Un 2023 de omisiones para el Congreso de SLP

Fernanda Durán

El 2023 fue otro año en el que el Congreso de San Luis Potosí tuvo que enfrentarse a sus omisiones e incluso a las de legislaturas anteriores. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fue el principal freno del Poder Legislativo, pues insiste en repetir los mismos errores constantemente.

Las consultas se convirtieron en la piedra en el zapato de la LXIII legislatura. De cinco invalidaciones de la Corte, tres fueron originadas por falta de consultas o por omisiones en las mismas.

La primera de ellas fue en julio, con la invalidez sobre una serie de preceptos de la Ley Electoral del Estado, expedida el 28 de septiembre de 2022. Si bien, los legisladores aseguraron que se realizaron las consultas debidamente, la SCJN consideró que no se apegaron a los parámetros establecidos por el tribunal, afectando los intereses de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como de las personas con discapacidad. Cabe destacar que la resolución será efectiva al concluir el proceso electoral local y la siguiente legislatura será la responsable de solucionarlo.

En noviembre, la SCJN resolvió dos anulaciones más por falta de consulta: primero al Artículo 91 del Código Familiar del Estado, reformado el 2 de diciembre de 2022, correspondiente al divorcio incausado en los preceptos “personas incapaces” y “personas con discapacidad”.

A ello le siguió la invalidez al capítulo VIII, denominado “Educación Inclusiva” de la Ley de Educación del Estado, reformado el 16 de enero de 2023. Ésta surtirá efectos hasta 12 meses después de la notificación de la sentencia, se trata de una armonización con tres años de retraso.

Otra invalidez fue emitida el 7 de marzo y se debió a que el Congreso pretendía dar una aplicación secundaria a leyes generales, las cuales son el parámetro para las legislaturas locales. El 30 de noviembre derogaron el Artículo 6 de la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Estatal de Búsqueda de Persona del Estado.

Una más de las acciones de inconstitucionalidad fue la invalidez a la fracción IV del Artículo 77 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, el 24 de octubre, en la que se preveía el requisito de “manifestar bajo protesta de decir, verdad no haber sido condenado o condenada por sentencia firme por la comisión de delitos celosos que hayan ameritado pena de prisión” para ocupar el cargo de persona secretaria del Ayuntamiento, y que aún no se ha modificado.

Además, este 2023 el Congreso realizó otra consulta a personas con discapacidad por acciones de inconstitucionalidad. De sus antecedentes, una de 2021 que pretendía crear obligaciones directas para las familias de las personas con discapacidad y otra, de 2020, para que los lugares de estacionamiento designados para las personas con discapacidad podían ser utilizados por personas que se encontraban con alguna discapacidad temporal.

El temor a las consultas por parte del legislativo ha detenido armonizaciones, como el caso de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, pues llevan alrededor de 18 meses postergando su emisión, revisión en comisiones y cumplimiento. Cabe destacar que, desde junio, un juzgado concedió un amparo a favor de la asociación civil Cambio de Ruta para crear la nueva ley.

En los temas importantes para el Congreso, aquellos a los que se les dio celeridad, también se suspendieron por amparos de la ciudadanía, como fue el caso de la municipalización de Villa de Pozos.

Desde el 5 de octubre hasta el 14 de diciembre se han acumulado dos suspensiones —una definitiva y otra provisional— que impiden al Congreso declararlo como el municipio 59. Lo anterior, debido a que el proceso para realizar el decreto y el plebiscito que respaldan la decisión recibieron más de cuatro amparos por irregularidades en su realización.

Uno de los pocos casos que el Poder Legislativo pudo concretar fue el procedimiento de ratificación de la magistrada numeraria del Poder Judicial del Estado, María del Refugio González Reyes, efectuado en cinco ocasiones y que terminó con el desistimiento de la abogada.

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