8 menores de 3 años viven en Centros Penitenciarios de SLP

Carlos Rubio

La Ley Nacional de Ejecución Penal establece en su artículo 10 como un derecho de las mujeres privadas de su libertad en los Centros Penitenciarios, el “conservar la guardia y custodia de su hija o hijo menor de tres años”, es por ello que en San Luis Potosí hay ocho menores de edad que nacieron y viven actualmente en una cárcel.

De acuerdo a la respuesta de la Secretaría de Seguridad Pública a la solicitud de información con folio 00201421, en el Centro Estatal de Reinserción Social de La Pila viven dos menores: uno de dos años con 10 meses y otro de dos años con tres meses; en el Centro Penitenciario de Ciudad Valles vive un menor de dos años con ocho meses y otro de apenas seis meses.

En el Centro Penitenciario de Matehuala se encuentran los niños con menor edad, ya que vive uno dos meses y otro con tan solo 10 días de nacido. Por último, en Rioverde –al igual que en los centros penitenciarios anteriores–, dos menores se encuentran bajo la custodia de su madre, de un año con cuatro meses y de tres meses, respectivamente.

Como lo establece la fracción VI del artículo 10 citado anteriormente, las mujeres recluidas en los centros penitenciarios tienen derecho a conservar la guardia y custodia de sus hijas e hijos, sin embargo el perteneciente al municipio de Tamazunchale viola la Ley al no permitirle a las mujeres permanecer con sus hijos menores de tres años. Aunado a ello, no cuentan con instalaciones adecuadas para la atención de personas menores de edad.

Cuatro de los ocho menores de edad mencionados nacieron en los últimos seis meses, mientras que los otros cuatro se encuentran en los Centros Penitenciarios desde 2018 y 2019.

Cuando un centro penitenciario no cuenta con instalaciones adecuadas para niños, viola el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual suscribe en su noveno párrafo: “Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez”.

En el caso de un menor que vive en la cárcel en compañía de su madre y no cuente con dichas condiciones mínimas de satisfacción a sus necesidades, se estarían violando sus derechos.

Cabe señalar también que la Ley de Ejecución de Medidas Cautelares; Penas, y Medidas de Seguridad para el Estado de San Luis, no contempla ningún artículo de protección a las mujeres que viven con sus hijos e hijas menores de edad en los Centros Penitenciarios, como sí lo hace la Ley en Aguascalientes, la cual contempla el contar con un centro maternológico para las internas que se encuentran en periodo de gestación o la Ley en Colima que establece la creación de áreas médicas materno-infantiles, entre otros Estados.

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