NueveTV, la autorregulación fallida en la televisión pública

El canal televisivo cuenta con diversos mecanismos de autorregulación; Código de Ética es un copy-paste del código ético de Canal 14.

José de Jesús Ortiz

“Generar y transmitir programas en calidad digital, con contenidos que contribuyan al enriquecimiento de la educación y la cultura de la comunidad potosina, fortaleciendo los lazos de unión entre los diversos grupos que conforman el tejido social”.

La anterior es la Misión que se plantea el Instituto de Televisión Pública de San Luis XHSLS Canal 9 o NueveTV, como compromiso y razón de ser de su trabajo como medio de comunicación público de carácter estatal. Un compromiso regulado por diversas disposiciones legales, en particular por la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el Decreto Administrativo que le dio origen, pero también a partir de diversos mecanismos de autorregulación como el Código de Ética y el Defensor de la Audiencia.

En el caso particular de los mecanismos de autorregulación con que cuenta Canal 9 —previstos en la Ley Federal de Telecomunicaciones—, se trata de figuras que buscan un ejercicio de la comunicación desde la responsabilidad social y la rendición de cuentas con las audiencias, aunque en la práctica parecieran simples figuras decorativas: el Código de Ética es una copia letra por letra del que años atrás elaboró Canal 14 sin citarlo siquiera como referente, mientras que en el caso del Defensor de la Audiencia, su titular, el historiador David Vázquez Salguero, carece de una trayectoria directa acreditada en el campo de la comunicación, por lo que incumple parte de los requisitos que exige la ley citada. Una autorregulación, impuesta por obligación legal, que en los hechos pareciera fallida.

A ello se añaden problemáticas registradas por esa televisora durante los últimos años, como la carencia de personal, escasas producciones y un presupuesto exiguo que se ha mantenido entre recortes y pequeños incrementos en los últimos cuatro años; también, la designación del director de esa televisora pública incumpliría disposiciones previstas en el marco legal que rigen su operación.

Los antecedentes de NueveTV

Los antecedentes de NueveTV de alguna manera se remontan a 1985 cuando se crea la Dirección del Centro de Producción de Televisión Inmevisión de San Luis Potosí, como un medio de comunicación del Gobierno del Estado, operando con un permiso que le fue otorgado el 12 de mayo de 1987. Posteriormente, en enero de 1990 se creó la Unidad de Televisión San Luis Potosí, XHSLS Canal 9, como organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

Ya en el gobierno de Fernando Silva Nieto (1997-2003), Canal 9 entró en un proceso de extinción y despareció en medio de problemas de diversa naturaleza, con una burocracia ascendente y espacios informativos convertidos en mera propaganda para el gobierno estatal, utilizados de forma facciosa. En su lugar, mediante un Decreto Administrativo de febrero de 2002, se creó la Comisión de Televisión Educativa de San Luis Potosí, como organismo desconcentrado de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado.

Más de una década después, en julio de 2015, al final del sexenio de Fernando Toranzo, el Gobierno del Estado presentó una solicitud ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones “para transitar al régimen de concesión de uso público” el permiso que le había sido otorgado en mayo 1987. Esta petición fue autorizada el 14 de julio de 2016, entregándose la concesión en 2017.

Finalmente, durante el gobierno de Juan Manuel Carreras, el 21 de noviembre de 2017, se publicó en el Periódico Oficial del Estado el Decreto Administrativo para crear el Canal 9, como un organismo público descentralizado. En el artículo primero del Decreto se planteó lo siguiente: “Se crea el Instituto de Televisión Pública de San Luis Potosí XHSLS Canal 9, como un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría General de Gobierno, por tener entre otras responsabilidades, la promoción y el fomento de los valores y principios democráticos”.

Este decreto es el fundamento legal de XHSLS Canal 9, así como las disposiciones previstas en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y de manera central a través de la puesta en marcha de diversos mecanismos de autorregulación, algunos de ellos que parecieran incumplirse en la práctica.

Un Código de Ética poco ético

Dice el maestro Javier Darío Restrepo, fundador del Consultorio Ético de la Fundación Nuevo Periodismo Iberoamericano (FNPI) y referente principal en este campo, que la ética es una guía, como las estrellas o las brújulas para los navegantes. Una ética, la del periodismo, centrada en “los valores del compromiso con la verdad, de la independencia y de la responsabilidad social, que son los altos niveles del mejor periodismo”.

En el caso de los medios públicos como NueveTV, estos valores que rigen su trabajo deben plasmarse en un Código de Ética, pues así lo mandata desde 2014 la ley federal en la materia. En este caso, el Código de Ética de NueveTV plantea valores y principios que no surgen de una reflexión o deliberación propia, a partir de su contexto, quehacer y dinámicas comunicativas, sino solamente copiado tal cual de un Código de Ética ya existente.

Dentro del Capítulo 4 sobre los Derechos de las Audiencias, el Artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, establece lo siguiente: “Los concesionarios de radiodifusión o de televisión o audio restringidos deberán contar con un Código de Ética, que, bajo un principio de autorregulación, tendrá por objeto informar al público en general la forma detallada como el propio concesionario se compromete a respetar y promover todos y cada uno de los derechos de las audiencias enumerados en el presente artículo”.

El 22 de abril de 2017, XHSLS Canal 9 presentó su Código de Ética ante el Registro Público de Concesiones del Instituto Federal de Telecomunicaciones, y obtuvo la Constancia de Inscripción el 17 de abril de 2017. Un formalismo administrativo para la televisora solamente —en ese momento dirigida por Alejandra Tello—, pues dicho Código de Ética no fue producto de una reflexión interna del canal, de sus comunicadores o consecuencia lógica de una deliberación más amplia en la que intervinieran especialistas y reflexionaran sobre las implicaciones éticas y dilemas en el manejo de los contenidos e información que se ofrece a las audiencias.

El Código de Ética de Canal 9 registrado ante el Ifetel es una copia tal cual del de Canal 14, una televisora pública del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, que inició sus transmisiones en 2012. Párrafo tras párrafo, los 30 artículos/principios que lo integran son un copy-paste de aquel Código de Ética, solo se eliminaron las referencias al “Sistema Público de Radiodifusión” y se sustituyeron por las del “Instituto de Televisión de San Luis Potosí”.

El primer punto o principio del Código de Ética de NueveTV (disponible también en la página web de ese canal), habla sobre la Misión del medio y establece:

Letra tras letra, lo planteado ahí como Misión es copia textual de lo dispuesto en el Código de Ética de Canal 14, en la que solo se suprimieron las referencias al Sistema Público de Radiodifusión.

Y así el resto, con principios éticos que poco tienen que ver con la programación o contenidos generados por Canal 9, como sucede, por ejemplo, con el punto 25 que habla de los noticieros y el equilibro informativo cuando no existe en su programación noticiero alguno sobre lo que sucede a nivel estatal, sino solo algunas retransmisiones del canal RT (Rusia Today) con contenidos internacionales.

Código de Ética de Canal 9
Código de Ética Sistema Público de Radiodifusión

En ninguna parte de dicho Código de Ética de Canal 9 se cita al documento original del cual se copió de forma íntegra, tampoco se refiere que sea una adaptación o adecuación de un código ético nacional al contexto local, que no lo es porque se copia tal cual el documento sin atender a problemáticas particulares para el manejo de la información y contenidos programáticos o en su relación con las audiencias. En los hechos, una forma de plagio. Dicho Código de Ética “elaborado” durante la administración anterior del canal tampoco ha sido modificado o actualizado por la actual dirección de NueveTv, a un año ya de haber asumido funciones.

El Defensor de la audiencia, experiencia oblicua en la comunicación

Canal 9 o NueveTV, es uno de los pocos medios de comunicación a nivel local que dispone de instrumentos o mecanismos de autorregulación de su trabajo, una práctica comunicativa que busca sobre todo la rendición de cuentas del medio ante sus audiencias desde una perspectiva ética y de responsabilidad social. Además del Código de Ética, cuenta también con la figura del Defensor de la Audiencia, prevista en el Artículo 259 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

En el caso de Canal 9, el actual Defensor de la Audiencia es David Vázquez Salguero —también director del Colegio de San Luis—, cuyo campo de desarrollo profesional ha sido la academia y la función pública, sin reconocimiento acreditado en el ámbito de la comunicación como lo prevé la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Establece el Artículo 259 de la citada ley: “El Defensor de la Audiencia será el responsable de recibir, documentar, procesar y dar seguimiento a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o señalamientos de las personas que componen la audiencia”. Entre los requisitos que prevé dicha ley (en su Artículo 260) para la designación del Defensor de la Audiencia, se encuentran los siguientes:

I. Tener cuando menos treinta años cumplidos al día de su designación;
II. Contar con reconocido prestigio en las materias de comunicaciones, radiodifusión y
telecomunicaciones;
III. No haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año, y
IV. Que no haya laborado con el o los concesionarios respectivos, según sea el caso, durante un periodo previo de dos años.

El actual Defensor de la Audiencia fue designado el 21 de abril de 2021 para desempeñarse en esa función —con carácter honorífico—, un nombramiento que al menos incumpliría el segundo de los anteriores requisitos pues su trayectoria profesional ha sido en la academia, no en la comunicación y las telecomunicaciones. Según su currículum oficial, es Licenciado en Arqueología por la Universidad de Guadalajara, Maestría en Historia por el Colegio de San Luis y Doctorado en Historia por la Universidad Nacional Autónoma de México. Sus líneas de investigación son Estudios del Territorio, Migración y configuración territorial, Historia social y cultural e Historia interdisciplinaria.

En entrevista, Vázquez Salguero señala que no es ajeno a la comunicación, pues en su entorno familiar siempre tuvo cercanía con el periodismo, además de que a lo largo de su trabajo profesional ha participado en diversos proyectos del Colegio de San Luis relacionados con la comunicación.

“De alguna manera he estado vinculado con el ámbito (de la comunicación) desde la infancia, mi papá fue periodista; otro tío también, dirigió por un tiempo parece que El Sol de San Luis; otro tío se fue a Tlaxcala, otro en Jalisco. El periodismo ha estado, desde chico, en mi ámbito. Ya trabajando aquí en el Colegio de San Luis me tocó apoyar cuando se lanzó la idea de la estación de radio… Antes también estuve muy involucrado, más que en términos de comunicación en el ámbito editorial, fungí como presidente del Consejo Editorial de aquí del Colegio, dirigí la revista y eso también, no vinculado directamente al periodismo, pero sí en los procesos de comunicación de la ciencia, básicamente. He formado parte del comité organizador del Premio Estatal de Periodismo y eso me vinculó con el gremio”.

Por todo ello, considera que cumple con el requisito que establece la ley federal para desempeñarse como Defensor de la Audiencia. Dice que su trabajo al frente de la Defensoría de la Audiencia de NueveTV lo piensa más “desde el ámbito de los derechos humanos que desde la especialización de la tarea en términos de la comunicación”.

Hasta el cuatro de julio de 2022, de acuerdo con la respuesta a la solicitud de información con el folio 241968022000006, su intervención al frente de la Defensoría de la Audiencia comprendía lo siguiente: “Ha recibido dos quejas sobre la programación y vestuario; cuatro solicitudes sobre cómo anunciarse y dos de empleo; y dos sugerencias para los programas y entrevistas, las cuales se atendieron con oportunidad a través del correo”.

“El tema de las quejas recibidas fue sobre la emisión de programas de RT y otra sobre la indumentaria de un presentador de un programa de deportes, mismas que fueron contestadas también a través de correo electrónico que para tal efecto de habilitó para el Defensor de las Audiencia”.

Sobre pronunciamientos, recomendaciones u opiniones emitidas por el Defensor de la Audiencia a partir del trabajo o contenidos ofrecidos por Canal 9, se indicó: “No se han emitido pronunciamientos, pero sí ha externado el Defensor de la Audiencia diversas opiniones, en reuniones de trabajo con la Dirección General, particularmente; en relación a la importancia del contenido científico y cultural; sobre vínculos a realizar con centros de investigación, organismos estatales y la cobertura regional”.

En la respuesta a la solicitud de información, se agrega que de los comentarios emitidos por el Defensor de la Audiencia “nace precisamente la búsqueda de alianzas con diversas secretarías y con el Copocyt, lo cual se constata los diversos convenios verbales y formales”. En el caso de Consejo Potosino de Ciencia y Tecnología, una alianza para producir cápsulas y contenidos sobre el “quehacer de instituciones de educación superior” en materia de investigación y desarrollo tecnológico; además de otras actividades como la participación en el programa Tu casa al día para difundir actividades de ciencia, tecnología e innovación.

En contraparte, no hay registro de opiniones o pronunciamientos públicos del Defensor de la Audiencia sobre la programación y contenidos que ofrece NueveTV, algunos de ellos propios de la televisión comercial y otros promotores de la superchería, contrarios a la divulgación de la ciencia o la formación de un pensamiento científico como sucede, por ejemplo, con Recorrido paranormal un programa “en búsqueda de manifestaciones paranormales, en los sitios más aterradores de San Luis Potosí y de la República Mexicana, utilizando equipos lo más caseros posibles para presentar evidencia real”.

De acuerdo con lo que establece el punto nueve del Código de Ética de la televisora, la Defensoría de la Audiencia se compromete a “estimular la formación de audiencias críticas y participativas conocedoras de sus derechos y de los principios éticos” asumidos en dicho Código. Uno de esos principios del Código de Ética (el 27), expresa el compromiso de la televisora con la educación, las ciencias y las artes, además de “contribuir y estimular en sus contenidos al fomento de una educación de calidad, la ciencia y el desarrollo tecnológico”. Lo contrario a lo que se promueve en programas como el referido.

Vázquez Salguero, como Defensor de la Audiencia de NueveTV, reconoce que sí existe una contradicción entre los objetivos de la televisora relacionados con la promoción de la educación, la ciencia y la cultura, y lo que se ofrece en programas como el de Recorrido paranormal, aunque de manera formal no ha hecho pronunciamientos sobre este tipo de contenidos de la televisora.

Director de NueveTV ajeno a la comunicación

El 26 de septiembre de 2021, el gobernador Ricardo Gallardo designó a José Alfonso Cuevas Iñiguez como director de XHSLS Canal 9 y lo exhortó a “cumplir con las atribuciones y obligaciones inherentes que a dicho cargo corresponden”. Un nombramiento que también incumpliría disposiciones que establece el propio Decreto Administrativo del Gobierno del Estado con el que se creó dicho canal.

En alguno de sus currículums aún disponible en internet, aunque no actualizado, se registra que Cuevas Iñiguez cuenta con estudios incompletos de Ingeniería en Sistemas —en el Registro Nacional de Profesiones no hay registro de cédula profesional alguna a su nombre— y ha desempeñado diversos empleos en la Ciudad de México, en particular en la Asamblea Legislativa, así como en la Delegación Azcapotzalco, entre otros; la mayoría de ellos relacionados con cuestiones de informática, sin rastro alguno de experiencia en el campo de la comunicación.

El Artículo 13 del Decreto de creación de Canal 9 señala: “El gobernador del estado designará y podrá remover libremente a él o a la titular de la Dirección General del Organismo quien deberá cumplir con el siguiente perfil: I. Estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos políticos y civiles; II. Tener una trayectoria reconocida en el campo de la comunicación pública y la administración pública; III. Tener cuando menos tres años de experiencia profesional en áreas administrativas y de radio y telecomunicaciones; IV. No haber sido condenado por delito patrimonial o inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público”.

En el caso de Cuevas Iñiguez, al menos la fracción dos de dicho artículo se incumpliría al no tener experiencia o trayectoria acreditada en áreas relacionadas con la comunicación, pues su experiencia laboral es en otras áreas.

A todo lo anterior, se suman las carencias y limitaciones presupuestales del canal, con un presupuesto que en los últimos cuatro años se ha mantenido prácticamente sin variaciones, según la Ley de Presupuestos de Egresos: 9 millones 330 mil pesos para 2022 y 9 millones 256 mil pesos en 2021; aunque en comparación con 2020 sí registra un decremento importante, pues ese año el presupuesto fue de 10 millones 308 mil pesos.

En el Programa Institucional 2020-2021 de Canal 9 (que corresponde al último año del gobierno del priista Juan Manuel Carreras), se reconocieron diversas áreas de oportunidad o problemáticas que afectaban a la televisora, entre ellas que “no se cuenta con Unidad Móvil equipada, lo cual limita la posibilidad de ofertar servicios de transmisión directa o grabación; no contamos con servicio satelital, lo que impide conectar en vivo transmisiones como el Festival Cervantino, u otros eventos de relevancia que son del gusto de la audiencia; no contamos con suficiente recurso humano, como un contralor interno, camarógrafos y productores, editores, Transparencia y ahora nuevamente sin contar la Gerencia de Producción la cual fue afectada con el recorte presupuestal del 2021 debido a la contingencia COVID SARS-19, que ya se había logrado contratar en el 2019 con la aportación de la Emisora y el apoyo de la Secretaría de Finanzas”.

A la fecha, con pocos contenidos propios, Canal 9 cuenta entre sus producciones con los programas Tu casa al día, Recorrido paranormal, Deporte sin límites, La hormona, Hablemos Tv (en convenio con el Colegio de San Luis) e Intermención (un programa de difusión del Instituto Potosino de Bellas Artes). El resto son contenidos nacionales e internacionales a partir de convenios de colaboración firmados por NueveTV para la retransmisión de esos programas. Contenidos con los que busca, como dice en su Misión, contribuir “al enriquecimiento de la educación y la cultura de la comunidad potosina, fortaleciendo los lazos de unión entre los diversos grupos que conforman el tejido social”.

Finalmente, los mecanismos de autorregulación con que cuenta NueveTV (impuestos por disposición normativa de la Ley Federal de Telecomunicaciones), en los hechos parecieran reflejar la dificultad de sacar adelante estos instrumentos de rendición de cuentas ante las audiencias, sobre todo cuando se parte de la imposición, no de la convicción y la reflexión del por qué de su importancia.

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