Super festejo para el super delegado Gabino Morales Mendoza, por su cumpleaños

Por Victoriano Martínez

A cuatro meses y cinco días de asumir el cargo, Gabino Morales Mendoza festejó este viernes su primer cumpleaños, el número 30, como super delegado de Programas para el Desarrollo del gobierno de Andrés Manuel López Obrador, con una super fiesta a la que acudieron grandes empresarios y políticos de todas las filiaciones partidistas.

El encuentro se realizó en “La Antigua Mansión”, una huerta ubicada en Carretera a Zacatecas número 105, de la Colonia El Saucito, a donde ingresaron decenas de vehículos, y muchos otros quedaron en el acceso, con la vigilaba un par de patrullas de la Fuerza Metropolitana Estatal, en tanto el tráfico se volvía lento frente a ese lugar.

Entre los asistentes se estuvieron Alejandro Leal Tovías, secretario de Gobierno, Juan Pablo Almazán Cué, presidente del Supremo Tribunal de Justicia, empresarios como Juan Carlos Valladares García, y hasta al vocero del Frente Ciudadano Anticorrupción, Jorge Armendáriz Gallardo.

Algunas mesas estuvieron ocupadas por diputados de la LXII Legislatura de partidos distintos a los de Morena, de entre quienes Rolando Hervert Lara, coordinado de los diputados panistas, presumió su asistencia con un video en su página de Facebook en el que el diputado Cándido Ochoa Rojas toma el papel de presentador de sus compañeros.

De acuerdo con la invitación que se hizo circular, el festejo comenzó a las 14:30 horas y contó con mesa de regalos con una imagen alusiva al “me canso ganso” que López Obrador ha popularizado.

El pasado 7 de febrero, el gobierno federal publicó el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Gobierno Federal “aplicable a todas las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión, al interior de alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal, o bien, en alguna empresa productiva del Estado”.

En el artículo 20 de ese Códigos señala:

Las personas servidoras públicas, con motivo del ejercicio de su empleo, cargo o comisión, no deben aceptar, exigir u obtener cualquier obsequio, regalo o similar, sean en favor de sí mismas, su cónyuge, concubina, concubinario o conviviente, parientes consanguíneos, parientes civiles o para terceras personas con los que tenga relaciones personales, profesionales, laborales, de negocios, o para socios o sociedades de las que la persona servidora pública o las personas antes referidas formen parte.

En tanto que en el artículo 21:

En caso de que las personas servidoras públicas, con motivo de sus funciones, reciban un obsequio, regalo o similar, deberán informarlo inmediatamente al Órgano Interno de Control o Unidad de Responsabilidades, y procederán a ponerlo a disposición del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, conforme a las disposiciones que para tal efecto se emitan. Lo anterior, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 40 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

 

Redes Sociales

Noticias por WhatsApp

Recibe nuestras notas directo en tu WhatsApp

Notas Relacionadas

Más Vistas

Skip to content