Rechazan retirar prisión preventiva a extitular de Salud en SLP recluido en La Pila

Juez de control consideró que hay un “riesgo alto” de que el exfuncionario se sustraiga a la acción de la justicia.

José de Jesús Ortiz

Durante una audiencia judicial efectuada la tarde y noche del jueves 24 de agosto, el juez de control rechazó levantar la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en contra del extitular de los Servicios de Salud en el estado, Miguel Ángel N., por lo cual continuará recluido en el Centro de Reinserción Social de La Pila.

El juez de control, Javier Pérez Contreras, argumentó que había un “grado alto” de posibilidad de que el imputado se sustrajera a la acción de la justicia, pues señaló que no tenía ningún vínculo con San Luis Potosí (ni familiar, laboral o de bienes), al ser originario del estado de Tabasco, pese a que la defensa había documentado una relación personal con su actual pareja, con quien vivía desde varios años antes de ser detenido, además de que entre los datos de prueba había mostrado contratos del lugar donde vivía el exfuncionario público con su pareja (lugar donde fue detenido) y donde se encuentra la clínica en la que laboraba.

La defensa jurídica del extitular de Salud, a cargo del despacho MLegal, Consultoría Jurídica & Litigación Penal, había solicitado el cambio de la medida cautelar a partir de criterios recientes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la prisión preventiva que vulnera derechos humanos de personas privadas de su libertad, por lo que aportó datos de prueba con la finalidad de que la autoridad jurisdiccional retirara la prisión preventiva y se pudieran establecer diversas medidas cautelares como la presentación periódica del imputado ante la autoridad, la entrega del pasaporte para no salir del país o la prohibición de acercarse a víctimas, testigos o cualquier otra persona relacionada con la investigación.

Uno a uno como ha sucedido en audiencias anteriores, el juez desestimó los argumentos de la defensa del imputado y entre otras cosas esgrimió que al ser México “un país de migrantes” y al tener en las fronteras norte y sur un control “laxo” de los flujos migratorios, era insuficiente la entrega del pasaporte del exfuncionario para poder evitar el riesgo de fuga, además de que, según expuso, carecía de “vínculos” con el estado de San Luis Potosí.

Durante la audiencia, visiblemente más delgado, vestido con pantalón color beige y camisa color blanco (uniforme de rigor de los internos de acuerdo al reglamento de ese centro penitenciario), Miguel Ángel N., reiteró su inocencia, pidió clemencia al juez de control y cuestionó el por qué de la saña exhibida a lo largo de estos meses en el proceso penal en su contra. También, señaló que fue coaccionado en una evaluación de riesgo procesal realizada sin la presencia o notificación a sus abogados, en la cual de algún modo basó su resolución el juez de control para mantener la medida de prisión preventiva a petición de la Fiscalía General del Estado. “Es un caso cien por ciento político contra mi familia y mi persona”, señaló.

En entrevista, Alejandro Manríquez Laguna, titular del despacho MLegal, cuestionó la resolución del juez de control y consideró equivocada su argumentación para mantener la prisión preventiva:

“El juez todo lo desecha, atiende solo cuestiones subjetivas, como por ejemplo el decir que estamos en un país de migrantes y que las fronteras están muy débiles, que las disposiciones de la Ley de Migración son inservibles, que es muy laxo el control y por tanto es de alto riesgo; o que no era un dato relevante que el doctor tuviera aquí a su concubina, pues prácticamente para él no era un vínculo familiar, ni tampoco que tuviera una propuesta de trabajo.

Y agregó: “Nosotros presentamos la nulidad de la evaluación (realiza por la Unidad de Medidas Cautelares, dependiente de la Secretaría General de Gobierno) porque se la levantaron sin explicarle el contenido de para qué se requería e inclusive pusieron información que el doctor no dio, ni existe tampoco registro que haya aportado la firma. Es decir: consideramos que se dio información errónea, información poco profesional e imparcial de parte de la evaluadora de riesgo, por el cual presentamos un incidente de nulidad el cual el juez no quiso atender… la información de la evaluación de riesgo la tenía solo la Fiscalía, información que fue entregada por las fiscales antes de que iniciara la audiencia y no por la evaluadora de riesgo o por la Unidad de Medidas Cautelares; por lo que se ve que jugaron en equipo la Unidad de Medidas Cautelares, la Fiscalía y el juez de control, tan es así que fue evidente la molestia del juez cuando se le pidieron aclaraciones de su resolución”.

En este punto en particular, el juez de control determinó que no existía “una razón objetiva suficiente para desvirtuar la actuación de la Comisión Evaluadora”, por lo que a su juicio no se violentan derechos humanos del imputado. Precisó que la solicitud de la valoración de riesgo fue propuesta por la Fiscalía General del Estado y se hizo con apego a la ley.

En cuanto al retiro de la prisión preventiva en contra del Miguel Ángel N., la desechó al considerar que había un “riesgo alto” de sustraerse a la acción de la justicia en caso de ser concedida. Entre otras cosas, dijo que había un error en un domicilio proporcionado y sostuvo que “no hay vínculo de bienes” del imputado con el lugar en que se haya procesado y reiteró que el exfuncionario no es originario de San Luis Potosí, sino que llegó a partir de una invitación de trabajo realizada por la extitular de Salud en el sexenio pasado. También, esgrimió que “no hay vínculo de bienes, familiares o laborales” que liguen al exfuncionario con la entidad y sostuvo que la relación personal, de concubinato, que éste mantiene con su pareja actual no es suficiente para acreditar dichos vínculos.

Por todo ello, resolvió mantener la prisión preventiva a petición de parte, tal como lo exigió la Fiscalía General del Estado, la cual se mantendrá por el tiempo que dure el proceso.

Al término de su exposición, con fundamento en el artículo 69 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la defensa jurídica solicitó aclaraciones de la resolución al juez de control y pidió precisara “qué cantidad de vínculos son suficientes para ser tomados en cuenta”. Ante ello, Pérez Contreras subrayó que el imputado no tenía ningún vínculo con San Luis; también, la defensa jurídica le cuestionó sobre su aserto de que las fronteras no tenían ningún tipo de control, a lo que con un dejo de molestia respondió que era “información pública y no de ahora, sino de toda la vida.

El abogado Manríquez Laguna advirtió que apelarán el fallo del juez de control y acudirán ante instancias federales. También, denunció que la resolución es injusta, con la finalidad de negarle la libertad al exfuncionario: “[El juez] dice que no tiene vínculos y que necesariamente tendría que ser de San Luis Potosí para que se le aplicaran diversas medidas cautelares, tener dinero, tener una economía alta, ser empresario de San Luis Potosí, tener inversiones, pero eso es injusto porque las medidas cautelares van diseñadas para cualquier persona que en su momento se comprometa para estar vinculado al proceso penal y tener ese compromiso de acudir ante la autoridad”.

La audiencia efectuada este jueves fue en cumplimiento de la resolución del Juzgado Cuarto de Distrito que el pasado 21 de agosto determinó conceder la suspensión definitiva del juicio de amparo 1086/2023-I promovido por la defensa jurídica del imputado a través del cual reclamó el cambio de la medida cautelar (la prisión preventiva oficiosa), a partir de los criterios emitidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra del Estado mexicano sobre el uso de la prisión preventiva en los casos Tzompaxtle Tecpile y otros. Una sentencia en la que se condenó al Estado mexicano y se declaró la inconvencionalidad de esta figura contraria a los derechos humanos y en la cual se apoyó la defensa jurídica del exfuncionario para tratar de lograr un fallo favorable luego de que el Juzgado Cuarto de Distrito ordenara al juez de control celebrar la audiencia en torno a la solicitud de modificación, sustitución o revocación de la citada medida cautelar.

El imputado, Miguel Ángel N., fue titular de Salud en el estado de enero de 2020 a septiembre de 2021, fue detenido el 3 de mayo de 2022 acusado de los delitos de uso abusivo de funciones y asociación delictuosa, debido a su presunta participación en la compra irregular de un plaguicida para combatir el dengue que –de acuerdo a la Fiscalía General del Estado– habría generado una afectación al erario por más de 32 millones de pesos. A 15 meses de haber sido detenido y vinculado a proceso, es la única persona detenida por ese supuesto delito, aún y cuando –como ha revelado la Fiscalía durante distintas audiencias de control judicial– en ese procedimiento simulado que se le imputa estarían implicados otros exfuncionarios del sexenio anterior.

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