Fernanda Durán
El Congreso del Estado comenzó a revisar una posible modificación al delito de mensajes intimidatorios, creado para sancionar la difusión de las llamadas “narcomantas”, antes de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelva la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
La diputada María Leticia Vázquez Hernández, autora de la iniciativa y presidenta de la Comisión Primera de Justicia, informó que analizará los argumentos del organismo nacional para determinar si el artículo 170 TER del Código Penal puede corregirse durante el siguiente periodo ordinario de sesiones o incluso en un periodo extraordinario.
La CNDH impugnó específicamente el inciso b) del artículo, el cual sanciona los mensajes que sean considerados “idóneos para generar un estado real de temor colectivo o alteración del orden público, atendiendo al contexto en que se emite”. El organismo sostiene que esos conceptos son amplios e indeterminados, no permiten distinguir claramente qué conductas son lícitas y pueden propiciar una aplicación discrecional en perjuicio de la seguridad jurídica y la libertad de expresión.
Además, advirtió que la norma no define cuándo un mensaje puede generar temor colectivo o alterar el orden público, por lo que la responsabilidad penal dependería de la valoración que realicen las autoridades sobre su contenido, naturaleza y finalidad.
Vázquez Hernández defendió que la reforma fue presentada con la intención de atender los mensajes utilizados para intimidar públicamente a la población o a las autoridades.
“Esa propuesta de iniciativa mía se hizo con toda la intención de proteger un bien jurídico en contra de mensajes intimidatorios como son las famosas narcomantas que existieron y por ahí todavía pudiera haber”.
No obstante, reconoció que el Congreso está abierto a revisar la disposición ante los señalamientos formulados por la CNDH.
Aunque inicialmente planteó esperar el fallo, la legisladora confirmó que también se analiza corregir el artículo antes de que la Corte emita una resolución: “También lo estamos viendo, esa posibilidad de subsanar antes de que hubiera una resolución”.
La presidenta de la Comisión Primera de Justicia indicó que comenzará el análisis de la demanda y que, dependiendo de sus resultados, la modificación podría someterse a votación sin esperar al siguiente periodo ordinario.
Jurídico del Congreso revisa una modificación
El coordinador parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Héctor Serrano Cortés, confirmó que el área jurídica del Congreso ya revisa posibles cambios al artículo para evitar que la controversia tenga que llegar hasta una interpretación de la SCJN.
“Hoy platicamos con ella y hay una valoración que se está haciendo por parte del jurídico del Congreso para modificar y no tener la necesidad ni siquiera de llegar a una interpretación de la Corte”, declaró sobre la iniciativa de Vázquez Hernández.
Serrano rechazó que la impugnación pueda considerarse por sí misma como una falla legislativa. Argumentó que las leyes estatales están sujetas a revisión constitucional y sostuvo que las diferencias pueden derivar de la interpretación jurídica, no necesariamente de la técnica utilizada en su elaboración.
“La técnica legislativa no necesariamente tiene que ver con la apreciación y la interpretación. La ley se interpreta y el máximo órgano para darle interpretación es lo que emana de la Constitución y que está a cargo de la Suprema Corte”.
Ante el señalamiento de que la reforma sobre mensajes intimidatorios contiene ambigüedades similares a las cuestionadas en la regulación penal sobre inteligencia artificial, el legislador afirmó que siempre existirán aspectos sujetos a interpretación.
Sin embargo, también reconoció que los dictámenes son revisados por personal técnico y jurídico del Congreso, al que atribuyó la responsabilidad de advertir posibles contradicciones constitucionales antes de que las reformas sean aprobadas.
“Hay un cuerpo técnico jurídico que debiera de conocer perfectamente los preceptos constitucionales para evitar que haya un efecto de inconstitucionalidad. Entonces, esa función de interpretación también es de los propios asesores”.
El coordinador del PVEM consideró que la intervención de la SCJN forma parte del proceso democrático de revisión de las leyes: “Finalmente una autoridad suprema determina si efectivamente no se está violentando la Constitución”.





