Fernanda Durán
San Luis Potosí obtuvo una calificación de 5.09 puntos de 10 posibles en la Evaluación de Leyes de Movilidad 2025, elaborada por la organización Céntrico con apoyo de la Alianza Mundial para la Seguridad Vial (GRSP por sus siglas en inglés) y Global Health Advocacy Incubator (GHAI).
El diagnóstico, que midió la armonización de los marcos jurídicos estatales con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (LGMSV), coloca a la entidad en un nivel medio, con avances en disposiciones tradicionales de tránsito, pero con rezagos profundos en financiamiento, gestión del automóvil, protección a ciclistas y atención a víctimas.
La medición nacional revisó el texto de leyes estatales vigentes —tránsito, transporte, movilidad y otras relacionadas— para verificar la incorporación de 57 componentes distribuidos en 10 ejes temáticos.
Cada indicador se calificó con valores de 0 a 1, según claridad y obligatoriedad, para construir un índice comparable entre entidades. El resultado global confirma un rezago estructural: de los 57 indicadores, solo uno alcanzó un nivel óptimo y más del 78 por ciento quedaron en rangos bajos o muy bajos.
Avances en disposiciones tradicionales
En el caso de San Luis Potosí, los mayores cumplimientos se concentran en el control del tránsito y de los conductores. El informe reconoce como fortalezas la obligatoriedad del cinturón de seguridad, el casco para motociclistas, la prohibición de conducir con distracciones por dispositivos electrónicos, así como la existencia de un esquema regulado de examen de conocimientos para licencias, su vigencia y renovación, la suspensión y cancelación de permisos y la incorporación de programas de educación y formación vial.
También se reconoce la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil, prevista en la Ley de Tránsito y la Ley de Salud, así como algunas disposiciones de inspección y cobertura mínima en el transporte público.
Deficiencias significativas en movilidad sostenible
Sin embargo, el diagnóstico revela que los principales vacíos legales de San Luis Potosí están en tres ámbitos:
- Mecanismos fiscales y financiamiento: apenas 1.2 puntos. No existen criterios presupuestales obligatorios ni instrumentos fiscales que garanticen recursos estables para proyectos de movilidad.
- Registros e información: solo 1.7 puntos. Aunque se mencionan registros de movilidad, no hay sistemas robustos de indicadores ni obligaciones de datos abiertos que permitan seguimiento y transparencia.
- Gestión de la demanda: 2.5 puntos. El marco legal carece de regulaciones claras sobre estacionamiento, zonas de tránsito controlado, movilidad empresarial o el reconocimiento del costo social y ambiental del automóvil.
En materia de diseño seguro de calles, la ley únicamente contempla criterios generales sin mandatos operativos, auditorías técnicas ni sanciones para incumplimientos. La protección a ciclistas aparece de manera genérica y sin medidas específicas, mientras que la movilidad de cuidado y los dictámenes de factibilidad están ausentes.
El informe también advierte la falta de un marco específico que garantice los derechos de las víctimas de siniestros viales que si bien se reconoce la obligatoriedad del seguro, los apartados sobre protocolos de actuación, reparación integral y atención médica prehospitalaria son prácticamente inexistentes en la legislación potosina, lo que deja sin cobertura legal a los procesos de restitución y coordinación interinstitucional en caso de accidentes.
De la declaración a la operatividad
La Evaluación 2025 concluye que el reto no es únicamente armonizar textos legales con la LGMSV, sino convertirlos en mandatos operativos exigibles.
En todo el país, los avances se concentran en medidas tradicionales, pero siguen pendientes los instrumentos que cambian incentivos, reordenan el espacio vial o garantizan financiamiento.
En este sentido, San Luis Potosí refleja un patrón nacional: la ley cumple con la fase declarativa de armonización, pero deja sin regular aspectos clave como el control del estacionamiento, la integración de la planeación territorial con la movilidad, los instrumentos fiscales y los sistemas de datos abiertos.
Mientras Chihuahua y Puebla encabezan el ranking con 9.47 y 9.30 puntos, respectivamente, San Luis Potosí quedó en la franja media, apenas por encima de Ciudad de México (4.82) y Querétaro (4.74), pero muy lejos de los estados mejor evaluados.
El documento recomienda que las entidades que se ubican en esta franja deben fortalecer los componentes más rezagados, pues de lo contrario, el derecho a la movilidad seguirá siendo más promesa que realidad.
En San Luis Potosí, la armonización con la Ley General de Movilidad se aprobó apenas en mayo de 2024, dos años después del plazo legal, y únicamente tras la presión de un amparo por omisión legislativa, tres exhortos del Congreso de la Unión y la insistencia de colectivos ciclistas y urbanos.
Aunque los activistas celebraron el avance, en su momento, advirtieron que se trataba solo del primer paso y que la verdadera transformación dependerá de que la próxima legislatura cumpla con la promesa de expedir una Ley Estatal de Movilidad y Seguridad Vial, impulsada desde la iniciativa ciudadana conocida como #LeySanti, la cual permanece detenida por la necesidad de una consulta ciudadana.