Proponen blindaje constitucional al financiamiento de la educación superior en SLP

Fernanda Durán

El Congreso del Estado recibió una iniciativa que propone establecer un blindaje constitucional y legal al financiamiento de la educación pública superior, con el objetivo de impedir recortes presupuestales regresivos y garantizar un esquema de asignación progresiva de recursos.

La propuesta fue turnada para su análisis a las comisiones de Educación, Ciencia y Tecnología, así como a la de Hacienda del Estado.

La iniciativa fue presentada por el diputado José Roberto García Castillo, coordinador del grupo parlamentario de Morena, y plantea reformas tanto a la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí como a la Ley de Educación del Estado en materia de financiamiento a la educación superior pública. El eje central es incorporar de manera expresa el principio de no regresividad presupuestal, alineado con el marco constitucional y legal federal.

En la exposición de motivos, el legislador sostiene que la educación superior constituye un derecho fundamental y un derecho habilitante para el desarrollo económico, social y cultural, por lo que su financiamiento estable debe entenderse como una inversión estratégica de largo plazo.

Advierte que, pese a los avances normativos, persisten vacíos en la legislación estatal que han permitido disminuciones reales en los presupuestos asignados a instituciones de educación superior.

Como antecedente inmediato, el documento señala que en el Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2026 se registraron reducciones presupuestales en diversas instituciones públicas de educación superior, entre ellas la Universidad Tecnológica Metropolitana de San Luis Potosí, la Universidad Tecnológica y el Instituto Tecnológico Superior de Rioverde, lo que —se argumenta— compromete su operación, calidad académica y planeación institucional.

La propuesta contempla, en primer término, una reforma constitucional para adicionar un párrafo al artículo 10, con el que se establece que la obligatoriedad de la educación superior corresponde al Estado y que este deberá garantizar su financiamiento progresivo.

De manera explícita, se plantea que las asignaciones presupuestales destinadas a la educación pública superior no puedan ser inferiores, en términos reales, a las aprobadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

“Art 10. … La obligatoriedad de la educación superior corresponde al Estado, el cual garantizará su financiamiento progresivo. Las asignaciones presupuestales destinadas a la educación pública del tipo superior no podrán ser inferiores, en términos reales, a las aprobadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Las autoridades educativas establecerán políticas para fomentar la inclusión, permanencia y continuidad, y proporcionarán medios de acceso a este tipo educativo para las personas que cumplan”.

En un segundo nivel, la iniciativa propone modificaciones al artículo 109 de la Ley de Educación del Estado para operativizar el mandato constitucional. Entre los cambios se incluye la armonización con la Ley General de Educación Superior y la incorporación del principio de no regresividad presupuestal, además de establecer criterios de planeación, cobertura, fortalecimiento académico, transparencia en el gasto y sostenibilidad financiera en la asignación de recursos.

“Art 109. … Para dar cumplimiento a la obligatoriedad y la gratuidad de la educación superior, se estará a lo dispuesto en la Ley General de Educación Superior respecto de las disposiciones en materia de financiamiento.
El monto anual que el Estado destine a la educación pública del tipo superior no podrá ser inferior, en términos reales, a lo aprobado en el ejercicio fiscal inmediato anterior, de conformidad con las disposiciones aplicables y en concurrencia con la Federación.
La asignación de recursos a las instituciones públicas de educación superior se realizará con una visión de largo plazo, atendiendo criterios de planeación, cobertura, fortalecimiento académico, ejercicio responsable y transparente del gasto, y sostenibilidad financiera, garantizando en todo momento la autonomía de las instituciones y el cumplimiento de sus fines”.

El documento subraya que este blindaje no elimina las facultades del Ejecutivo para formular el presupuesto ni fija montos rígidos, sino que establece un piso mínimo de protección que impida retrocesos injustificados en el financiamiento educativo, en concordancia con el principio de progresividad de los derechos humanos reconocido por la Constitución federal y por criterios del Poder Judicial de la Federación.

Asimismo, se destaca que la iniciativa toma como referencia precedentes normativos en otras materias de alta relevancia social, como salud y atención a víctimas, donde ya se han incorporado candados presupuestales para garantizar la continuidad de derechos fundamentales. Desde esta perspectiva, el proponente sostiene que la reforma busca dotar de mayor certeza jurídica y estabilidad financiera al sistema de educación superior en el estado.