Tribunal Colegiado ampara a Lutzow Steiner y deja sin efecto sentencia condenatoria

El Tribunal exhibió irregularidades, inconsistencias y vicios en la sentencia condenatoria impuesta en octubre de 2015 en contra del extitular de Salud en SLP.

José de Jesús Ortiz

El Tribunal Colegiado del Noveno Circuito resolvió este jueves de manera favorable una demanda de amparo directo promovida por la defensa del doctor Miguel Ángel Lutzow Steiner, lo cual deja sin efectos la sentencia condenatoria que se le impuso en octubre de 2024 por parte de un Tribunal de Enjuiciamiento.

De acuerdo con Alejandro Manríquez Laguna, titular del despacho MLegal que ha llevado la defensa del extitular de la Secretaría de Salud, con dicha resolución se da la razón a lo que han denunciado durante casi cuatro años sobre presuntas anomalías a lo largo del proceso y del juicio, por lo que tendrá que dictarse una nueva sentencia.

 “Los magistrados nos dieron la razón, advirtieron las irregularidades y violaciones trascendentales a los derechos del doctor Lutzow. Están ordenando que emitan una nueva sentencia siguiendo los lineamientos emitidos por el Tribunal Colegiado y obviamente bajo esa tesitura la consecuencia tendría que ser una sentencia absolutoria, y emitir una resolución a favor de nosotros”, señaló.

El exfuncionario estatal fue sentenciado por el delito de uso abusivo de funciones en la época en que se desempeñó al frente de la Secretaría de Salud (durante la pandemia de Covid), acusado como coautor en la supuesta compra simulada de plaguicida para combatir el dengue; ante ello, la defensa jurídica promovió un recurso de apelación resuelto de forma negativa por el Tribunal de Alzada integrado por magistrados de la Quinta Sala del Supremo Tribunal de Justicia. Contra esa resolución es que se presentó la demanda de amparo resuelta este jueves.

En la sesión, de forma unánime los magistrados del Tribunal Colegiado determinaron que en la sentencia condenatoria se cometieron diversas violaciones y omisiones que afectaron al exfuncionario estatal, entre ellas “la falta de correspondencia entre la acusación y la sentencia”, así como inconsistencias y “vicios formales” en la sentencia.

Entre los vicios e inconsistencias expuestos por la magistrada Lucía Martínez Martínez —quien elaboró el proyecto de sentencia— se encuentran que la defensa planteó que en la acusación de la Fiscalía General del Estado no se hizo ninguna referencia a los hechos citados en una asamblea extraordinaria del Comité de Adquisiciones de los Servicios de Salud de marzo de 2020, sin embargo en la sentencia condenatoria se trata de un elemento central en el que se basó el Tribunal de Enjuiciamiento y luego lo confirmó el Tribunal de Alzada al desestimar la apelación de la defensa.

También, la magistrada expuso que en la acusación Lutzow Steiner aparece con un cargo distinto (director general de los Servicios de Salud en el estado de San Luis Potosí), cuando el correcto era el de director de Salud Pública, un dato que el Tribunal de Alzada consideró que no afectaba los derechos del acusado, pues “no importaba la denominación exacta del nombramiento que presentara en la época de los hechos”. “Sí es importante y trascendente para establecer la responsabilidad de imputado en ese ilícito toda vez que la norma no solo exige que tenga el del servidor público, sino además se refiere que las funciones se hayan realizado en el desempeño de sus empleos, cargo o comisión”, advirtió el Colegiado.

Minutos después de conocer la resolución del Tribunal Colegiado, Miguel Ángel Lutzow expresó su jubilo y se mostró confiado en que al final se hará justicia y se reconocerá su inocencia.

“De manera contundente y clara nos dan la razón en todo y además señalan las omisiones o los excesos en usar cosas que no tendrían por qué estar ahí. Se confirma lo que hemos dicho, que fue un juicio injusto. Yo trabajaba en los Servicios de Salud, pero no participé en eso (la compra simulada)”.

Con voz entrecortada, agregó: “Aquí hubo un exceso de la autoridad para construir un caso de manera indebida donde nunca tuvieron nada, solamente estaban creando un escenario irreal para condenar injustamente a una persona que no tuvo nada que ver con esos hechos. Le doy gloria a Dios porque se cumplen sus promesas. No soy abogado, pero ha sido tan contundente la resolución concediéndonos el amparo que no habría margen para otro tipo de resolución. Le doy gracias a Dios porque precisamente el domingo próximo cumplimos cuatro años de todo este proceso injusto”.

Por su parte, Manríquez Laguna expresó también su satisfacción y se dijo creyente de la justicia federal. “La impresión es que existe el Estado de derecho federal, que los magistrados y las magistradas, sobre todo el Poder Judicial federal junto con el órgano colegiado, hicieron observaciones que para mí fueron realmente un alivio en relación a confiar en el principio legalidad”.

Alejandro Manríquez Laguna, enero de 2025.

“Los magistrados observaron las irregularidades y violaciones al proceso del doctor Lutzow y sobretodo en relación al delito que supuestamente le vienen acusando, y sobre todo en la alteración del hecho que hicieron al momento de hacer la valoración, es decir, lo que siempre se sostuvo: lo quieren relacionar con una Asamblea Extraordinaria (de Salud) que no formó parte del elemento fáctico de la teoría del caso de la Fiscalía y obviamente no puede ir el tribunal más allá de eso”.

El paso siguiente será que el Tribunal de Alzada emita una nueva sentencia, que tendría que ser apegada a los criterios expuestos por el Tribunal Colegiado, lo cual estimó que debería de darse en los próximos días.

Lutzow Steiner fue detenido el 3 de mayo de 2022, imputado por la Fiscalía General del Estado por ejercicio abusivo de funciones —por su participación en la compra de un plaguicida para combatir el dengue— cuando se desempeñaba como director de Salud Pública de los Servicios de Salud en el Estado. Una compra por la que se pagaron poco más de 32 millones 700 mil pesos. Fue el único exfuncionario detenido, procesado y sentenciado por ese hecho, en el que se le imputó en grado de coautoría.