Activista solicita acción de inconstitucionalidad contra tipificación penal del “halconeo”

Desiree Madrid

En un movimiento significativo para la defensa de los derechos humanos en San Luis Potosí, el exconsejero de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y activista, Luis González Lozano, ha instado a la presidenta de la CEDH, Giovanna Itzel Argüelles Moreno, a promover una acción de inconstitucionalidad contra el recién publicado decreto 0207, conocido popularmente como la Ley de “Halconeo”.

El decreto, que reforma el artículo 343 y adiciona el artículo 293 Quáter al Código Penal del Estado, tipifica el delito de “halconeo” y ha generado controversia por sus posibles implicaciones en la libertad de expresión y el periodismo de investigación.

El decreto 0207 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis” este miércoles 28 de mayo, entrando en vigor al día siguiente. Establece que comete el delito de “halconeo” cualquier particular que, utilizando diversos medios o dispositivos, tenga la finalidad de cometer o facilitar un delito local, obstaculizar labores de seguridad pública, o realice vigilancia, monitoreo, transmisión o recopilación de información sobre las operaciones de los cuerpos de seguridad.

La solicitud de González Lozano se fundamenta en el artículo 105, fracción II, inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que faculta a las Comisiones de Derechos Humanos para promover acciones de inconstitucionalidad contra leyes que consideren violatorias de derechos humanos.

El activista enfatiza la urgencia de actuar, ya que el plazo legal de 30 días naturales para interponer esta acción vence el próximo 27 de junio.

Uno de los principales argumentos para la inconstitucionalidad es la supuesta violación al principio de taxatividad penal, consagrado en el artículo 14 constitucional.

González Lozano señala que el artículo 293 Quáter presenta más de 30 verbos rectores, utiliza términos vagos e imprecisos como “monitorear” y “recopilar información”, carece de elementos objetivos para determinar la tipicidad de las conductas, y otorga una discrecionalidad excesiva a las autoridades.

Además, se argumenta que la nueva ley contraviene los artículos 6 y 7 constitucionales, así como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, al generar un efecto inhibitorio en el ejercicio del periodismo de investigación, la vigilancia ciudadana, el derecho de acceso a la información pública, y las actividades de defensa de derechos humanos y documentación de impactos ambientales y climáticos.

El activista también resalta la violación a los principios de proporcionalidad y necesidad al considerar que las penas de cinco a 12 años de prisión, y que pueden incrementarse hasta en la mitad si las acciones causan daño o ponen en riesgo la vida de los agentes de seguridad, o si se emplea a niños, niñas o adolescentes para su comisión, son desproporcionadas respecto al bien jurídico tutelado.

Se subraya que el derecho penal debe ser la “última ratio”, y la criminalización de conductas legítimas de vigilancia ciudadana contradice este principio.

Luis González Lozano insta a la CEDH a utilizar sus convenios institucionales con universidades, organizaciones de la sociedad civil, colegios de abogados y organismos internacionales como Artículo 19, para fortalecer los argumentos jurídicos y generar un mayor impacto social en la defensa de los derechos fundamentales.

En su petición, González Lozano confía en que la trayectoria y el compromiso institucional de la presidenta de la CEDH la llevarán a ejercer esta facultad constitucional para defender los derechos fundamentales en San Luis Potosí.

La acción de inconstitucionalidad, de ser promovida, buscará revertir lo que muchos consideran un retroceso en la protección de las libertades de expresión en el estado.

El día de hoy el activista y líder de la asociación Cambio de Ruta informó que la carta fue recibida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos.