Vientres de alquiler: la comercialización de mujeres y bebés que buscan regular en SLP

Núria González López y Teresa Ulloa Ziáurriz hablaron en entrevista con Astrolabio Diario Digital sobre el riesgo de legalizar esta práctica.

Reportaje por Fernanda Durán

Ilustraciones por María Ruiz

En San Luis Potosí se ha abierto una brecha para legislar sobre los vientres de alquiler, con una iniciativa que busca reconocer la maternidad sustituta, lo que implica que en los próximos meses el Congreso del Estado deberá analizar si legaliza, o no, una forma más de trata de personas, en la que las mujeres explotadas pierden la autonomía sobre su cuerpo, el embarazo se vuelve un servicio y los recién nacidos son entregados como un producto.

La llamada gestación subrogada, maternidad sustituta o vientres de alquiler es una práctica romantizada por las personas con el deseo de ser padres, pero que en el fondo provoca que las mujeres sean sometidas a una comercialización.

Este método de reproducción asistida se caracteriza porque la mujer que gesta al bebé no será quien se quede finalmente con el recién nacido, sino que se entrega a terceras personas interesadas en su custodia, que en la mayoría de los casos formalizaron un acuerdo mediante contratos que implican pagos económicos.

El pasado miércoles 27 de septiembre, el Congreso del Estado recibió la iniciativa de la ciudadana Miriam Castillo Moreno, con la que se busca regular la gestación subrogada y sus distintas modalidades, a través de modificaciones, así como adhesiones al artículo 243 del Código Civil, pero también alude al Código Familiar y la Ley de Salud del Estado. La propuesta fue aceptada y trabajada en el taller de armonización legislativa impartido por esta misma institución, respaldado por la presidenta de la Comisión de Igualdad y Género, Emma Idalia Saldaña Guerrero. Aun cuando la práctica está prohibida en el estado.

Actualmente, el artículo 243 del Código Familiar del Estado declara como inexistente la maternidad substituta, por lo que deja sin efectos legales su práctica. “Si un embrión fuese implantado en una mujer distinta a la cónyuge o concubina, la maternidad se le atribuirá a la primera”.

La propuesta de reformas describe las definiciones de subrogación, entre ellas: la subrogación total, lo que implica que la mujer gestante sea inseminada aportando sus propios óvulos, y después de la gestación y el parto, entregue el hijo a la pareja o persona contratante; la subrogación parcial, es la que se da cuando la gestadora es contratada exclusivamente para portar en su vientre un embrión fecundado fuera del cuerpo que le ha sido trasplantado, pero que proviene de la unión de espermatozoide y óvulo de la pareja o persona contratante.

Otra es la subrogación altruista, es la que se da “cuando una mujer acepta gestar por cuenta de otra de manera gratuita”. Y, finalmente, la subrogación onerosa, la cual predomina en el mundo y “que se da cuando una mujer acepta embarazarse en lugar de otra, tal y como si se tratase de un servicio, por el cual se paga una cantidad cierta y determinada, además de los gastos de la gestación”.

Para la subrogación onerosa en México existen agencias que la ofrecen como un servicio más. El país es una de las regiones promocionadas por algunos programas como la opción más barata para aquellos interesados que no pueden gastar más de 100 mil dólares, es decir, casi dos millones de pesos; la Coalición Regional contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe (CATWLAC, por sus siglas en inglés) también ha identificado empresas cuyo costo es de hasta tres millones de pesos, en las que también se incluyen secciones para la comercialización de óvulos.

Las agencias regularmente reclutan a mujeres pobres o que pasan por dificultades que las llevan a acceder, aunque el pago que reciben en México apenas oscila entre el ocho y el 10 por ciento de lo que la empresa cobra a las personas que contratan sus servicios.  

En redes sociales como Facebook hay reclutadoras que promocionan una “compensación económica” de 300 mil pesos por embarazos simples y 420 mil para embarazos múltiples, más los gastos destinados a tratamiento, ropa, traslados y supuesto seguro de gastos médicos, para aquellas mujeres de 25 a 30 años que cumplan con los requisitos como no estar legalmente casadas, con máximo dos cesáreas y “haber tenido por lo menos un hijo vivo”. En algunas ocasiones no suelen mencionar datos sobre la empresa o agencia que representan, únicamente hasta que las mujeres solicitan información.

Los vientres de alquiler son un crimen, así resume la abogada Núria González López esta práctica que ha estudiado como especialista en Derechos Humanos y bioética. Su trayectoria se ha enfocado hacia la lucha contra la violencia hacia las mujeres y la gestación subrogada, principalmente en España y desde hace poco más de 10 años en México. Desde 2015 dirige L’Escola AC Asociación para el Desarrollo Integral. Escribió el libro Vientres de Alquiler. La mala gente, una consolidación a su trabajo como activista e investigadora de redes que explotan mujeres y comercializan bebés.

Núria González López, abogada especialista en Derechos Humanos y bioética.

Debido a su investigación y acercamiento hacia los sistemas de gestación subrogada, la abogada Núria González López considera los contratos y el reclutamiento como prácticas antijurídicas y antiéticas, en las cuales las mujeres que son utilizadas como vientres de alquiler no pueden tomar decisiones sobre su cuerpo, ya que todos los tratamientos e intervenciones médicas que se requieran las realizan en función de lo que decida la persona que contrata; mientras los recién nacidos son considerados como propiedades, dando paso a que las propias madres puedan entregarlos “y eso no es cierto porque toda la legislación de todos los convenios internacionales de todas las leyes de México y de todos los países del mundo entienden que las personas no son de nadie”, todo bajo una “falsedad jurídica” que sustenta el derecho a entregar y recibir a las personas como propiedad de alguien.

Incluso destacó que en casos en los que hay embarazos múltiples y los adquirentes sólo desean un bebé, se practican abortos selectivos para cumplir el contrato sin tomar en cuenta la opinión de la mujer, lo cual de manera jerárquica va en contra de todos los convenios internacionales y leyes generales en México, tales como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), la Convención Belém Do Pará, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

“En San Luis Potosí es uno de los estados donde es más restrictivo, es decir, que el derecho al aborto no existe, ahora se pretende que haya un derecho de aborto específico para que se puedan implantar las empresas de alquiler con lo cual los derechos, el derecho al aborto de la mujer pasa de ser un derecho de la mujer sobre su propio cuerpo, un derecho sexual y reproductivo, a ser un derecho del consumidor”.

La CATWLAC también ha detectado dentro de la explotación reproductiva de las mujeres casos de infertilidad generada por “bombas de hormonas” colocadas en ellas para que produzcan más óvulos, lo que nombró como la “donación comercial de óvulos”.

Ante este fenómeno, la Coalición también ha luchado para que la gestación subrogada sea considerada como tráfico de órganos, ”si bien es cierto que no le quitan el útero, sí lo usan como una incubadora y no solo el útero, porque en un embarazo está implicadas muchas funciones del cuerpo humano”.

Desde la década de los 80, la maestra Teresa Ulloa Ziáurriz ha defendido los derechos reproductivos y sexuales de las mujeres en México, siendo considerada como la primera abogada en hacerlo. Con su trabajo formó parte de los cimientos para la instalación de la sede en México de la Coalición Regional contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe, misma que ha dirigido desde su llegada en enero de 2002. Junto a diversas especialistas han generado una amplia experiencia en materia de trata, las formas de explotación sexual comercial, esclavitud y derechos humanos de mujeres, niñas y violencia de género.

Teresa Ulloa Ziáurriz, directora de la Coalición Regional contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe.

No existe una estadística acerca de las mujeres que han sido afectadas por los vientres de alquiler, según afirma Ulloa Ziáurriz. Si bien es una practica común, “la mayoría se debate entre dos sentimientos: uno es culpa y el otro es miedo. Entonces es muy difícil que acudan a hacer la denuncia”, ya sea por algún tipo de amenaza de las mismas empresas o por los términos de los contratos mercantiles que las obligan a firmar.

Mientras las afectaciones hacia las mujeres suceden dentro de los procesos del alquiler de vientres, la propuesta legislativa en San Luis Potosí que pretende abrirles paso busca que en los contratos participen “las mujeres entre veinticinco y treinta y cinco años de edad que tienen, al menos, un hijo consanguíneo sano, una buena salud psicosomática y que han dado su consentimiento voluntario para prestar su vientre”.

Además de otorgar su aceptación “pura y simple” para que se lleve a cabo la implantación del embrión, obligándola a procurar el bienestar y el sano desarrollo del feto durante el período gestacional “y a concluir su relación subrogada”, respecto a la persona menor y los contratantes con el nacimiento.

Respecto a la mujer a la que se le cederán los derechos del menor deberá acreditar mediante certificado médico, expedido por el médico tratante, que posee una imposibilidad física o contraindicación médica para llevar a cabo la gestación en su útero.

Los vientres de alquiler en México y los contratos

Actualmente, Sinaloa y Tabasco tienen legalizado el alquiler de vientres, en cambio San Luis Potosí, Querétaro y Coahuila lo prohíben. En la exposición de motivos de la iniciativa recibida en San Luis Potosí se asegura que Colima, el Estado de México, Zacatecas, Michoacán, Ciudad de México e Hidalgo contemplan este proceso de manera legal.

Sin embargo, Ulloa Ziáurriz junto a la Coalición regional han hallado reclutamientos en Ciudad de México, Estado de México, Morelos, Tlaxcala, Puebla, así como en estados aledaños a las entidades que permiten los vientres de alquiler, entre ellos Colima y Nayarit, lugares en los que “hay trata, hay cadenas de reclutadoras, agencias, abogados, doctores, enfermeras, psicólogas, hospitales y notarios, todos involucrados ganando dinero de esta actividad”.

En Facebook también existen grupos en los que se genera el reclutamiento para vientres de alquiler del interior del país, dentro de los cuales se ha advertido una mayor clandestinidad, debido a que hay personas dedicadas a atraer y seleccionar mujeres, pero que se hacen pasar por empresas “reconocidas”.

En la iniciativa potosina se plantea que “el instrumento de maternidad subrogada lo firmarán la madre y padre subrogados, la madre subrogada gestante, el intérprete si fuera necesario uno, el Notario Público, el director de la clínica o centro hospitalario, asentándose el lugar, año, mes, día y hora en que hubiere sido otorgado.

Una vez que sea suscrito el instrumento, deberá ser notificado en sus efectos a la Secretaría de Salud y al oficial del registro civil, para que el estado de la persona menor nacida mediante esta práctica sea contemplado en su filiación como hijo desde el momento de la fecundación de sus progenitores biológicos, es decir, madre y padre o madre subrogados”.

De acuerdo con la abogada Núria González, los contratos generalmente son especiales, ya que las mujeres no pueden rescindirlo o podrían someterlas a procesos penales, por lo tanto pasan a depender esos nueve meses de los adquirientes del niño, bajo el monitoreo constante sobre su alimentación, horarios de sueño, “con quién han hablado, por su puesto no pueden tener sexo y un montón de implicaciones que cualquiera podría hacer, tienen que hacer unas pautas exactas para garantizar eso”.

“Se les obliga a abandonar a sus hijos y a recluirse o a estar allí en las clínicas o en las estancias donde las empresas las pueden tener controladas. No vaya a ser que alguna decida irse con el niño”.

La especialista también advierte que una de las principales características en los contratos es que se comprometen a que los niños y niñas sean sanos, porque en caso de presentar anomalías todos los contratos de agencias facultan a quien adquiere a un niño a devolverlo a las empresas en dos años, para que esta los deje en alguna institución como el DIF en México.

Existen casos que exhiben todas las irregularidades que las mujeres pueden enfrentar en este proceso, pese a la promesa de seguridad social, apoyo económico, seguimiento psicológico y nutricional, que surgen como historias anónimas dentro de las comunidades de gestación subrogada en Facebook.

Entre aquellos relatos quejosos dentro de los grupos sobre vientres de alquiler se encuentra la historia de una mujer gestante que fue reclutada casi de forma inmediata, sin filtros, por la empresa Ovodornos en Guadalajara. A los 15 días de la transferencia de embriones padeció dolor y sangrado llevándola al reposo absoluto, así como a renunciar a su trabajo para darle prioridad al embarazo, bajo la promesa de que recibiría la compensación económica por ello, lo cual nunca pasó, incluso en ese momento no recibía dinero de la agencia ni para movilidad ni por la transferencia. El pago le sería entregado hasta que la prueba de embarazo saliera positiva.

A través de su experiencia, la mujer explicó que hasta el primer ultrasonido fue cuando se reunió con la coordinadora de la agencia, firmó el contrato sin recibir copia por “confidencialidad” y obtuvo los datos del contratante, un hombre soltero originario de China con quien no tuvo contacto hasta que nació el bebé. “Tuve que aceptar porque ya estaba embarazada, y no me quedaba más que confiar, pero yo sabía que desde ahí estaba mal”.

Para el tercer mes de gestación, la joven sufrió apendicitis, pero aún sin un diagnóstico, por lo que pasó 15 días sin comer, con vomito, temperatura y con medicación, hasta que su doctor le indicó que debía contactar a un medico internista. En su agonía, llamó a diversos médicos de una lista proporcionada por la agencia. Cuando finalmente contactó a una especialista, le ordenó una operación de urgencia porque su problema derivó en una peritonitis, es decir, una infección en el abdomen.

La mujer afectada avisó a la agencia sobre su problema, ya que desconocía si en estos casos debían asumir los gastos. Lo hicieron, pero derivado de su caso comenzaron a informar al resto de las mujeres reclutadas que la empresa no se haría responsable de las complicaciones “que no fueran por el embarazo”, a pesar de que supuestamente cuentan con seguro de gastos médicos.

El embarazo siguió, con el contacto limitado y sin apoyo de la agencia como esperaba respecto al gasto en alimentos, ropa, además de la necesidad de un cambio de casa: “Tuve que cambiarme de casa porque vivía en un tercer piso y por la reciente operación el médico me indicó no subir escaleras, mi hija pequeña perdió su año de escuela porque no podía llevarla, tenía que tomar camión y no podía usarlo, no podía tener movimientos bruscos”.

Para el día del parto, Ovodornos sí envió un taxi, pero el chofer señaló que la mujer debía ir sola, pues no querían que su esposo la acompañara por temor. Tras discutir con la coordinadora de la agencia, llegaron al hospital donde se le practicó una cesárea debido a la operación previa.

Ante el hospital, según el certificado de nacimiento, el bebé era de la mujer, la coordinadora de la agencia fingió ser su tía y aunque las enfermeras intentaron mostrarle al recién nacido, la representante de la agencia lo impidió durante los tres días que la vigiló, en espera de la llegada del adquiriente, no obstante, conoció al hombre hasta que acudieron al registro civil.

“Cuando salimos del hospital le entregue el bebé a la chica reclutadora, y justo ahí fue cuando mi corazón se rompió, me dio mucho sentimiento que una desconocida se lo llevara, yo quería entregarlo a su papá, saber que estaría bien”.

Cuando terminaron los tramites como el ceder los derechos y el pasaporte, comenzó el reproche del contratante diciéndole que ella y su esposo rompieron las reglas del contrato, “que éramos malas personas y ojalá nunca volviera a hacer eso”, aunado a la indiferencia de la reclutadora.

La mujer gestante finalizó su historia destacando que la compensación que recibió fue de las más bajas con 10 mil pesos mensuales “no me alcanzaba, tuve que vender mis cosas para poder solventar mis gastos, (en mi empleo ganaba más)”.

Casos como estos reflejan la violencia y abusos que las mujeres pueden percibir en los procesos de los vientres de alquiler. Ante esto, la maestra Teresa Úlloa ha destacado que es necesario que las mujeres sepan sobre las opciones a donde pueden acudir para hacer las denuncias como CATWLAC, quienes han brindado apoyo a las mujeres en México desde hace más de 20 años.

Permisividad de la Suprema Corte de Justicia

Aunque Sinaloa y Tabasco son estados donde los vientres de alquiler son legales, en los últimos años la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha resuelto amparos y acciones de inconstitucionalidad que avalan tanto la gestación subrogada gratuita, como de paga, hasta llegar a anular las disposiciones de Tabasco en las que se prohibía el acceso a parejas del mismo sexo y extranjeras, bajo el argumento de que al privar esta práctica podría “caer en la clandestinidad” y era una prohibición discriminatoria.

Tal como el amparo concedido a favor de Fertility Center Tabasco, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable en contra de las disposiciones legales de dicha entidad o el amparo concedido a una pareja homosexual para que el Registro Civil de Yucatán les permitiera la filiación jurídica, incluso, ante la falta de vínculos biológicos, que ha dado paso a la instalación de agencias en ese territorio.

Dichas acciones han llevado a la especialista Núria González a destacar que, en México, estados como Sinaloa que establecen esta práctica solo para mexicanos de forma altruista, al día de hoy “ni es altruista ni es solo Sinaloa ni es solo para mexicanos ni nada, además de violar todos los tratados internacionales”, razón por la que también ha brindado asesoría en el país para la prohibición del alquiler de vientres.

Anuncio de reclutamiento en el que se incluye a Yucatán donde se permitió la filiación jurídica.

González López consideró que el planteamiento del negocio de los vientres de alquiler en San Luis Potosí podría originarse en torno a Ucrania que era calificado como el útero del mundo, al ser el país que más niños vendía y que tiene instaurado un modelo comercial, pero debido a la guerra el negocio cayó, lo que ocasiona que las empresas busquen instalarse en los más de 12 países que lo han legalizado.

Entre los países en los que la gestación subrogada es legal se encuentran Estados Unidos, Canadá, la India y Grecia.

En México, a nivel federal existen dos iniciativas que buscan prohibir la maternidad subrogada o vientres de alquiler: una presentada en diciembre de 2021 por la diputada Beatriz Rojas Martínez, de Morena y la segunda promovida en abril de este año por el senador José Narro Céspedes del mismo partido.

Las iniciativas federales contaron con la colaboración tanto de la especialista Núria González, como de la CATWLAC, sin embargo, ambas propuestas aún se encuentran en las comisiones legislativas para su análisis.

Por otro lado, entre 2015 y 2016 el Congreso de San Luis Potosí analizó iniciativas que promovían integrar en la legislación estatal la figura de maternidad subrogada, a través de foros con especialistas. En junio de 2016 se decidió desechar las propuestas debido a que carecían de medidas de protección integrales tanto para la madre gestante como para el propio producto en dicho proceso, según informó en su momento la exdiputada Xitlálic Sánchez Servín.

Con la pretensión de legalizar los vientres de alquiler, la promovente de la reciente iniciativa en San Luis Potosí ha manifestado que el estado debe garantizar los medios necesarios para que las personas puedan formar una familia como un derecho reconocido en la convención americana de los derechos humanos.

Ante el argumento y motivación sobre formar una familia, la abogada Núria González recalcó que un deseo no es un derecho, ser padre o madre es un deseo legítimo y para estos casos existe la adopción, en los que rige el bien superior de los menores al ser ellos los que tienen derecho a tener familia y no el deseo de ser padres, donde el estado debe fungir como garante por medio de diversos trámites de idoneidad.

En su opinión la abogada en bioética expuso que se trata de un negocio basado en un capricho que pretende hacerse pasar por derecho, en el cual también son utilizados los colectivos, pero más allá del discurso, la realidad es que el 80 por ciento de las personas que acceden a estos servicios son parejas heterosexuales con problemas reproductivos.

“Los hombres pues no pueden tener hijos biológicamente, lo que hay que hacer es garantizar el derecho, sean heterosexuales u homosexuales, a adoptar niños en las mismas condiciones que cualquier otra persona, pero no se puede garantizar el derecho de un hombre a ser padre porque eso implicaría tener una mujer a disposición de los hombres para parirlos”.

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