Partido Verde reserva resultados de antidoping de Gallardo

Jaime Nava

El Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en San Luis Potosí reservó los resultados del examen antidoping que se realizó Ricardo Gallardo Cardona para poder participar en la contienda interna de ese partido como precandidato a la gubernatura de San Luis Potosí.

De acuerdo con la fracción VI de la base quinta de la convocatoria emitida por la Comisión Nacional de Procedimientos Internos del PVEM, todos los militantes y simpatizantes que deseen participar en el proceso de selección de candidatos deben anexar “la constancia de resultados vigente de un examen antidoping, realizada por un laboratorio autorizado”.

Con base en lo anterior, un usuario de la Plataforma Nacional de Transparencia solicitó al Partido Verde que le proporcionaran la versión pública de la constancia de resultados de todos los aspirantes registrados al proceso interno de selección de candidato a gobernador de San Luis Potosí, en este caso, de Ricardo Gallardo Cardona, único precandidato de ese instituto político.

Además, en la solicitud con número de folio 01307220 consta que se le pidió al PVEM que informara el nombre de los laboratorios autorizados para practicar los exámenes toxicológicos que indica su propia convocatoria.

El PVEM evitó entregar el listado de laboratorios y los resultados del antidoping de Ricardo Gallardo Cardona con el argumento de que se trata de información que “forma parte de los procesos deliberativos y estrategias políticas” y que, según el artículo 31 de la Ley General de Partidos Políticos, “se considerará reservada la información relativa a los procesos deliberativos de los órganos internos de los partidos políticos, la correspondiente a sus estrategias políticas, la contenida en todo tipo de encuestas por ellos ordenadas, así como la referida a las actividades de naturaleza privada, personal o familiar, de sus militantes, dirigentes, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, en términos de la ley de la materia.”

La ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado señala que, cuando se reserve información, los comités de transparencia deben elaborar un acuerdo en el que se indique: I. La fuente y el archivo donde se encuentra la información; II. La fundamentación y motivación del acuerdo; III. El documento, la parte o las partes de los mismos, que se reservan; IV. El plazo por el que se reserva la información; V. La designación de la autoridad responsable de su protección; VI. Número de identificación del acuerdo de reserva; VII. La aplicación de la prueba del daño; VIII. Fecha del acuerdo de clasificación, y IX. La rúbrica de los miembros del Comité.

El Partido Verde Ecologista de México aseguró que su Comité de Transparencia confirmó reservar la información el pasado 4 de enero; sin embargo, no se puede corroborar la veracidad de esa afirmación debido a que el PVEM no entregó la copia del acuerdo de reserva ni algún otro documento.

 

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