La insuficiencia presupuestaria electoral y su secuencia burocrática

Por Victoriano Martínez

La secuencia que ha seguido el caso de la evidente insuficiencia presupuestaria para realizar el proceso electoral de este año mantiene una ruta convenientemente burocrática para no contradecir el criterio impuesto por el gobernador del Estado, así los organismos garantes de la democracia asuman una defensa que apunta a todo menos a darle certeza al ciudadano para ir a las urnas.

Una secuencia que comienza el 12 de octubre pasado, cuando el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) determinó que para organizar las elecciones del 2 de junio se requieren 292 millones 861 mil 877.20 pesos que, con el 5 por ciento adicional en cumplimiento del artículo 42 de la Ley Electoral, dio un total de 307 millones 504 mil 971.06 pesos.

Nadie podría dudar en ese momento que el CEEPAC hizo su tarea y que todo su ánimo estuvo puesto en allegarse la cantidad óptima para que el proceso electoral cumpla con los principios de certeza, legalidad, imparcialidad, independencia, máxima publicidad, objetividad y equidad a los que por ley están obligados no sólo los consejeros, sino todas las autoridades en el Estado.

El siguiente punto de la secuencia se da cuando el Gobierno del Estado presenta la iniciativa de Presupuesto de Egresos para 2024 y en ella aparece una partida para el proceso electoral de 100 millones de pesos, que representa una reducción del 67.48 por ciento que según el CEEPAC se requiere.

El argumento del Ejecutivo fue que la elección no podía costar tanto, que se acabaron los tiempos en los que se aprovechaba un proceso electoral para gastar a manos llenas, y hasta se hablo de boletas electorales en hojas de máquina. Poco faltó para que se hablara de la posibilidad de imprimirlas en mimeógrafos.

Un Congreso del Estado vergonzosamente complaciente con el Ejecutivo no podía hacer otra cosa que adoptar la postura de que 100 millones de pesos bastan para organizar las elecciones, y como a tantas otras ocurrencias que le llegan del Palacio de Gobierno, la aprobó sin chistar, incluido el caso el caso del plebiscito sobre la municipalización de Villa de Pozos.

Cual Simón dice, si lo dicen el Ejecutivo y los diputados, con 100 millones de pesos es más que suficiente para organizar el proceso electoral, a menos que el CEEPAC promoviera, como lo hizo, un juicio electoral para alinearse con la postura del 13 de octubre, cuando mostraron la intención de organizar unas elecciones impecables.

Así fue como el 5 de enero, Paloma Blanco López, presidenta del CEEPAC, presentó un juicio electoral ante el Tribunal Electoral del Estado, por considerar que el recorte presupuestal pone en riesgo la certeza de las elecciones.

Cuando parecía una genuina defensa por convocar a los ciudadanos a un proceso electoral investido con los principios democráticos, especialmente el de certeza en el ejercicio del voto, en rueda de prensa los consejeros electorales aclararon que el juicio se interpuso porque “estaban obligados”. O sea, deber burocrático cumplido, defensa de la integridad del voto ya se verá.

Mas de la secuencia: el 12 de enero el Consejo General de CEEPAC sesionó para realizar una primera adecuación al presupuesto de la elección para ajustarlo a los 100 millones de pesos aprobados. Otra acción burocrática que tenía que hacerse, al estilo de la que se hizo con el caso del primer plebiscito de la historia en San Luis Potosí, que da para que el Ejecutivo simplemente diga no que no.

Este martes correspondió al Tribunal Estatal Electoral el siguiente punto de la secuencia: desechar el juicio electoral porque “escapa de la materia electoral, pues aprobar y estudiar las iniciativas de egresos del Ejecutivo van acorde a una facultad estrictamente legislativa, conferida al Congreso y que el propio Tribunal no puede analizar, ya que no atenta contra derechos políticos electorales”.

Una secuencia que ahí no puede terminar, pues como bola de incertidumbre tiene como punto de llegada el 2 de junio, para cuando se le tiene que dar certeza a los ciudadanos para poder acudir a las urnas a emitir su voto.

El sentido común indica que el paso obligado para el CEEPAC es la presentación de una impugnación a la determinación del TEE en la siguiente instancia… a menos que consideren completado su deber de defensa de la certeza del proceso electoral.

El caso es que hasta ahora la secuencia muestra que se trata más de cumplir lo burocráticamente procedente, pero sin confrontar a quien atenta contra la viabilidad financiera del proceso electoral para exigirle garantizar plenamente el derecho humano al voto como está obligado conforme al tercer párrafo del artículo primero de la Constitución Mexicana.

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