Por Victoriano Martínez
¿Quién tiene más derecho a que se proteja su información sobre el pago del impuesto predial: los deudores o los cumplidores?
Planteado de otra forma: ¿A qué tiene más derecho la sociedad, a saber quiénes incumplen con sus obligaciones como contribuyentes y al hacerlo afectan la capacidad de las autoridades para atender necesidades comunes, o a saber quiénes sí cumplen?
De acuerdo con la respuesta que el Ayuntamiento de San Luis Potosí dio a la solicitud de información con número de folio 240474426000017, cumplidos e incumplidos tienen derecho a que se proteja la información sobre su situación ante el pago del impuesto predial. No se debe conocer ni cuánto pagaron unos, ni cuánto deben los otros.
Tan convencidas están las autoridades sobre la protección que debe tener esa información, que en su respuesta presentan un largo argumento, con criterios de por allá y jurisprudencias de por acá, que ni duda cabe de que están dispuestos a todo con tal de mantener oculta esa información, a menos que…
Desde el 18 de octubre de 2007, en la Ley de Transparencia que se publicó entonces, ya incorporó en su fracción XI del artículo 18 la obligación de difusión de oficio la publicación de la relación de ingresos y egresos. “En el caso de ingresos, el número de entero, monto, concepto, contribuyente y fecha”, especificó los datos a incluir.
Con la publicación en el Periódico Oficial del Estado el 9 de mayo de 2016 de la nueva Ley de Transparencia, la obligación de publicar los ingresos se mantuvo exactamente en los mismos términos.
La mayoría de los sujetos obligados, por contar con una Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información (CEGAIP) negligente, tolerante y cómplice, incumple con la publicación de esos datos. Uno de tantos puntos en los que violar la ley no tiene consecuencias.
Uno de los pocos entes públicos que sí suele cumplir desde hace más de 15 años es el Ayuntamiento de San Luis Potosí. Durante la administración municipal de Enrique Galindo Ceballos afortunadamente no se ha suspendido el cumplimiento de esa obligación.
Por eso sorprende tanta justificación no sólo para proteger la información solicitada sobre la lista de deudores, sino la de todos, incluidos los cumplidos.
“La conclusión para el Municipio de San Luis Potosí es contundente: no existe facultad legal para actuar como un ente de exhibición pública”, señala la respuesta del Ayuntamiento tras una larga argumentación sobre secreto fiscal y otras argumentaciones sobre la protección de datos personales.
Destaca el uso de la expresión “ente de exhibición pública” si se toma en cuenta que en los últimos meses el alcalde Enrique Galindo Ceballos ha insistido en exhibir públicamente los adeudos de impuesto predial de Industrial Minera México. La conclusión no parece tan contundente.
“Como se señaló anteriormente, la responsabilidad es personal”, agrega en la respuesta y señala que si se liberara la base de datos –“ya sea por presión mediática o desconocimiento de la norma”–, se comprometería el erario ante posibles demandas por daño moral, y los funcionarios “responderían con sus propios bienes y enfrentarían procesos de destitución e inhabilitación”.
Tanto rigor no se ha visto reflejado con el inicio de un procedimiento de destitución e inhabilitación de Galindo Ceballos. ¿O acaso lo mantiene en secreto la instancia en la que ya iniciaron el trámite?
Tan contradictoria resulta la postura de proteger toda la información sobre los contribuyentes del impuesto predial que en la Plataforma Estatal de Transparencia (PET) es posible consultar lo pagado por los dueños de viviendas cumplidos.
El pasado mes de enero fueron 173 mil 69 propietarios cumplidos, y su nombre, fecha de pago y monto se pueden consultar en la PET. Puede consultar aquí un archivo Excel con la información filtrada del archivo general publicado por el Ayuntamiento en la Plataforma.
Tan contradictoria resulta tanta argumentación para negar la información solicitada que, quien en la respuesta se pronuncia contundentemente por no publicar la información (Carlos Eduardo Medina Guerrero, titular de la Unidad de Transparencia), aparece en el listado: pagó 679 pesos el 22 de enero con el recibo de entero número PB000008662.
Si es posible conocer los nombres, montos y fechas de pago realizado en enero por los 173 mil 69 propietarios, que por ley deben publicarse, ¿para la autoridad municipal es más importante proteger a los incumplidos?… a menos que exista algún motivo para exhibirlos como ha hecho Galindo Ceballos con IMMSA.

