CEDH anuncia recurso de insconstitucionalidad contra aislamiento obligatorio

Leticia Vaca

En caso de publicarse en el Periódico Oficial del Estado la reforma al artículo 114 de la Ley de Salud de San Luis Potosí que fue aprobada el pasado viernes 17 de abril por los diputados locales, con la que será obligatorio el aislamiento de personas con algún padecimiento contagioso, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) dio a conocer que promoverá una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 

Desde un día antes de ser votada la iniciativa del diputado Cándido Ochoa Rojas, el titular de la CEDH, Jorge Andrés López Espinosa, advirtió de las acciones que se emprenderían en caso de que el Legislativo avalara la propuesta, por considerar que “la norma jurídica aprobada tiene un evidente contenido inconstitucional e inconvencional”. 

Entre las observaciones que hace la CEDH, se aclara que en San Luis Potosí se cuenta con un Consejo de Salud Estatal, que tiene las facultades de formular las políticas públicas en materia de salud. 

Es así que tanto el Consejo de Salubridad General como el Consejo de Salud Estatal cuentan, al ser autoridades administrativas y no jurisdiccionales, con las facultades de ley suficientes para salvaguardar el derecho humano a la salud y sus acuerdos son publicados tanto en el Diario Oficial de la Federación como en el Periódico Oficial del Estado  ‘Plan de San Luis’, respectivamente, por lo que resulta innecesario que para el cumplimiento de sus funciones se auxilie de cualquier otra autoridad o de las autoridades de seguridad pública como lo prevé la norma mencionada. 

Se puntualizó además que desde la CEDH se está a favor de que las autoridades en el ámbito de sus competencias tomen las mejores decisiones para enfrentar la emergencia pública sanitaria que representa el Covid-19, sin embargo se reitera que las restricciones a algunos derechos “pueden justificarse siempre y cuando tengan una base constitucional, convencional y legal, que sean estrictamente necesarias y no sean arbitrarias ni discriminatorias en su aplicación, que sean de duración limitada y respeten la dignidad humana”. 

Por lo anterior, se pide que desde el Ejecutivo se valore la pertinencia de ejercer la facultad de veto de la reforma del artículo 114 de la ley de Salud que fue aprobada por el Legislativo y que “le confiere el artículo 80 fracción II de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí y con ello frenar el proceso legislativo de esta norma que resulta evidentemente inconstitucional e inconvencional”.

Redes Sociales

Noticias por WhatsApp

Recibe nuestras notas directo en tu WhatsApp

Notas Relacionadas

Más Vistas

Skip to content