Tribunal declara culpable a ‘Cayeyo’; defensa anuncia apelación

Angélica Campillo

Luego de siete horas de espera, el Tribunal del Poder Judicial del Estado emitió un fallo condenatorio en contra de Eduardo N., alias Cayeyo Jr., por el delito de homicidio calificado con grado de ventaja y traición, en agravio de Eugenio N. Será en los próximos días cuando se determine la pena que alcanzará el imputado.

Una vez que se reanudó la audiencia, y después de haber escuchado los alegatos y pruebas tanto de la Fiscalía General del Estado como de la defensa del imputado, el juez relator explicó la forma en la que ocurrieron los hechos donde perdió la vida Eugenio N., el 5 de mayo de 2017, dando la razón a la FGE, de acuerdo con las comparecencias previas de los testigos.

En ese contexto, afirmó que existe base fáctica suficiente para demostrar el hecho, mismo que está tipificado como homicidio calificado con ventaja y traición, ya que se demostró que Eduardo N. no corría riesgo de ser lesionado por la víctima y aún así el imputado violó la confianza y seguridad depositada por Eugenio en razón de la amistad que existía entre ambos al dispararle y provocarle lesiones que lo privaron de la vida, además de que actuaba con ventaja al encontrarse en sus dominios.

Apuntó que lo argumentado por la defensa de Cayeyo en relación a que se trató de un homicidio en riña, resultó insuficiente para demostrar. Asimismo, destacó que el cuchillo localizado en la mano derecha de la víctima fue colocado post mortem y el cuerpo fue movido, quedando todo esto demostrado en el peritaje.

Asimismo, señaló que lo narrado por el imputado acerca de que hubo una riña antes de disparar en contra de la víctima, no tiene sustento, porque no hay prueba aportada al respecto, ya que del supuesto forcejeo no existió vestigio alguno y ninguno de los dos jóvenes presentaron hematomas, aunque no pasa desapercibido el hecho de que ambos estuvieron consumiendo bebidas embriagantes previo al hecho.

Respecto a lo manifestado por la defensa, la cual alegó que algunos peritos no contaban con título universitario, se especificó que éstos tienen la experticia suficiente para llevar a cabo la tarea que se les encomendó en el caso y hubo calidad y claridad al momento de rendir sus testimonios ante el Tribunal. De igual forma, el juez relator apuntó que no asistía la razón a los abogados defensores en relación a que no se tiene identificada el arma con la que se cometió el homicidio.

Dijo que, en cuanto a los vidrios localizados en la escena del crimen, de acuerdo con los testimonios de los testigos, correspondían al caballito que tiró Eduardo N. en la cocina antes de quedarse a solas con Eugenio, sin embargo la perito encargada del levantamiento de evidencias no consideró necesario tomarlo como prueba y tampoco fue cuestionada en el contrainterrogatorio de los abogados defensores sobre este asunto.

Aseveró que la llamada que realizó Eduardo al 911 para reportar el acontecimiento no abona nada a su favor, ya que esa no es la forma correcta de emitir una declaración. Además, comentó que el video dado a conocer en un medio de comunicación, donde se aprecia el procesamiento de la escena del crimen por parte de los agentes periciales, fue obtenido de manera ilícita, por lo que la petición de la defensa respecto a declarar la nulidad del juicio en contra de su cliente está infundada.

Finalmente, el juez relator indicó que el actuar de Eduardo N. es antijurídico y no está justificado por la ley, ya que se vulneró el bien tutelado al haber destruido una vida, por lo que fue declarado culpable por el delito de homicidio calificado con grado de ventaja y traición en agravio de Eugenio N.

Posterior a ello, tomó la palabra otro de los jueces, quien comunicó que en los días próximos se presentarán a declarar nuevamente en algunos testigos, con el fin de fijar las sanciones a las que será acreedor Eduardo N., entre las que se encuentra los años que le corresponderán de pena, así como la reparación del daño, finalizando la audiencia a las 20:39 horas. Cabe destacar que la expresión de Cayeyo al despedirse de sus abogados, era de molestia.

Jueces actuaron con arbitrariedad: defensores

Entrevistados al finalizar la audiencia, los abogados defensores de Cayeyo Jr. se dijeron molestos por la decisión del Tribunal, ya que no comparten el criterio de los jueces, pues consideraron que hubo arbitrariedad de su parte debido a que en las audiencias anteriores hubo inconsistencias, ocultamiento de evidencias, contradicciones y falsedades con las que se ha conducido la Fiscalía: “concretamente en este juicio, el Poder Judicial del Estado suple las deficiencias de la acusación de la Fiscalía”, lamentaron.

Cuestionaron la certeza con la que el Tribunal condena cuando está plenamente demostrado que se ocultó un video y la perito encargada del procesamiento de evidencias en la escena del crimen se condujo con falsedad cuando subió de testigo, situación que, a su consideración, por sí sola, conlleva a la nulidad del juicio: “qué certeza nos da que hayan escondido otras evidencias que no hemos tenido acceso, y en qué otros juicios lo pueden estar haciendo”.

La defensa de Cayeyo adelantó que por ese motivo apelarán el fallo del Tribunal, acudirán a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CEDH), y, en dado caso, también a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a presentar denuncias penales por la falsedad con la que se condujo la mencionada perito, así como personal de la Fiscalía.

Apuntaron que antes de que se iniciara el proceso cambiaron a un juez integrante de la terna que estuvo presente durante las audiencias, y hubo otro que, anterior a pertenecer al Poder Judicial, se desempeñó como Ministerio Público en Ciudad Valles donde su jefe inmediato fue uno de los fiscales que comparecieron en el juicio, “eso por sí también, trae la nulidad de este juicio”.

Los abogados apuntaron que desde el inicio plantearon que su defendido cometió el hecho que se le atribuye, pero se trató de un homicidio en una riña, no obstante, con el surgimiento de la prueba nueva (video) ofrecida en el juicio, y que fue admitida, se debió haber nulificado y por consiguiente Cayeyo debió haber obtenido su inmediata libertad.

La defensa aseveró que el fiscal general del estado, Federico Garza Herrera, se tuvo que haber excusado desde el principio del proceso debido a la relación que guardaba con ambos jóvenes, aunque señaló que serán las autoridades correspondientes las que definirán si podría fijársele alguna responsabilidad por esta cuestión.

Paz para la familia de Eugenio N.

Por separado, el representante legal de la familia de la víctima declaró que ha quedado claro que el imputado cometió el crimen y esperarán a que le dicten la sentencia, ya que para ellos era importante la calificación del hecho, y consideró que el haberse tipificado como homicidio calificado con ventaja y traición, fue lo correcto.

Resaltó que han sido dos años muy complicados para toda la familia pero se van en paz y esperan que lo que venga favorezca a la víctima, por lo que se dijo satisfecho de que después de este tiempo, y aunque tuvieron un momento de desesperación al no conocer los procesos de un juicio, la actuación de los ministerios públicos y de los abogados coadyuvantes, fue adecuada. Finalmente, añadió que, en lo personal, entiende la actitud de la defensa, ya que tienen que devengar su sueldo.

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