Por simular paridad, ordenan al PAN postular a mujer en municipio competitivo

Fernanda Durán

El Partido Acción Nacional (PAN) tendrá un plazo de 24 horas para sustituir una de sus candidaturas de género masculino por una del género femenino en sus postulaciones para presidencias municipales en Villa Hidalgo, Santa María del Río, Xilitla, Matlapa, Matehuala o Rioverde.

Así lo determinó el Tribunal Electoral del Estado, debido a que sólo garantizaron la paridad de género en los municipios donde las posibilidades de ganar la elección son menores, mientras que en los municipios más competitivos privilegiaron las candidaturas de hombres.

Este miércoles 24 de abril, el Tribunal revocó el acuerdo del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) con el que se aprobó el cumplimiento a la paridad de género respecto a candidaturas para las elecciones de ayuntamientos del estado, por lo que tendrán 24 horas para sustituir la candidatura dentro del primer bloque de competitividad donde postuló el partido.

Por su parte, el Ceepac tendrá otras 24 horas para que emita un nuevo acuerdo de aprobación.

La revocación se debió al recurso de revisión con número TESLP/RR/13/2024 promovido por Morena, el cual señaló que la postulación del PAN validada por el Ceepac no garantiza que más mujeres tengan participación en los bloques más competitivos porque se asignaron seis hombres y cinco mujeres en el bloque primer de competitividad, mientras en el tercer bloque seis mujeres y cuatro hombres, por lo que se postularon más candidaturas de mujeres que hombres en los ayuntamientos donde el PAN obtuvo menor porcentaje de votación en el proceso electoral anterior.

El acuerdo del tribunal generó un debate entre los magistrados, pues el acuerdo estableció que en cada bloque debe aplicarse de manera individual y su sucesiva, bloque por bloque, la regla de verificación prevista en los lineamientos de paridad, mas no en la totalidad de las candidaturas.

El magistrado presidente Víctor Juárez Aguilar se posicionó en contra al argumentar que sí se cumplió con la paridad, ya que la verificación se hace de la suma total de los tres bloques. Además de que esto podría generar un inequidad en la paridad vertical al resultar excesivo porque ahora el género femenino quedaría sobrerrepresentado en 17 postulaciones.

Ante esto, la magistrada ponente Yolanda Pedroza Reyes y la magistrada Denisse Porras Guerrero coincidieron en la necesidad de maximizar el acceso de mujeres a los cargos públicos, por lo que el Tribunal puede y debe hacer este tipo de ajustes para que las normas no sólo queden insertas en los lineamientos sino que tengan una trascendencia e impacto real.

“Porque tenemos una historia de injusticias y desventajas que como juzgadores en materia electoral, conocemos, más bien deberíamos conocer ampliamente. No es posible que estas alturas de la historia, todavía tengamos que discutir en este jurisdiccional si es posible o no eludir el cumplimiento de la paridad o cuestionarnos todavía porque hay que aplicar una acción afirmativa que favorecen a las mujeres”, manifestó Pedroza Reyes.

Porras Guerrero agregó que la verificación únicamente en el total de los registros y no bloque por bloque, implica un sesgo.

“Aunque en apariencia se estén dando más registros a las mujeres, pero se sigan dando en condiciones en distrito y en territorio sean los que efectivamente no tenga posibilidad real de acceder al poder, siguen siendo una simulación, y sí se violenta o se trastoca el principio constitucional que se persigue, tanto constitucionalmente como legalmente, con estos lineamientos”.

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