Propone Vera legalizar matar en defensa propia

Por Victoriano Martínez

El diputado Óscar Vera Fabregat presentará este jueves en la sesión del Congreso del Estado en Ciudad Valles una iniciativa para modificar el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 28 del Código Penal del estado para legalizar que los potosinos puedan lesionar y hasta matar en defensa propia.

La propuesta la justifica con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y del Semáforo Delictivo (http://slp.semaforo.com.mx/), con los que afirma que se comprueba “que con las propias cifras oficiales, el número de víctimas de delitos es elevado”.

“Es inconcebible, que una persona que al defenderse y no medir los resultados de su acción, pues ante un peligro inminente es imposible actuar con cordura y controlar la magnitud con la que se repele en defensa una agresión a un bien jurídico, la misma víctima resulte procesada por excederse en su defensa, dejando a las víctimas en total indefensión”, agrega en la iniciativa.

Como parte de su argumentación cita que el Congreso de Nuevo León amplió “el concepto de legítima defensa, para proteger a las víctimas y no exponerlas a un procedimiento penal en el cual las víctimas tienen que responder ante la ley por un hecho en el que actuaron por necesidad de salvaguardar algún bien jurídico tutelado”.

De acuerdo con la propuesta, el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 28 del Código Penal quedaría así:

“Se presume que existe legítima defensa, salvo prueba en contrario, cuando se cause un daño, lesione o se prive de la vida a quien por cualquier medio trate de allanar o allane, sin derecho, al lugar en que habite de forma temporal o permanente el que se defiende, al de su familia o al de cualquier persona respecto de las que el agente tenga la obligación de defender, a sus dependencias o al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos respecto de los que exista la misma obligación. Igual presunción existirá cuando el daño se cause a un intruso al momento de sorprenderlo en alguno de los lugares antes citados en circunstancias tales que revelen la posibilidad de una agresión”.

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