Fernanda Durán
El diputado Héctor Serrano Cortés presentó una iniciativa de reforma constitucional y legal que plantea establecer como requisito obligatorio para el registro de candidaturas en San Luis Potosí la obtención de una Certificación Estatal de Integridad y Confiabilidad, expedida por el Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado.
La propuesta, que modifica la Constitución del Estado, la Ley Electoral, la Ley Orgánica del Municipio Libre y la Ley de Control de Confianza, introduce una nueva figura denominada “Condición de Integridad y Confiabilidad para la postulación democrática”, que deberá acreditarse para competir por la gubernatura, diputaciones y ayuntamientos.
De acuerdo con el proyecto, la certificación se incorporaría como un documento adicional obligatorio dentro del registro de candidaturas, junto con requisitos ya existentes como actas de nacimiento, comprobantes de residencia y declaraciones bajo protesta.
La iniciativa establece que la certificación será emitida por el Centro de Evaluación y Control de Confianza estatal, mediante la aplicación de pruebas similares a las utilizadas en instituciones de seguridad pública, como evaluaciones psicológicas, médicas, socioeconómicas y poligráficas.
El documento señala que estos procesos tendrán carácter “preventivo y no sancionador” y que únicamente se informará si la persona obtuvo o no la certificación, sin divulgar el contenido de las evaluaciones.
Además, se precisa que la autoridad electoral solo verificará la existencia de la certificación, sin evaluar su contenido ni intervenir en el proceso de valoración, lo que delimita su función a un control documental.
En la exposición de motivos, el promovente sostiene que la medida busca fortalecer la democracia mediante la prevención de la “captura institucional” por intereses incompatibles con el orden constitucional, al considerar que la integridad de las candidaturas es un elemento clave para la confianza pública.
“No se trata de establecer filtros arbitrarios ni de carácter sancionador sino de fortalecer la confianza pública en las candidaturas mediante mecanismos preventivos de verificación de integridad”, se señala en el documento.
La iniciativa argumenta que el derecho a ser votado admite un margen de configuración legislativa y que pueden establecerse requisitos adicionales siempre que sean proporcionales, no discriminatorios y razonables.
Alcance general y aplicación obligatoria
El modelo propuesto aplicaría de manera uniforme a todas las personas aspirantes a cargos de elección popular en el estado, sin distinción de partido político o vía de postulación, y se integraría como requisito previo al registro formal ante la autoridad electoral.
Asimismo, la reforma contempla ajustes normativos para que la Ley de Control de Confianza, originalmente diseñada para cuerpos de seguridad, también sea aplicable a aspirantes a cargos públicos, ampliando su ámbito de acción institucional.
En los artículos transitorios, se establece que el Centro de Evaluación deberá emitir lineamientos específicos en un plazo de 90 días tras la entrada en vigor del decreto, además de realizar adecuaciones estructurales para asumir esta nueva función.
En el mismo plazo, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) deberá ajustar su normativa para incorporar este requisito en los procesos de registro de candidaturas.
Con esta propuesta, la certificación de integridad se sumaría a los criterios ya vigentes en la legislación local, como la “8 de 8 contra la violencia”, el cumplimiento de obligaciones alimentarias y la inexistencia de condenas por delitos específicos.
La iniciativa fue turnada a la comisión de régimen interno y asuntos electorales, y puntos constitucionales para su análisis.





