Por Victoriano Martínez
Si usted desea conocer los ingresos de algunos funcionarios o empleados municipales, vaya preparando un “cochinito” bastante grande: el ayuntamiento de Ricardo Gallardo Juárez le requiere a un solicitante de información el pago de 250 mil 317.16 pesos por copias simples de los recibos de nómina de los trabajadores que llevan el apellido Díaz de León.
De acuerdo con las respuestas a las solicitudes de información 00040517, 00040917, 00041017 y 00041117, el ayuntamiento pone a disposición del peticionario 6 mil 714 copias, de las cuales por cada solicitud se ofrecen de manera gratuita 20, por lo que para obtener las 6 mil 634 restantes, quien solicitó la información debe pagar 37.74 pesos por cada una.
“Recibos de nómina del personal con apellido Díaz de León sea de confianza sindicalizado y honorarios, versión pública de sus contratos, también todo el personal de Contraloría y Secretaría técnica”, señala el solicitante en cada una de sus peticiones y agrega distintos periodos que van de octubre de 2015 a enero de 2017 (ver tabla adjunta).
Tras señalar que a las copias adicionales a las 20 que por ley deben entregarse de manera gratuita les aplica la tarifa establecida en el artículo 31 fracción XV de la Ley de Ingresos municipal, se advierte al solicitante que se elaborará versión pública de la documentación.
“Se hace del conocimiento que previo pago, se realizará la versión pública de algunos documentos a los que desea acceder por contener datos confidenciales”, se señala en el oficio O.M./0162/2017, del 10 de febrero, firmado por Noé Lara Enríquez, Oficial Mayor.
En todos los casos, en las solicitudes presentadas a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (Infomex) el peticionario requirió que la entrega de la información “se me dé por esta vía”.
“Si bien es cierto que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí establece en su artículo 155 que el acceso se dará en la modalidad de entrega y, en su caso, de envíos elegidos por el solicitante también consiente que cuando la información no puede entregarse o enviarse en la modalidad elegida, el sujeto obligado deberá ofrecer otro u otras modalidades de entrega, por lo que se le ofrece por parte de este ente obligado al recurrente la única modalidad de entrega con la que contamos (formato impreso)”.
La postura del Ayuntamiento atenta contra el principio de máxima publicidad establecido desde la Constitución General de la República y en las propias leyes de transparencia general y estatal, además de constituir una violación al artículo 1º constitucional al inhibir el derecho humano de acceso a la información.
El pasado 29 de enero, el periódico Pulso publicó una relación de personajes relacionados con una familia Díaz de León en el que reportó que “en información publicada en el portal de transparencia del Ayuntamiento de la capital, fue posible detectar un caso de nepotismo que genera ganancias superiores a los cien mil pesos a la familia del dueño de un medio de comunicación”.