Fernanda Durán
La Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobó desechar por improcedente la iniciativa ciudadana que buscaba incorporar al Código Penal un nuevo supuesto equiparable al delito de usurpación de profesión relacionado con el uso de plataformas tecnológicas e inteligencia artificial.
La propuesta, presentada por el abogado José Mario de la Garza Marroquín, planteaba adicionar el artículo 259 Bis al Código Penal estatal con el propósito de sancionar penalmente a quienes diseñaran, desarrollaran o comercializaran herramientas digitales capaces de generar asesorías o documentos propios de profesiones que requieren título y cédula profesional.
La propuesta legislativa pretendía establecer nuevas conductas típicas equiparables a la usurpación de profesión para castigar a quien, “con ánimo de lucro o en el marco de una actividad empresarial, diseñe, desarrolle, comercialice, ofrezca o ponga a disposición del público sistemas automatizados, plataformas digitales o aplicaciones tecnológicas que, sin intervención directa, efectiva y plenamente identificable de profesionista legalmente autorizado, generen, elaboren o recomienden para casos concretos dictámenes, estrategias, documentos o asesorías que constituyan actos propios de una profesión cuyo ejercicio requiera título y cédula legalmente expedidos”.
Sin embargo, tras su análisis, la Comisión Primera de Justicia determinó que la propuesta resulta improcedente al pretender sancionar penalmente a los desarrolladores de herramientas tecnológicas por el uso que terceros puedan hacer de ellas.
En el dictamen se argumenta que la iniciativa busca responsabilizar a creadores y comercializadores de plataformas digitales “por el mal uso o el uso ilegal que en su caso le dé el usuario final de la herramienta”, lo cual se señala resulta desproporcionado desde la perspectiva del derecho penal.
El documento legislativo concluye que esa lógica implicaría trasladar la responsabilidad del eventual uso indebido de una tecnología a quienes la diseñan o distribuyen, una postura que los legisladores consideran jurídicamente insostenible dentro del marco actual del derecho penal.
La iniciativa ciudadana partía del reconocimiento del crecimiento acelerado de herramientas tecnológicas capaces de generar recomendaciones o soluciones automatizadas en áreas como derecho, medicina, finanzas o administración, lo que ha transformado la forma en que las personas buscan orientación profesional.
De acuerdo con la exposición de motivos, este fenómeno ha sido identificado en distintos debates como “desintermediación profesional”, ya que permite que los usuarios interactúen directamente con plataformas digitales o sistemas basados en inteligencia artificial que pueden elaborar respuestas o sugerencias sin la participación directa de un profesionista.
Aunque estas herramientas pueden facilitar el acceso a información especializada, el documento advertía que su utilización para resolver casos concretos también puede derivar en errores o interpretaciones imprecisas, especialmente cuando no existe supervisión profesional.
Actualmente, el Código Penal del Estado ya contempla el delito de usurpación de profesión, que sanciona a las personas que ofrecen servicios profesionales sin contar con título o cédula legalmente expedidos. No obstante, esa regulación fue diseñada en un contexto distinto, en el que la conducta se refería a individuos que se hacían pasar por profesionistas, por lo que no prevé escenarios vinculados con el uso de inteligencia artificial.
Finalmente, en el análisis legislativo también se señala que a nivel federal el Senado de la República trabaja en diversas iniciativas encaminadas a regular el uso de la inteligencia artificial tanto en el sector público como en el privado, mediante la eventual expedición de una Ley Nacional en la materia.





