México y EUA acuerdan Plan de Reparación en la planta de Goodyear-SLP

Estela Ambriz Delgado

Los gobiernos de México y Estados Unidos llevarán a cabo un Plan de Reparación respecto a los derechos colectivos de los trabajadores en la planta Goodyear de San Luis Potosí, derivado de la solicitud de revisión al amparo del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

A través de un comunicado conjunto de la Secretaría de Economía (SE) y la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) publicado ayer 19 de julio, el Gobierno de México informó del acuerdo derivado de las consultas realizadas entre ambos gobiernos, a partir de la investigación realizada por la Federación en dicha empresa.

En el mismo también se informa que la STPS determinó que en Goodyear-SLP, de conformidad con la Ley Federal del Trabajo, el Contrato Ley de la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados (“Contrato Ley”) establece prestaciones más benéficas a las personas trabajadoras sindicalizadas, sin perjuicio de cualquier contrato colectivo de trabajo que cubra la instalación.

Respecto al plan de reparación se indica que este incluye diversas acciones y compromisos encaminados a asegurar la aplicación efectiva de la Ley Federal del Trabajo, a fin de garantizar que las personas trabajadoras de dicha planta, obtengan los beneficios que les corresponden en virtud de la misma y del Contrato Ley, además de brindar capacitación y apoyo a los procesos de votación internos, y la STPS y el CFCRL monitorearán el debido cumplimiento de dicho plan.

De igual forma en el comunicado se indica que a lo largo de la revisión realizada en el marco del T-MEC, Goodyear cooperó plenamente con las autoridades mexicanas y estadounidenses.

Cabe recordar que la solicitud de revisión identificaba presuntas violaciones a derechos colectivos por la negativa de la empresa de aplicar los términos más beneficiosos del Contrato Ley, además de la supuesta desinformación por parte de la empresa y el sindicato que anteriormente ostentaba el contrato colectivo de trabajo respecto a la existencia del Contrato Ley; así como la omisión de sancionar a los responsables de interferir u obstruir la consulta de legitimación del contrato colectivo de trabajo realizada el pasado 23 de abril.

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