¿Qué es genocidio? La dificultad para probar el crimen sin nombre

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España, (26 de abril de 2015).- Han pasado cien años desde las masacres de armenios en Turquía durante las que fueron asesinadas más de un millón de personas. Sin embargo, Ankara todavía sigue rechazando que se aplique la palabra “genocidio” y utiliza todos los medios de presión a su alcance para evitar que se le asocie con un concepto que, como explica Richard Dicker, experto jurídico de Human Rights Watch, “es una alegación tóxica, profundamente vergonzosa para un Estado”.

Aunque reconoce las matanzas, asegura que se produjeron dentro del marco de la I Guerra Mundial. Y muchas veces lo consigue: el pasado miércoles, la Comisión de Exteriores del Congreso evitó emplear la palabra durante un homenaje a las “víctimas armenias”. De hecho, 17 de los 28 países de la UE no han hablado de genocidio, España entre ellos, un concepto que aplican la inmensa mayoría de los historiadores cuando se refieren a este caso. Qué es y qué no es genocidio es una cuestión que siempre ha tenido una enorme carga jurídica, pero también emocional, y que ha vuelto a la actualidad no sólo con el centenario del genocidio armenio, sino también con el auto en el que el juez de la Audiencia Nacional, Pablo Ruz, procesó a 11 militares marroquíes por genocidio en el Sáhara Occidental.

“Hay razones legales y no legales que explican por qué siempre ha habido un debate tan encendido a la hora de definir algunos episodios de violencia masiva como genocidio”, explica Diane Orentlicher, profesora de Derecho Internacional en la American University, experta en justicia internacional que ha asesorado tanto a la ONU como al Departamento de Estado. “Legalmente, la convención sobre genocidio de 1948 define el crimen de manera muy estricta: sólo algunos actos constituyen violencia genocida y, más importante, tienen que haber sido cometidos con una intención muy específica –’el intento de destruir, totalmente o en parte, un grupo nacional, étnico o racial, en su totalidad’–, lo que es muchas veces difícil de probar. Entre las razones no legales, está que el crimen se ha convertido en un estigma muy poderoso”, prosigue.

En el caso de la justicia española, además, existe otro factor para que se trate de una palabra fundamental a la hora de enjuiciar crímenes contra la humanidad. Según explican fuentes jurídicas, el delito de genocidio fue adoptado en 1971, mientras que los crímenes contra la humanidad no entraron en la legislación española hasta 2004. Eso explicaría el recurso al concepto de genocidio en casos de justicia universal, como en el auto del juez Ruz contra 11 militares marroquíes en el que argumenta que “los saharuis constituyen un grupo nacional o étnico, ya que presentan una serie de características que los distinguen de los habitantes de otros territorios” y que, por lo tanto, los crímenes cometidos contra ellos constituyen delito de genocidio.

Jessica M. Almqvist, profesora de la Universidad Autónoma de Madrid experta en crímenes de guerra, explica que “calificar los actos de extrema violencia cometidos por el ejército marroquí contra la población saharaui entre 1975 y 1992 depende de diferentes factores. Para constituir genocidio ha de demostrarse que tales actos fueron cometidos con la intención de destruir el grupo, total o parcialmente, es decir, que había intencionalidad genocida. Si los motivos fueron más bien políticos serían crímenes de lesa humanidad. La calificación de estos crímenes como genocidio por los tribunales españoles puede entenderse en parte como el resultado de los principios de legalidad y de no retroactividad. La incorporación de los crímenes de lesa humanidad en el derecho español es reciente, mientras que el genocidio fue tipificado en 1971, lo que le hace más viable”.

La palabra genocidio fue acuñada en 1944 por el jurista judío de origen polaco Raphael Lemkin uniendo la raíz griega geno, que significa raza, y la latina cidio, que significa matar, para nombrar el crimen sin nombre que, para muchos, ha marcado el siglo XX. En su mente se encontraba el asesinato masivo de los judíos europeos y el exterminio de los armenios. La definición se incorporó al derecho internacional en 1948 cuando se firmó la convención contra el genocidio. En las sentencias de Nuremberg no llegó a utilizarse. Como todo lo relacionado con el nacimiento de Naciones Unidas, los equilibrios políticos entre los ganadores de la II Guerra Mundial que ya habían dejado de ser aliados, marcaron la definición y la URSS impuso que las persecuciones políticas no formasen parte del delito.

El debate para ampliar el concepto de genocidio a estas persecuciones está sobre la mesa, aunque no ha cristalizado todavía en ningún tipo de iniciativa internacional. “Era un problema de bloques dentro de la recién creada Naciones Unidas”, explica el magistrado de la Audiencia Nacional, José Ricardo de Prada, que fue juez internacional español en la Sala de Crímenes de Guerra de la Corte de Bosnia-Herzegovina. “Stalin no iba a permitir que la persecución política se convirtiera en genocidio. Pero creo que pasada la situación de origen, no debería de haber problemas para cambiarlo”. Al tratarse de asesinatos políticos, los crímenes cometidos por las dictaduras de Argentina o Chile no pueden, por definición, entrar dentro del concepto de genocidio. De hecho, en los argumentos de la sentencia contra Adolfo Scilingo, el exmilitar argentino todavía encarcelado en España por crímenes durante la dictadura, el ponente, que fue el José Ricardo de Prada, abandona la calificación de genocidio y la reemplaza por crímenes contra la humanidad.

El problema para juzgar este delito no está sólo en que haya que probar que se trata de un ataque organizado contra un grupo étnico o religioso, sino en que es necesario demostrar la intencionalidad, la voluntad de exterminio. Claudia Diaz, diplomática de la Oficina del Asesor de Naciones Unidas para la Prevención del Genocidio, explica que “lo más difícil de probar en la definición de genocidio es el elemento de ‘intento’, porque es muy específico. Es necesario demostrar que los actos cometidos tenían como objetivo la destrucción de un grupo como tal. Nunca es fácil porque los perpetradores no suelen dejar evidencias de ello”. El magistrado De Prada pone como ejemplo de esta dificultad que “los tribunales internacionales han sido tremendamente cicateros a la hora de aplicar este concepto en las guerras de los Balcanes de los noventa” precisamente por la dificultad para probar la voluntad de exterminio.

Sólo en el caso de la ciudad bosnia de Srebrenica, donde en el verano de 1995 fueron exterminados unos 8.000 varones, los jueces Tribunal Internacional de Justicia fallaron en 2007 que “los actos fueron cometidos con la intención específica de destruir en parte el grupo de los musulmanes de Bosnia Herzegovina como tal y, en consecuencia, fueron actos de genocidio”, informa Isabel Ferrer. Con el mismo texto legal en la mano, sin embargo, el propio TIJ eximió de responsabilidad a Serbia como Estado. En 2015, el genocidio asomó de nuevo en La Haya, sede del TIJ, esta vez de la mano de Croacia y Serbia. Ambas se habían acusado mutuamente de haberlo cometido durante la guerra de los Balcanes, pero los jueces rechazaron las demandas. “Para que la limpieza étnica aquí señalada desemboque en genocidio, debe demostrarse el propósito sistemático de acabar con otra etnia. Y no fue así”, dijo Peter Tomka, entonces presidente del Tribunal.

Los casos de genocidio sobre los que hay acuerdo en la comunidad internacional son muy pocos: el Holocausto contra judíos y gitanos por los nazis, las masacres por parte de los hutus contra los tutsis en Ruanda en 1994 y Srebrenica, en 1992. En el caso de los armenios, hay un consenso académico de que se trató de un genocidio; pero no político ya que muchos países evitan utilizar la expresión.

Helen Fein, tal vez la mayor experta mundial en genocidio, estableció una lista basándose en aquellos casos reconocidos por tribunales nacionales o internacionales entre 1915 y 2005. Aunque cree que hay muchos más episodios de matanzas que podrían ser genocidio, se limita a 18: los armenios, el Holodomor (el exterminio de los ucranios durante la colectivización masiva durante el que murieron de hambre millones de personas), el Holocausto nazi contra judíos, gitanos y prisioneros de guerra soviéticos, las matanzas de serbios y judíos por parte del estado fascista croata durante la II Guerra Mundial, China contra los budistas en Tíbet, Paraguay contra los Ache, Pakistán en Bengala durante la partición, las matanzas de hutus en Burundi en 1972, los Jemeres Rojos en Camboya, las matanzas de indios en Guatemala, Sudán contra los nubios y en Darfur contra las tribus africanas, Irak de Sadam Husein contra los kurdos, la guerra de Afganistán, Bosnia y Ruanda. La clasificación no depende del número de víctimas (en el caso de los Ache se trata de 900 entre 1968 y 1973), sino de la estricta aplicación de la definición de 1948. El caso del Sáhara Occidental no figura en ninguna de las listas habituales.

Nicolas Kwiatkowski acaba de publicar junto a José Emilio Burucúael ensayo Cómo sucedieron estas cosas. Representar masacres y genocidios. Es un libro que relata cómo la humanidad ha sido capaz de representar el horror que ella misma causaba, las imágenes que ha utilizado para representar lo imposible, al igual que Lemkin tuvo que inventar una palabra para nombrar el crimen sin nombre. Kwiatkowski cree, como otros expertos consultados para este reportaje, que el hecho de que no se pueda aplicar la palabra genocidio no significa que no se trate de un crimen atroz. “Creo que tanto dentro como fuera del ámbito académico el uso del término genocidio se ha extendido en exceso”, explica este investigador argentino, “hasta cubrir fenómenos que difícilmente puedan calificarse de tales. Eso no significa, en modo alguno, asignar un valor mayor o menor a unas víctimas o a otras”. Hay muchos crímenes sin nombre, aunque no sean genocidios.

El País

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