unas semanas más

El magistrado presidente del Tribunal Electoral de San Luis Potosí (TESLP), Oskar Kalixto Sánchez, justificó la dilación en la resolución de la impugnación promovida hace poco más de cinco meses por el alcalde capitalino, Ricardo Gallardo Juárez, contra el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), por el procedimiento sancionador emprendido en su contra por incurrir en promoción personalizada, pero aseguró que en cuestión de semanas sería resuelto.

El 7 de febrero del año en curso, Oskar Kalixto acordó la integración del expediente y su registro como el recurso de revisión TESLP/RR/02/2017, originado de la inconformidad de Gallardo Juárez porque el CEEPAC emprendió el procedimiento para sancionarlo por incurrir en promoción personalizada, violatoria del artículo 134 constitucional.

Entrevistado este lunes en el organismo electoral, donde presentó un libro, el magistrado presidente del tribunal electoral argumentó que se trata de un asunto “de seis mil fojas” y “aparte existen diligencias pendientes” por desahogar.

Asimismo, explicó, en el transcurso de cinco meses “han existido requerimientos al Ayuntamiento y al CEEPAC; nos acaban de contestar el CEEPAC uno la semana pasada”, comentó.

Dado el cúmulo de pendientes, “que uno quisiera sacar lo más rápido posible, pero les aseguró que estamos trabajando en ello y que seguramente ya en próximas fechas tendremos algún resultado”.

  • En próximas fechas, ¿meses?
  • No, no, yo este esperemos que sean semanas.
  • ¿En dos?
  • En lo que se completan las diligencias…completándose estas, esa misma semana creo que estamos en aptitud de emitir una resolución.  

En el acuerdo publicado el 8 de febrero de este año quedó consignado que el presidente del tribunal, Oskar Kalixto, se turnó así mismo el expediente para posteriormente proponer y someter a consideración del Pleno un proyecto de resolución para su discusión y, en su caso, aprobación.

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