La votaciones en las que aplicará la nueva mayoría calificada del Congreso de SLP

Fernanda Durán

La reforma constitucional aprobada en comisiones del Congreso del Estado para homologar el criterio de mayoría calificada no sólo modifica la redacción de diversos artículos, sino que redefine en qué decisiones legislativas se aplicará el voto de dos terceras partes de los diputados presentes en sesión, un cambio que impacta procedimientos clave del Poder Legislativo.

De acuerdo con el dictamen, la modificación busca unificar criterios, ya que actualmente la Constitución local utiliza distintas fórmulas para calcular la mayoría calificada, como dos terceras partes del total de los integrantes del Congreso, de los diputados presentes o de los miembros del Poder Legislativo, es decir, 18 de 27 diputados.

Con la reforma, la mayoría de los casos quedarán sujetos al criterio de dos terceras partes de los legisladores presentes, alineando la redacción con la utilizada en diversos artículos de la Constitución federal.

Entre las decisiones que se regirán por este nuevo criterio se encuentra la designación de integrantes del organismo garante de transparencia contemplado en el artículo 17, actualmente la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP), cuyo nombramiento requiere el respaldo de una mayoría calificada del Congreso.

En el artículo 54 de la constitución también establece este mismo parámetro para la designación del titular del Instituto de Fiscalización Superior del Estado (IFSE), una figura en la revisión del ejercicio del gasto público y la fiscalización de recursos.

Otra de las decisiones sujetas a esta votación será el artículo 57 con la autorización de montos máximos de endeudamiento o contratación de obligaciones financieras por parte del estado, un procedimiento que requiere el aval de una mayoría calificada del Congreso local.

Asimismo, el artículo 65, relacionado con excepciones en la discusión de proyectos de ley, y el artículo 68, que regula los casos en que el Congreso insiste en una ley observada por el gobernador (veto), cuando el Poder Legislativo decida insistir en una ley previamente vetada por el gobernador.

La reforma también impacta en el artículo 98 de decisiones relacionadas con el Poder Judicial, como la designación de consejerías dentro de su órgano de administración.

La mayoría calificada basada en diputados presentes también se aplicará en el procedimiento de declaración de procedencia contra servidores públicos, previsto en el artículo 126 relativo al juicio políticol.

Asimismo, el artículo 128, relativo a las responsabilidades y sanciones políticas contra servidores públicos, se ajustará al mismo criterio de votación de dos terceras partes de los diputados presentes.

El nuevo criterio se aplicará en los procedimientos relacionados con la Fiscalía General del Estado. El artículo 122 Bis establece que la elección del fiscal, la posible objeción del Congreso a su remoción y la designación de un nuevo titular en caso de vacante deberán aprobarse con el voto de dos terceras partes de los diputados presentes.

Además, impacta el artículo 138, que regula las modificaciones a la Constitución del Estado. A partir de este cambio, las reformas constitucionales deberán aprobarse con el voto de dos terceras partes de los diputados presentes, además del aval posterior de la mayoría de los ayuntamientos del estado.

En el mismo sentido el dictamen también modifica el artículo 129, que se refiere a los procedimientos derivados del artículo 124 de la Constitución local, el cual define quiénes son considerados servidores públicos —desde funcionarios estatales y municipales hasta titulares de organismos autónomos— y establece su responsabilidad por actos u omisiones en el ejercicio del cargo.

Sin embargo, el dictamen mantiene una excepción relevante: el artículo 121 de la Constitución local, relativo a la suspensión o desaparición de ayuntamientos, continuará requiriendo el voto de dos terceras partes del total de integrantes del Congreso en cumplimiento de lo establecido por la Constitución federal.

El dictamen aún deberá ser discutido y votado por el Pleno del Congreso del Estado para que las modificaciones entren en vigor.