Reitera Amnistía Internacional México exigencia de justicia en el caso de Karla Pontigo

  • Previo a la conmemoración de su noveno aniversario luctuoso

Eduardo Delgado

A menos de dos semanas de la conmemoración del noveno aniversario luctuoso de la joven Karla del Carmen Pontigo Luccioto, víctima de feminicidio, Amnistía Internacional México reactivó su exigencia de justicia a través de sus redes sociales.

Karla Pontigo murió el 29 de octubre de 2012, luego de ingresar con múltiples heridas mortales al Hospital Central “Dr. Ignacio Morones Prieto”, producidas al haberse estrellado con una puerta de cristal en su centro de trabajo, determinaron autoridades en el sexenio del gobernador Fernando Toranzo Fernández.

“No dejaremos de exigir justicia hasta que se investigue y sancione a las autoridades que obstruyeron el debido proceso en la primera investigación y se repare integralmente el daño a la familia de Karla”, publicó este lunes en sus redes sociales Amnistía Internacional México.

La exigencia de justicia incluye la invitación a firmar una carta escrita y dirigida hace un año al ex gobernador Juan Manuel Carreras López.

Este año, el aniversario luctuoso se conmemorará apenas días después de cumplido el primer mes de la administración encabezada por el gobernador, José Ricardo Gallardo Cardona, y la Fiscalía General del Estado (FGE) por José Luis Ruiz Contreras.

El próximo domingo, a las 5:00 de la tarde, se llevará a cabo un acto en plaza de Armas junto al monumento instalado en memoria de Karla Pontigo y de las víctimas de feminicidio en San Luis Potosí, además de una misa a las 9:00 de la noche, en la iglesia de San Sebastián.

En Facebook, Twitter e Instagram, el mensaje de Amnistía Internacional incluye un gráfico, durante el que se lee un texto que culmina: “El caso de Karla Pontigo es un caso de feminicidio”.

Ello luego de que se expone que un feminicidio es el asesinato de una mujer por razones de género y de que se indica que no en todos los casos de muertes violentas se configura el delito.

Se enuncia que el Código Penal Federal establece las condiciones para tipificarlo: cuando hay agresión sexual; el cuerpo presenta lesiones degradantes; existen antecedentes de violencia; haya existido una relación de confianza con la persona responsable del feminicidio; existan datos que muestren amenazas previa; la víctima haya sido incomunicada y el cuerpo haya sido expuesto públicamente.

Enseguida recomiendan visitar su página en internet para obtener más información acerca del caso de la joven, quien estudiaba y trabajaba.

La investigación de la muerte violenta de Karla presentó diversas irregularidades y enseguida las enumeraron.

  • No protegieron la escena del crimen y esto hizo que el área fuera limpiada;
  • No tomaron fotografías de la escena del crimen;
  • No protegieron la cadena de custodia de las muestras y las pruebas;
  • Perdieron las pruebas que podían establecer si Karla había sufrido agresión sexual;
  • Le negaron a la familia acceso al expediente desde el primer momento;
  • No tomaron en cuenta las pruebas de acoso sexual presentadas por la madre;
  • No investigaron con perspectiva de género.

Amnistía Internacional México refiere además que, el 13 de noviembre de 2019, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCNJ) declaró que su deceso debe ser averiguado con perspectiva de género, investigar y juzgar a las autoridades que le negaron a su familia el derecho al debido proceso y al acceso a la verdad.

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