Diligencias “exhaustivas” en caso Gallardo: funcionario del CEEPAC

Eduardo Delgado

Han sido “exhaustivas” las diligencias e investigaciones realizadas por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), como parte del procedimiento encaminado a sancionar la promoción personalizada del alcalde capitalino, Ricardo Gallardo Juárez, aseveró el Secretario Ejecutivo de ese organismo, Héctor Avilés Fernández.

Con ese argumento el funcionario justificó los cuatro meses que lleva con ese caso, luego de que el 26 de octubre de 2017 la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la resolución del tribunal estatal, órgano colegiado que a su vez anuló el procedimiento sancionador iniciado por el CEEPAC.

De sí mismo expuso “el porqué de estos cuatro meses, que se ha llevado la Secretaría Ejecutiva en llegar a este punto…  porque la resolución de la Sala Monterrey nos hace un señalamiento relativo a que en la primera resolución no se llevaron a cabo con exhaustividad algunas diligencias”, completó.

Por esa razón, añadió, “esta ocasión hemos tratado de dar cumplimiento de la mejor manera a la sentencia”.

  • ¿Durante estos cuatro meses han recibido algún requerimiento u observación de la Sala Regional?-, se le preguntó.
  • Únicamente nos han solicitado que les informemos el estado procesal del caso.
  • ¿Una, dos, tres veces…?
  • Dos.

En entrevista informó primero que el pasado martes -precisamente un día después de que se cumplieron cuatro meses de la resolución del tribunal regional-, “se dictó el acuerdo de cierre de instrucción, lo que significa que ya entramos a la recta final del procedimiento”, explicó.

Precisó que tras el cierre de la fase de instrucción empiezan a correr cinco días hábiles para que las partes involucradas presenten sus alegatos y enseguida la Secretaria Ejecutiva dispondrá de otros diez días hábiles para enviar el proyecto de resolución a la Comisión de Quejas y Denuncias.

“A partir de allí (el tiempo) depende del curso que tenga (el caso) en esa comisión, que lo puede aprobar, rechazar o modificar”, completó.

“Si aprueba el asunto este sigue. Si lo rechaza o lo modifica lo regresa a la Secretaria para que incorporarle las observaciones y con estas lo vuelva someter a comisión. En caso de que la comisión lo apruebe lo tiene que enviar a la presidencia del consejo para que se agende en la sesión que corresponda”, detalló.

En esa tesitura refirió que la resolución definitiva no tiene un plazo definido, “pero se le está dando la consecución debida para que el asunto no se quede sin actuación en ningún momento”.

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