Abelardo Medellín
El Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí publicó nuevos Lineamientos Generales para la Selección de los Integrantes de los Comités Municipales de Participación Ciudadana, mismos que contemplan cambios como menos controles públicos, menos participación municipal y concentración de decisiones en el Comité.
Los cambios que modifican los lineamientos anteriores aprobados en 2023, fueron publicados en el Periódico Oficial del Estado este lunes 15 de junio a través del documento “Lineamientos Generales para la selección de los integrantes de los Comités Municipales de Participación Ciudadana”.
Además, se publicaron dos acuerdos que derivaron los lineamientos anteriores de selección y las peticiones emitidas a los cabildos municipales para integrar las comisiones de selección.
El principal cambio publicado dentro de los nuevos lineamientos consiste en la eliminación de las Comisiones de Selección Municipales, organismos que en el modelo anterior servían como intermediarios entre los ayuntamientos y los Comités Municipales de Participación Ciudadana.
De acuerdo con los lineamientos anteriores, cada cabildo debía emitir una convocatoria para integrar una comisión conformada por cinco ciudadanos, la cual posteriormente era responsable de seleccionar a quienes integrarían los comités municipales.
Esa figura desaparece en los nuevos lineamientos y la facultad para nombrar directamente a los integrantes de los Comités Municipales de Participación Ciudadana queda en manos del propio CPC eststal, que deberá emitir las convocatorias y encargarse de la selección.
Además, el nuevo documento ya no les asigna a los cabildos funciones relacionadas con la designación de los integrantes de los órganos ciudadanos municipales.
Otra de las diferencias se encuentra en el procedimiento de selección, pues mientras los lineamientos aprobados en 2023 establecían una serie de etapas obligatorias que incluían consultas públicas, publicación de listas de aspirantes, difusión de expedientes en versiones públicas, cronogramas de audiencias y sesiones públicas para la designación de los integrantes, además de plazos definidos para cada fase del proceso.
La versión publicada en 2026 elimina gran parte de esos procedimientos detallados y concentra el proceso en una convocatoria emitida por el Comité de Participación Ciudadana estatal, mediante la cual instituciones y organizaciones podrán presentar postulaciones de aspirantes para ocupar los cargos disponibles en los comités municipales.
De igual forma, se modificó el listado de sectores facultados para participar en las postulaciones.
El documento anterior contemplaba, además de instituciones académicas, colegios de profesionistas, cámaras empresariales, organizaciones civiles y comités de contraloría social, la participación del Consejo Ciudadano de Transparencia y Vigilancia para las Adquisiciones y Contratación de Obra Pública del Gobierno del Estado, referencia que ya no aparece en los nuevos lineamientos.
Los nuevos lineamientos incorporan una exposición de motivos que no existía en la versión de 2023 y que se centra en el análisis de los requisitos académicos para acceder a estos espacios de representación ciudadana.
También se añadió una exposición de motivos en la que se argumenta que la exigencia de contar con un título profesional de licenciatura con una antigüedad mínima de diez años puede constituir una barrera de acceso para personas con experiencia social y comunitaria que no cuentan con estudios universitarios. Sostiene que dicho requisito representanta una forma de discriminación indirecta por nivel educativo al excluir a ciudadanos con liderazgo social, experiencia comunitaria o conocimiento del entorno local.
A partir de esa argumentación, los lineamientos incorporan un criterio de interpretación orientado a favorecer la participación ciudadana en condiciones de igualdad, inclusión y no discriminación:
“Deberán interpretarse y aplicarse favoreciendo en todo momento la participación ciudadana en condiciones de igualdad, inclusión y no discriminación, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales en materia de derechos humanos”.
Asimismo, se ahonda en las funciones que tendrán los Comités Municipales de Participación Ciudadana y se establecen atribuciones relacionadas con la promoción de la cultura de la legalidad, la vinculación entre sociedad y autoridades municipales; la formulación de propuestas en materia anticorrupción; y la colaboración en el seguimiento de políticas públicas vinculadas con transparencia y rendición de cuentas.
Los lineamientos fueron emitidos y firmados por el presidente del CPC, Fabián Espinoza Díaz de León, quien ha ostentado el cargo desde el 12 de diciembre de 2025.



