Otorga Juez amparo a solicitante… ¡para que le oculten la información!

Por Victoriano Martínez

El Juzgado Sexto de Distrito otorgó a Eduardo Martínez Benavente un amparo para que la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) deje sin efecto la resolución que confirma la reserva del convenio del gobierno del estado con BMW y emita una nueva para… mantener oculta la información.

A 21 días de que se cumplieran tres años de que se presentó la solicitud de información, lejos de que el solicitante obtenga los documentos pedidos negados por la Secretaría de Desarrollo Económico con una negativa ratificada por la CEGAIP, enfrenta ahora la resolución de un juez federal que señala que esas negativas fueron infundadas, pero en lugar de ordenar la entrega, pide que corrijan la reserva.

“Lo procedente es conceder al quejoso Eduardo Martínez Benavente, el amparo y protección de la Justicia Federal solicitados, para que el Pleno de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí:

“I. Deje sin efecto la resolución reclamada de fecha dos de diciembre de dos mil quince, dictado dentro de la quejosa número 308/2014.

“II. En su lugar dicte otra, sin más limitación que la de fundar y motivar debidamente la parte conducente al punto V del Considerando Décimo Segundo que denominó “Determinación de las causas legales que fueron invocadas en el acuerdo de reserva 017/2014 y que esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado”, dejando intocado todo los antes expuesto y, especialmente, las consideraciones y fundamentos legales expresados en relación con el Acuerdo de Reserva 014/2014”.

La sentencia del juez fue notificada a Martínez Benavente el pasado viernes 30 de junio.

En la resolución del 2 de diciembre de 2015, la CEGAIP determinó que los mencionados acuerdos de reserva presentaban errores y deberían ser corregidos para mantener la reserva de la documentación relacionada con la BMW.

En su resolución, Enrique Acevedo Mejía, juez sexto de distrito, determina que la resolución de la CEGAIP no fue suficientemente fundada y motivada para recomendar las correcciones a los acuerdos de reserva y, a su vez, le ordena dictar una nueva resolución, no para garantizar el derecho de acceso a la información del solicitantes, sino para que corrijan la negativa.

La solicitud de información con la que se requirieron las copias del convenio Gobierno-BMW y sus anexos se presentó el 21 de julio de 2014. El 28 de agosto de ese mismo año se presentó la queja ante la CEGAIP, la que resolvió el 2 de diciembre de 2015 y la notificó hasta el 15 de diciembre de ese año.

Ante la confirmación de la reserva por parte de la CEGAIP, se presentó solicitud de amparo el 20 de enero de 2016 y fue hasta el 30 de junio de 2017 que el juzgado sexto de distrito notificó su resolución.

Mientras la CEGAIP tardó 474 días en resolver y notificar la resolución de la queja al solicitante, el juzgado sexto de distrito emitió su determinación y la notificó hasta 527 días después de presentada.

 

** Resolución Amparo BMW

 

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