Ceepac descarta sanción por bardas guindas que promueven voto para elección judicial

Fernanda Durán

Las pintas de bardas con los colores guindas, similares a los del partido Morena, que invitan a la ciudadanía a participar en la elección de jueces y magistrados del Poder Judicial este 1 de junio, no constituyen una conducta sancionable, según informó el consejero Juan Manuel Ramírez García, integrante del Pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac).

El funcionario electoral explicó que tras recibir una denuncia ciudadana relacionada con estas pintas, el órgano local turnó el caso al Instituto Nacional Electoral (INE), ya que el mensaje refería también a la elección federal de personas ministras. En respuesta, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE determinó que no existe una infracción.

“Recibimos justo una notificación de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, donde básicamente nos dice que ya hay criterios al respecto y que justamente el hecho de encontrar dentro de cierta propaganda, publicidad de manera aislada con el color, el logotipo o el nombre de un partido, no necesariamente hace vinculante a que esa publicidad o promoción sea difundida o pagada por un partido político”, explicó Ramírez García.

El consejero detalló que, de acuerdo con los criterios del INE, el uso de colores o símbolos partidistas no constituye por sí solo un medio probatorio suficiente para determinar la autoría por parte de algún instituto político, ni se acredita promoción directa de alguna candidatura.

“No se manifiesta a favor ni en contra de ningún candidato, entonces por eso determinó que no había una sanción o una conducta sancionable”, concluyó.

Similar a la queja, recientemente la diputada Sara Rocha Medina, del PRI, solicitó al Congreso del Estado a emitir un llamado enérgico al Ceepac para que investigue y retire de la vía pública cualquier tipo de propaganda que, por sus colores o símbolos, pudiera asociarse a partidos políticos —particularmente a Morena—, al considerar que podrían influir de forma indebida en el ánimo del electorado y vulnerar los principios de equidad e imparcialidad que deben regir este proceso.