Los rebotes de la posible reinstalación del regidor Lujambio

Por Victoriano Martínez

La conformación de la Comisión Jurisdiccional para sustanciar de nueva cuenta el juicio político en contra de Xavier Nava Palacios y su Cabildo en el trienio 2018-2021 va más allá de una reacción a la resolución del Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito en materias Civil y Administrativa a favor de exalcalde interino y actual regidor Alfredo Lujambio Cataño.

En Asuntos Generales, durante la sesión ordinaria del Congreso del Estado este miércoles la nueva Comisión Jurisdiccional quedó integrada por los diputados Juan Francisco Aguilar Hernández como presidente, Martha Patricia Aradillas Aradillas como vicepresidenta y Miguel Ángel López Salas como secretario.

La reposición del procedimiento para que no se vulnere el derecho de audiencia de Lujambio Cataño y de nueva cuenta el Congreso del Estado pueda resolver lo que en derecho corresponda no es algo que ataña sólo al regidor separado del cargo y que también se ordena reinstalar, sino también cuando menos al exalcalde y a la ex síndico Alicia Vázquez Martínez.

Los amparos promovidos por Nava Palacios, Vázquez Martínez y Lujambio Cataño, cuentan con una sentencia con un efecto igual por parte del Juzgado Tercero de Distrito: “1. Dejen insubsistente, únicamente en lo que ataña a (…), todo lo actuado dentro del juicio político que se le siguió en su contra”.

Los amparos 22/2022, de Xavier Nava Palacios, y 23/2022, de Vázquez Martínez, se resolvieron el 1 de diciembre de 2022, en tanto que el de 20/2022, de Lujambio Cataño, se resolvió el 13 de enero de 2023. Es decir, en los tres se consideró la reposición del juicio. Contra los tres, el Congreso del Estado presentó recursos de revisión.

A diferencia del caso de Lujambio Cataño, el de Nava Palacios fue turnado al Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito en materias Civil y Administrativa que, para el 7 de febrero de 2023 revocó la sentencia, por lo que el litigio escaló a otra instancia: la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Nava Palacios informó el pasado 30 de noviembre que “la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo nuestro caso y será la que resuelva, sin consignas ni intereses políticos, como el Gobierno del Estado que presionó al Congreso para lograr una bajeza”. Aún no se ha dado la resolución.

El panorama que se abre con la reposición y consecuente nueva resolución sobre el juicio político abre varias posibilidades. ¿La reposición del juicio político sólo atenderá la falta de derecho de audiencia de Lujambio Cataño o se podrá aprovechar para hacer lo mismo con el resto de los enjuiciados?

La diferencia en los criterios entre el Primero y el Segundo Tribunales Colegiados abre la posibilidad de que la SCJN, en caso de limitar la reposición del juicio sobre Lujambio Cataño, les enmiende la plana para los demás casos, especialmente el de Nava Palacios, que ya fue atraído.

Las circunstancias en las que se repondrá el juicio político ya no son las mismas que en diciembre de 2021, cuando el Congreso del Estado lo resolvió sin que existiera resolución en el juicio de amparo promovido por ejidatarios de Rancho Viejo-La Libertad en contra de los exfuncionarios municipales.

El ayuntamiento encabezado por Enrique Galindo Ceballos firmó un contrato de compra-venta sobre los terrenos en los que se construyó el puente en la Avenida Antonio Rocha Cordero en el que, en la cláusula séptima, se acordó “dar por terminado el juicio de amparo”.

Si en ese juicio se determinaría si Nava Palacios y su Cabildo incurrieron en la ilegalidad por la que se les fincó el juicio político, ¿al haber concluido el amparo sin señalar responsabilidad a los exfuncionarios se quedó sin materia el juicio político? Ese cambio en la situación, ¿dará para que en su nueva resolución el Congreso vuelva a inhabilitar?

Por cierto, ¿se concretó la compra-venta? En los 25 mil 206 pagos realizados de octubre de 2021 a febrero de 2024 en la Plataforma Estatal de Transparencia, sólo aparece un pago por ese concepto el 22 de septiembre de 2022, con el cheque 71520 de Banorte a favor de Juana Cerda Morales, por cuatro millones de pesos.

Una circunstancia que abre la duda sobre el cumplimiento del contrato por parte de los ejidatarios, quienes, al incumplir las obligaciones del contrato, tendrían que cubrir una pena convencional de 50 mil pesos diarios a partir del 1 de enero de 2023 hasta que cumplieran.

Al día de hoy tendrían que haber pagado al Ayuntamiento 22 millones 300 mil pesos, una cantidad muy por encima de los 12 millones de pesos que la administración municipal ofreció pagarles por los terrenos en los que se encuentra el puente que presuntamente invadió su ejido. Galindo Ceballos debe una explicación al respecto.

También en el ámbito municipal, por una situación personal de Lujambio Cataño independiente al juicio político, ¿podrá retomar el cargo como regidor si cuenta con una sentencia de prisión de dos años que le permite cumplirla en libertad porque pagó una multa y convenió y pagó reparación del daño con la víctima?

La resolución del Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito sobre el caso Lujambio Cataño abre una serie de expedientes pendientes de resolver que más de un servidor público quisieran que no se les removiera… sobre todo quienes ya tienen un lugar en las boletas electorales para el 2 de junio.

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