Estela Ambriz Delgado
La reciente sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado que ordena la realización de diversas consultas a la comunidad indígena de San Marcos Carmona y constituir un área de Asuntos Indígenas, es de gran relevancia para la protección del territorio y el río Calabacillas debido a que reconoce su estatus. Esto implica que cualquier obra a realizarse deberá igualmente ser consultada de manera previa.
En entrevista, el catedrático Guillermo Luévano Bustamante, de la Clínica de Litigio Estratégico en Derechos Humanos de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) abordó la relevancia de esta resolución, pues reconoce a San Marcos como una comunidad indígena, la cual desde hace años está en disputa por la defensa de su territorio y el reconocimiento de su estatus.
En este sentido indicó que entre la población existen varios prejuicios sobre lo que es una comunidad indígena, y en este caso en concreto porque pareciera que San Marcos ya es un entorno urbanizado, en el que no se asocia a las personas indígenas, así como tampoco en las ciudades. No obstante, están en todos lados, por lo que dijo no se les debe estigmatizar sólo en entornos rurales.
Respecto al cuestionamiento de algunas personas, la forma en que fueron reconocidos por el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI), el investigador detalló que hay una continuidad no solo en términos genéticos o físicos, sino sobre todo cultural, lo que quedó demostrado en el documento técnico entregado y que concluye en el reconocimiento como comunidad chichimeca, no es que surgieran a partir de esto.
“Son una comunidad indígena de hecho, y ahora también de derecho porque tienen un sistema de cargos, comparten prácticas culturales diferenciadas y otros elementos identitarios, digamos, que no sólo son la autoadscripción simple, sino estos elementos materiales de la residencia compartida en un territorio, de formas de autogobierno y este sistema de cargos complejo, entre otros menos visibles”.
Reiteró que la resolución es de suma relevancia porque se le reconoce ya el estatus de comunidad indígena, y los derechos a la consulta y a la participación política colectiva reconocen justo un derecho compartido y colectivo, no sólo ya a la participación individual.
Esto puede dar la pauta para que, en adelante, todas las obras y megaproyectos que se construyan en el territorio de la comunidad indígena de San Marcos deban ser sujetos a consultas previas y pasar por la aprobación de sus habitantes, ya no sólo los requisitos administrativos del ayuntamiento, las licencias de cambio de su de suelo, las manifestaciones ambientales, los permisos de construcción.
Ello podría ser una forma de limitar cuando menos el despojo inmobiliario y una vía eficaz para continuar con la defensa del territorio; sin embargo, en los hechos, a pesar de las suspensiones definitivas las inmobiliarias siguen construyendo en el cauce del río Calabacillas.
Luévano Bustamante agregó que, la otra novedad judicial o procesal es que por primera vez en el país se emite una sentencia en un juicio electoral en el que se vincule con los temas ambientales, pues incorpora expresamente el Acuerdo de Escazú en la protección del derecho ambiental indígena al establecer las acciones concretas derivadas del acuerdo.





