Una CEEAV sin asuntos que tratar

Por Victoriano Martínez

Silvia Castillo Hernández, madre víctima indirecta del homicidio de su hijo Alan Francisco Ibarra Castillo, optó por una representación jurídica particular tras una larga secuencia de manifestaciones en contra de la forma en que la representación oficial no atendía a sus requerimientos.

“Actualmente cuenta con representación particular, muy recientemente (…) llevaba la representación hasta hace unos días del asesor público adscrito a la Comisión de Atención a Víctimas (CEEAV), pero actualmente ya cuenta con representación jurídica particular”, informó con cierta candidez Miguel Ángel García Amaro, titular de la CEEAV.

Es como si estuviera acostumbrado a que las víctimas pagaran de su bolsillo una representación jurídica, incluidos los casos en los que se las han requerido y también aquellos en los que hacen públicas sus quejas (como en el caso de Castillo Hernández), y no representaran un indicador de las posibles fallas en la labor que él encabeza.

Castillo Hernández no es la única víctima que se ha quejado del desempeño de la representación que presta la CEEAV. Ha sido de las más notorias y seguramente habrá muchas que no sean tan visibles públicamente, lo que no necesariamente implica que sea la característica generalizada de las representaciones a cargo de la Comisión.

Lo que indudablemente representa que un caso tan notorio como el de Castillo Hernández no haya tenido la atención requerida por parte de la CEEAV como para que optara por una representación particular es un indicador de que algo no funcionó en la Comisión. Preocupante resulta que García Amaro lo señale con un “desconozco por qué ella sigue optando por esta forma de hacerse notar”.

¿Cuántas víctimas tiene registradas la CEEAV? Del total de esas víctimas, ¿qué porcentaje se encuentra satisfecho con la atención que le dan, cuántos prefieren desistir de su búsqueda de justicia y cuántos optan por allegarse mejor una representación particular?

Se trata de información que no se encuentra disponible ni como parte de los indicadores ni de los informes que debe publicar la dependencia en la Plataforma Estatal de Transparencia ni de los informes disponibles en su sitio Web.

Como indicadores publica una relación de ocho, a los que acompaña con un porcentaje que coincide más con el avance del año que con un dato sobre el número de víctimas atendidas contra el que se pudiera contrastar. Por ejemplo, en junio reporta avances del 50 por ciento.

En cuanto a los informes que por ley debe publicar, el más reciente al que se puede tener acceso a través de la Plataforma Estatal de Transparencia corresponde al de 2020, en tanto que en su portal Web la CEEAV sólo tiene disponibles informes de 2019, 2017 y 2016-2017.

Ante la alternativa de buscar en el contenido de las actas de las sesiones de la Junta de Gobierno o de la Asamblea Consultiva de la CEEAV alguna información relacionada con el tratamiento que se le dio en ellas al tema de inconformidades por el desempeño de la representación de ese organismo a las víctimas, lo encontrado resulta aún más preocupante.

De acuerdo con el artículo 88 de la Ley de Atención a Víctimas, la Junta de Gobierno de la CEAAV “celebrará sesiones ordinarias por lo menos cuatro veces al año y podrá celebrar extraordinarias cuando sea necesario”.

Para el caso de la Asamblea Consultiva, el número de sesiones anuales lo establece el Reglamento de la Ley de Atención a Víctimas en su artículo 54: “la Asamblea sostendrá seis sesiones ordinarias al año, o las extraordinarias que sean necesarias”.

Ni la Junta de Gobierno ni la Asamblea Consultiva realizaron sesiones durante todo el 2022. Al menos así lo reportó la CEEAV en el Portal Estatal de Transparencia.

De enero a marzo, en el reporte de actas se limitó a señalar que la información “no se genera”. Para el mes de abril no se publicó el formato respectivo y a partir del mes de mayo la justificación por la que no se publicaron actas cambió al señalamiento de que no se habían realizado sesiones.

“En el mes que se reporta no se llevó a cabo sesión por no existir asuntos a tratar”, fue la leyenda que acompañó cada mes, a partir de mayo, a la justificación por la que no se realizaron sesiones ni por parte de la Junta de Gobierno, ni de la Asamblea Consultiva.

Independientemente de que incumplieron con el número de sesiones que les ordena la Ley y su Reglamento, si no existen asuntos que tratar por sus órganos de dirección, o todo funciona de manera perfecta –que casos como el de Castillo Hernández indican lo contrario–… o hay motivos para pensar si realmente la CEEAV existe.

 

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