Diputado propone corrección de inconsistencia legal heredada en fiscalización

Fernanda Durán

A casi tres años de la reforma que modificó el modelo de fiscalización en San Luis Potosí, el Congreso del Estado se prepara para ajustar una inconsistencia legal que dejó plazos distintos para la entrega de cuentas públicas entre la Constitución y la legislación municipal.

La iniciativa, presentada por el diputado Luis Fernando Gámez Macías, propone reformar la fracción IX del inciso b) del artículo 31 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, con el objetivo de armonizar el plazo que tienen los ayuntamientos para remitir su cuenta pública al Poder Legislativo.

De acuerdo con la exposición de motivos, actualmente existe una contradicción entre el marco constitucional y la ley secundaria: mientras la Constitución local establece que la cuenta pública debe entregarse a más tardar el último día de febrero del año siguiente al ejercicio fiscal, la legislación municipal aún señala como fecha límite el 15 de marzo. Esta diferencia, advierte el promovente, coloca a los municipios en un escenario de incertidumbre jurídica, al no tener claridad sobre cuál disposición deben cumplir.

El documento señala que esta falta de congruencia normativa puede derivar en riesgos para las autoridades municipales, quienes podrían incurrir en responsabilidades administrativas o incluso penales por incumplir plazos que, en la práctica, resultan contradictorios entre sí. En ese sentido, se plantea que la seguridad jurídica exige que las normas sean claras, previsibles y consistentes entre los distintos niveles del ordenamiento legal.

La iniciativa también retoma el contexto de la reforma constitucional aprobada en 2023 por la LXIII legislatura, mediante la cual se modificó el sistema de fiscalización en la entidad, incluyendo la desaparición de la Auditoría Superior del Estado y la creación del Instituto de Fiscalización Superior.

Entre los cambios incorporados en ese momento se estableció como nueva fecha límite para la entrega de cuentas públicas el último día de febrero, con el propósito de ampliar el tiempo disponible para su revisión.

Sin embargo, la modificación no fue replicada en la Ley Orgánica del Municipio Libre, lo que generó el desfase que ahora se busca corregir. El promovente argumenta que esta omisión ha mantenido vigente una disposición que ya no es acorde con el texto constitucional, lo que hace necesario ajustar la legislación secundaria.

La reforma plantea eliminar la referencia específica al 15 de marzo y sustituirla por una remisión directa al plazo establecido en la Constitución del Estado. Con ello, se pretende no solo resolver la contradicción actual, sino también evitar futuros desfases en caso de que el plazo constitucional vuelva a modificarse, al mantener un criterio de actualización automática.

Asimismo, se destaca que esta armonización forma parte del ciclo de fiscalización, en el que la entrega oportuna de las cuentas públicas permite al órgano fiscalizador contar con mayor margen para revisar el uso de los recursos públicos, evaluar la gestión financiera de los entes auditables y emitir observaciones dentro de los plazos establecidos.

“La claridad en la ley es la base de la buena administración. No podemos permitir que los ayuntamientos operen bajo una incertidumbre jurídica que obstaculice la fiscalización. Con esta reforma, damos un paso decisivo hacia la congruencia normativa”, afirmó el legislador.

La propuesta será turnada a comisiones para su análisis y eventual dictaminación.