Propaganda gubernamental debe suspenderse hasta el 2 de junio

Abelardo Medellín y Fernanda Durán

A partir de este viernes 1 de marzo inicia en San Luis Potosí el periodo de suspensión de propaganda gubernamental en el estado, mismo que durará hasta el 2 de junio y que es aplicable en todos los niveles, dependencias y entidades de la administración pública.

Este periodo de suspensión de difusión de propaganda gubernamental, tiene la finalidad de evitar que sea utilizada para la promoción personalizada de cualquier servidor público durante el desarrollo de las campañas electorales, por lo cual queda prohibido la circulación de estos materiales propagandísticos por todos los medios (radio, televisión, anuncios, espectaculares, redes sociales, internet, mantas, trípticos, entre otros).

Paloma Blanco López, consejera presidenta del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), explicó que la medida está amparada en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 30 de la Constitución del Estado de San Luis Potosí.

“La propaganda concurrente deberá suspenderse a partir del inicio de las campañas electorales, en este caso, tomando en cuenta que estamos en un en un proceso concurrente”, comentó.

Blanco López indicó que, de acuerdo con la ley en la materia, existen algunas excepciones a este periodo de suspensión, las cuales son las siguientes:

Las campañas de información de las autoridades electorales; los servicios educativos y de salud; los necesarias para la protección civil, en casos de emergencia; y, la información pública de carácter institucional (aquella que versa sobre trámites y servicios que presta el Gobierno de que se trate en ejercicio de sus funciones).

Sobre los eventos en los que participan los servidores públicos y autoridades, la presidenta consejera mencionó que existe una basta jurisprudencia al respecto, la cual ayuda, principalmente, a definir qué es propaganda gubernamental.

Con esto se puede saber cuándo estos eventos incurren en actos de propaganda y que no están permitidos en este periodo.

“La propaganda gubernamental la podríamos definir como toda acción o manifestación que se haga del conocimiento público por cualquier medio de comunicación o mediante actos públicos, dirigidos a la población en general, que aborden logros de gobierno, avances o que contengan propaganda personalizada, es decir, aquella que promueve logros de Gobierno y que tengan la intención de promocionar a una persona servidora, pública o político. Entonces, sí hay varios supuestos que actualizan esta conducta”.

Además, la propaganda difundida por el Gobierno deberá ajustarse a las siguientes reglas:

  • Tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que la conviertan en propaganda política o electoral, o bien, elementos de propaganda personalizada de alguna persona servidora pública.
  • No podrán difundir logros de gobierno, obra pública, ni emitir información dirigida a justificar o convencer a la población de la pertinencia o logros de una administración en los diversos niveles de gobierno.
  • Su contenido se limitará a identificar el nombre de la institución de que se trata sin hacer alusión a cualquiera de las frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral.
  • La propaganda podrá incluir el nombre de la dependencia y su escudo oficial como medio identificativo, siempre y cuando estos no se relacionen de manera directa con la gestión de algún gobierno o administración federal o local.
  • La propaganda no podrá contener logotipos, slogans o cualquier otro tipo de referencias al gobierno o a sus campañas institucionales, ni incluir elementos de propaganda personalizada de persona servidora pública alguna.
  • La difusión de la propaganda deberá hacerse durante el período que sea estrictamente indispensable para cumplir con sus objetivos.

Blanco López informó que si los ciudadanos descubren actos que utilicen propaganda gubernamental, pueden asistir al Ceepac con un documento de denuncia o queja, el cual será recibido y procesado por la Comisión de Quejas y Denuncias para analizar el caso y revisar si se registra alguna irregularidad.

Finalmente, la consejera presidenta dijo que el llamado para las autoridades es que respeten las normativas en este periodo, pues el objetivo de esta medida es que la ciudadanía cuente con información que no sea sesgada.

“El llamado siempre ha sido a los actores políticos de los diferentes partidos, candidaturas, a respetar la norma, sobre todo para tener una contienda justa, legal y equitativa”.

Las excepciones para la capital

El Ayuntamiento de San Luis Potosí al ser uno de los niveles de gobierno, dependencia y entidades de la administración pública que están obligadas a cumplir con la suspensión, envió distintas consultas tanto al Ceepac como al Instituto Nacional Electoral (INE) sobre las excepciones en las que sí podría emitir o difundir contenidos sobre eventos.

Lo anterior derivó en aclaraciones del INE sobre eventos específicos que entran en las excepciones, uno de ellos la campaña “¡Yo sí cuido el agua!” que finaliza el 30 de septiembre, ya que difunde medidas y acciones preventivas que se deben implementar en virtud de la falta de agua en San Luis Potosí.

El otro fue “San Luis capital (un destino para todos)” el cual también finaliza el 30 de septiembre y entró en las excepciones debido a que se trata de la promoción de la ciudad con sus lugares, actividades y destinos turísticos, lo que entra en el concepto de educación.

El último, que ha causado controversias y dudas entre los diversos partidos políticos es el Festival Internacional San Luis en Primavera 2024, cuya campaña finaliza el 15 de abril que entró en las excepciones al estar relacionado con el concepto de educación, al tener como finalidad promover actividades de índole cultural.

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