Por investigación añeja e inconclusa, recomendación a PGJE

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Por: Eduardo Delgado

Porque luego de casi cinco años no hay resultados efectivos de las indagatorias sobre la muerte de una mujer y su hija, así como de la desaparición de otra menor de esa familia, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) le giró una recomendación a Miguel Ángel García Covarrubias, titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).

Lo anterior después de que la comisión acreditó la violación a los derechos humanos por parte de cuatro agentes del Ministerio Público y un perito forense, adscritos a la Subprocuraduría Regional de Justicia Zona Huasteca Norte, con sede en Ciudad Valles.

Al corroborar, entre otras cosas, que durante más de un año -del 16 de noviembre de 2010 al 9 de diciembre de 2011- “no se llevaron a cabo actuaciones o acciones efectivas para identificar a los probables responsables”.

En su recomendación 24/2015, publicada este miércoles en su página en internet, la CEDH refiere que el primero de septiembre de aquel año el quejoso reconoció el cadáver de su esposa en la sala de necropsia y ese día presentó denuncia ante el Agente del Ministerio Público de la Mesa III, con sede en Ciudad Valles.

Días después reportó la recepción de mensajes en su teléfono celular “indicándole que tenían a su familia”, por lo que el representante social ordenó someterlo a una prueba de polígrafo y le pidió entregarle su aparato de comunicación al comandante del 45/o Batallón de Infantería.

El 10 de septiembre de 2010, añadió, realizó el reconocimiento del cuerpo sin vida de su menor hija, motivo por el que el Ministerio Público realizó pruebas periciales en su domicilio y aseguró el inmueble. Peritos le extrajeron una muestra de saliva para la práctica de una prueba de genética.

Dos meses después le informaron que no había dictamen sobre el contenido de aparato porque el personal de servicios periciales “extravió el teléfono celular y que las muestras de saliva fueron desechadas por no disponer de equipo ni material para conservarlas”.

Además expuso que a causa de la deficiente investigación promovió diversos amparos con el fin de agilizar las pesquisas, pero a la fecha no se han tenido resultados de los probables responsables de la muerte de su esposa e hija, y la otra menor no ha sido localizada.

Para la CEDH el representante social “fue omiso” al no pedirle de inmediato al padre la filiación y fotografías de su hija desparecida, información anexada a la indagatoria “hasta que este Organismo en vía de colaboración proporcionó fotografía y media filiación”.

De la verificación de las subsecuentes actuaciones de otros agentes del Ministerio Público ese organismo certificó que “no llevaron a cabo acciones efectivas para su debida integración”, lo cual motivó al padre a promover amparos.

Se confirmó que el médico forense recibió el teléfono celular mediante oficio 242/2010, de 10 de noviembre de 2010. “Por lo anterior es de llamar la atención que con el extravío no fue posible llevar a cabo la prueba pericial de registro de imágenes y sonido, perjudicando con ello la correcta investigación”, añadió.

Por tanto, “se considera que con sus omisiones y retraso injustificado, los Agentes del Ministerio Público, que tuvieron a su cargo la Averiguación Previa, han vulnerado el derecho a la verdad (del afectado)”.

“Cabe enfatizar que la carencia de una investigación completa y seria constituye una fuente de incertidumbre e intranquilidad adicional para la víctima, quien tiene el derecho de que se esclarezcan los hechos denunciados, y en su caso se sancione al responsable”.

Por tanto, la CEDH le recomienda al Procurador girar instrucciones para integrar la averiguación de manera debida y colaborar en la investigación contra los responsables de la dilación y omisiones.

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