Desiree Madrid
El Consejo Directivo Universitario de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) rechazó por unanimidad aceptar la recomendación emitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) a raíz de las declaraciones del rector, Alejandro Zermeño Guerra, sobre el diputado local Héctor Serrano Cortés.
Los integrantes del órgano colegiado respaldaron la negativa después de escuchar los argumentos de la Abogacía General y de la Defensoría de Derechos Universitarios, instancias que cuestionaron tanto la competencia de la comisión como la fundamentación jurídica de la recomendación. Durante la sesión, ambas áreas coincidieron en que el documento de la CEDH no analizaba de manera suficiente el contexto en el que se produjeron las declaraciones.
La abogada general planteó que los hechos debían analizarse como parte de un debate público entre dos autoridades y no como una agresión contra un ciudadano sin funciones públicas. Sostuvo que las declaraciones del rector ocurrieron mientras se discutían asuntos relacionados con la fiscalización de la institución y su sistema de pensiones, por lo que tanto el rector como el diputado debían contar con un margen amplio para expresar críticas y responder a los señalamientos formulados en el ámbito público.
“No se puede pretender decir que se abre una queja en calidad de ciudadano”.
También señaló que la recomendación no distinguía con claridad entre los conceptos de funcionario, servidor público y autoridad. A su juicio, la CEDH aplicó argumentos que no correspondían con los hechos concretos y dejó de considerar que el intercambio se produjo en el contexto de una discusión sobre asuntos de interés público.
La abogada general también rechazó que las expresiones pudieran calificarse como discriminatorias o como discurso de odio. Argumentó que el intercambio ocurrió entre dos figuras públicas en el ejercicio de sus funciones y que la recomendación no explicaba de qué manera se habían acreditado las categorías de discriminación mencionadas. Además, cuestionó que una declaración ante medios de comunicación se tratara como si fuera un acto de autoridad sujeto a las mismas exigencias jurídicas que una resolución administrativa, pues consideró que esa equiparación no estaba debidamente sustentada.
La funcionaria explicó que la universidad tenía dos decisiones distintas por tomar: aceptar o rechazar la recomendación y, por separado, determinar si presentaría un recurso de impugnación. Aclaró que ambas acciones no eran incompatibles y que la decisión sobre una no obligaba necesariamente a adoptar la otra, por lo que el Consejo Directivo podía pronunciarse sobre la aceptación del documento y posteriormente valorar las vías legales disponibles para controvertirlo.
Si se promovía la impugnación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) podría revisar la actuación de la comisión estatal y determinar si confirmaba o modificaba la recomendación, o si emitía una nueva. En cualquiera de esos escenarios, advirtió, el procedimiento podría derivar en una recomendación de alcance nacional, lo que ampliaría las instancias involucradas y podría generar nuevas obligaciones para la universidad.
Sobre las consecuencias de rechazarla, la abogada general señaló que la universidad tendría que explicar y hacer pública su negativa. Añadió que la presidencia de la CEDH podría solicitar al Congreso del Estado que llamara a comparecer a quienes tomaron la decisión, aunque cuestionó que existieran facultades legales para hacerlo en el caso de las autoridades universitarias. En ese supuesto, dijo, la institución podría recurrir al juicio de amparo para impugnar una eventual comparecencia que considerara improcedente.
La abogada general también advirtió que aceptar la recomendación podría implicar reconocer al diputado como víctima de una violación a sus derechos humanos, con posibles consecuencias en materia de reparación del daño. Entre las medidas mencionó una indemnización económica, rehabilitación y otras acciones contempladas en la recomendación. Asimismo, cuestionó que el documento planteara dar vista al órgano interno de control para investigar una posible responsabilidad administrativa del rector, pues sostuvo que esa instancia no tendría atribuciones sobre la persona que ocupa la rectoría.
Gabriela Palestino, directora de la Facultad de Ciencias Químicas, respaldó la propuesta de no aceptar la recomendación. Consideró que los documentos presentados por la Abogacía General estaban suficientemente fundamentados y sostuvo que la universidad debía defender su posición frente a los señalamientos. También planteó que, si el Congreso solicitaba la comparecencia del Consejo Directivo, la abogada general pudiera asumir la representación de sus integrantes, con el propósito de que la institución contara con una postura jurídica unificada.
La maestra consejera de la Facultad de Ciencias de la Comunicación, Iraís Valenciano, sostuvo que debía ser la Abogacía General la instancia encargada de representar a los integrantes del Consejo Directivo en caso de que fueran llamados a comparecer. La maestra consejera de la Facultad del Hábitat, Brenilda Ivonne Aguayo, por su parte, cuestionó que el asunto pudiera llegar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o derivar en una solicitud para que comparecieran integrantes del órgano colegiado, al considerar que esas posibilidades dependían de interpretaciones jurídicas que no estaban suficientemente claras.
Otros consejeros se sumaron a la postura. El director de la Zona Huasteca de Estudios Profesionales, Isaac Lara Azuara, manifestó que estaba en contra de aceptar la recomendación y pidió apoyo de la Secretaría General y de la Abogacía General para elaborar una respuesta que explicara los motivos de la negativa. Durante esa intervención también solicitó que se revisara la redacción del documento antes de presentarlo formalmente, con el fin de que la contestación reflejara con precisión la decisión adoptada por el Consejo Directivo y evitara ambigüedades en su contenido.
Por su parte el secretario General de la Universidad en funciones de presidente del CDU, Federico Arturo Garza Herrera, indicó que la abogada general tendría facultades para preparar la contestación conforme a lo aprobado por el órgano colegiado y que posteriormente informaría sobre los avances. De esta manera, la elaboración del documento quedaría bajo responsabilidad de la representación jurídica de la universidad, mientras que el Consejo Directivo conservaría la facultad de conocer el desarrollo del procedimiento y las acciones posteriores que pudieran derivarse de la respuesta institucional.
Olivia Salazar, titular de la Defensoría de Derechos Universitarios, también cuestionó la actuación de la CEDH. Sostuvo que no podía hablarse de una vulneración de derechos humanos en los términos planteados, porque el origen del asunto fue un debate público vinculado con las funciones legislativas del diputado. Además, cuestionó que Serrano Cortés tuviera legitimación para presentar la queja en los términos en que se tramitó y señaló inconsistencias en la documentación sobre el inicio del expediente. A su juicio, el caso contenía irregularidades que afectaban tanto el procedimiento como la aplicación de la recomendación.
Durante la sesión, el presidente del órgano colegiado sostuvo que el conflicto derivó de una descalificación al proceder de la universidad y cuestionó que se interviniera en asuntos que correspondían a la institución. Los argumentos expuestos por las autoridades universitarias se centraron en la naturaleza pública del debate, la competencia de la CEDH y la falta de claridad jurídica de la recomendación.
Con el rechazo unánime, la universidad deberá formalizar los argumentos de su negativa ante la CEDH y explicar las razones por las que considera improcedente aceptar el documento. La votación para impugnar también fue negativa, por lo que queda pendiente determinar si el diputado Héctor Serrano recurrirá también a esa vía para controvertir la actuación de la comisión estatal.





