Piden organizaciones internacionales a Carreras no promulgar reformas sobre ley de no fumadores

Por Eduardo Delgado 

Organizaciones internacionales, dedicadas a la defensa del derecho a la salud, enviaron una carta al gobernador, Juan Manuel Carreras López, para pedirle “que no publique” las recientes reformas a la Ley de Protección a la Salud de las Personas No Fumadoras, porque “no establece la prohibición de fumar” en todos los lugares públicos de acceso público y de trabajo, “al contemplar excepciones” en esos espacios.

Directivos de “Corporate Accountability”, “Framework Convention Alliance”, “La Unión Internacional Contra la Tuberculosis y Enfermedades Respiratorias” y “Fundación InterAmericana del Corazón”, firmaron el texto fechado el pasado 29 de noviembre.

Esgrimieron que “desafortunadamente” esa norma “contempla excepciones” que permiten fumar en sitios públicos cerrados y centros de trabajo y por ende “le solicitamos que no la publique”.

Toda vez, añadieron, que esa legislación “no cumple con los estándares de protección de la salud que requiere el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (CMCT-OMS)”, advirtieron.

“Nos dirigimos a usted en nuestro carácter de organizaciones internacionales comprometidas con la defensa del derecho a la salud para expresarle respetuosamente nuestra preocupación por la reciente aprobación del dictamen que reforma la Ley de Protección a la Salud de las Personas No Fumadoras del Estado de San Luis Potosí”, asentaron en las primeras líneas de la carta publicada en el página de Códice en internet.

Códice se identifica como una organización de la sociedad civil dedicada a trabajar en temas relacionados a la defensa de la salud y derechos humanos desde 2006, en especial sobre la salud integral: control del tabaco, defensa de derechos sexuales y reproductivos y laicidad, etc.

En la carta explican que el CMCT-OMS es un tratado internacional suscrito por 181 países, entre ellos México, reconocido por tribunales judiciales en la región y que el mismo impone obligaciones “exigibles a los diferentes niveles de gobierno”.

Señalan que el humo de tabaco ajeno causa 890 mil muertes prematuras en el mundo y que en las personas no fumadoras expuestas al humo del cigarro en sus hogares o centros de trabajo “aumenta el riesgo de cáncer de pulmón de un 20% a un 30%”.

Refieren que el tratado internacional impone: “Los gobiernos deberán adoptar y aplicar medidas eficaces para proteger a la población de los devastadores efectos de la exposición al humo del tabaco ajeno”.

“Por todos estos motivos, consideramos que es muy importante una reforma a la Ley de San Luis Potosí”, pero “de fondo”, apegada al CMCT-OMS y sus directrices, pues “el dictamen que se pretende promulgar y publicar permite espacios interiores aislador para fumar”.

“Por todo lo anterior, y con fundamento en los ordenamientos invocados, solicitamos a usted que no sea promulgada y publicada esta legislación. De antemano le agradecemos su amable atención y esperamos que la población de San Luis Potosí y nuestras organizaciones puedan contar con su decisión firme de proteger la salud colectiva”, finaliza la misiva.

Corporate Accountability: Impide que las compañías trasnacionales continúen dañando nuestra democracia, perpetúen el abuso a los derechos humanos y sigan destruyendo nuestro planeta.

Framework Convention Alliance: Organización civil que trabaja para lograr un mundo libre de las devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, económicas y ambientales del consumo del tabaco.

La Unión Internacional Contra la Tuberculosis y Enfermedades Respiratorias: Promueve la autonomía, en el marco de las prioridades de cada país, a través del desarrollo, implementación y evaluación de los programas de tuberculosis, salud pulmonar y enfermedades no transmisibles, así como otros problemas de salud pública.

Fundación InterAmericana del Corazón: Promueve políticas públicas y cambios sociales que garanticen la protección del derecho a la salud a través de la reducción de las enfermedades crónicas no transmisibles, especialmente las cardiovasculares y cerebrovasculares.

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