Ceepac remite al Congreso solicitud de consulta indígena sobre cambio de sistema electoral en tres municipios

Fernanda Durán

El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) respondió a la solicitud presentada por integrantes de los pueblos indígenas tének y náhuatl para realizar una consulta sobre el cambio de sistema de elección en los municipios de Tancanhuitz, Tanlajás y San Antonio, y determinó que corresponde al Congreso del Estado llevar a cabo este proceso.

Durante sesión de su Consejo General, el organismo electoral aprobó un acuerdo mediante el cual da contestación formal a la petición y canaliza el planteamiento al Poder Legislativo, al ser la autoridad competente para organizar la consulta conforme a los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El Ceepac precisó que, en estos casos, las autoridades jurisdiccionales han sido claras en señalar que la consulta para transitar de un sistema de partidos a uno de usos y costumbres debe ser organizada por el Congreso estatal, en cumplimiento de lo ordenado en las acciones de inconstitucionalidad 141/2022 y su acumulada 152/2022.

Asimismo, el organismo recordó que cualquier ejercicio de consulta indígena debe sujetarse a la Ley de Consulta Indígena para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, que establece los procedimientos, autoridades y mecanismos para garantizar la participación de las comunidades.

Como parte de la atención a las personas solicitantes, el Ceepac informó que ya implementó el mecanismo institucional correspondiente para asegurar que su petición sea considerada, mediante la entrega formal y oportuna de la solicitud al Congreso del Estado, en seguimiento a lo establecido en la sentencia del Tribunal Electoral del Estado, TESLP-JDC-11/2023.

Con ello, el organismo electoral reiteró que su función en este tipo de procesos se limita a brindar orientación y canalizar solicitudes, sin asumir la organización de las consultas, una responsabilidad que recae directamente en el Poder Legislativo.

Este posicionamiento se da en medio del contexto de las consultas pendientes que el Congreso del Estado debe realizar para cumplir con resoluciones judiciales, particularmente aquellas relacionadas con derechos de pueblos y comunidades indígenas y personas con discapacidad, las cuales han sido señaladas por la SCJN por no haberse llevado a cabo conforme a los estándares legales.

El origen de la controversia se remonta al juicio ciudadano TESLP/JDC/11/2023, promovido por habitantes de comunidades indígenas que denunciaron la omisión de las autoridades electorales de garantizar su derecho a una consulta previa sobre el cambio de régimen electoral en municipios como Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás.

En su resolución de agosto de 2023, el Tribunal Electoral del Estado reconoció que las acciones realizadas no fueron oportunas y ordenó que se preparara una consulta indígena, vinculando tanto al Ceepac como al Congreso del Estado en su implementación.

A partir de ello, y en concordancia con lo ordenado también por la Suprema Corte en las acciones de inconstitucionalidad 141/2022 y 152/2022, se estableció que el Congreso debía emitir una convocatoria de consulta, mientras que el Ceepac debía reactivar los trabajos con representación indígena para preparar su realización.

Sin embargo, el propio expediente muestra que, aunque el Ceepac cumplió con gestionar e incluso entregar formalmente la petición para incluir el tema en la consulta, el proceso seguía en fase interna dentro del Congreso, sin que hasta ese momento existiera convocatoria emitida.