Por Victoriano Martínez
“Cualquier delegación puede volverse municipio si tiene infraestructura recaudatoria suficiente”, aseguró el gobernador Ricardo Gallardo Cardona para justificar su propuesta para convertir a la Delegación de La Pila en el municipio número 60 del Estado.
La afirmación tiene que ver con el señalamiento de que su propuesta no cumple con el requisito de que para una demarcación pueda aspirar a convertirse en municipio tiene que contar con más de 20 mil habitantes.
“Es una mentira, en ningún lado dice eso, Cerro de San Pedro tiene cinco mil habitantes, Armadillo de los Infante tiene seis mil habitantes y así te puedo decir fácil, fácil, 20 municipios que tienen menos de 20 mil habitantes”, expresó.
“Son cosas que ojalá deberían estudiar primero bien los temas antes de dar una declaración a priori. No es correcto que se trate de engañar a la gente o desanimar a la gente de La Pila”, aseguró como si antes él ya hubiera examinado el asunto.
“Que tengan un censo de población no menor de veinte mil habitantes”, establece el artículo 47 de la Ley Orgánica del Municipio Libre como el segundo requisito que deben cumplir “los centros de población que por sí solos o unidos a otros” para poder buscar que se les otorgue la categoría de municipio.
Doce palabras en la Ley Orgánica del Municipio Libre que Gallardo Cardona fue incapaz de leer a priori de su declaración y que ninguno de sus asesores le advirtió de su existencia en esa legislación como para evitarle su falsa afirmación, a menos que los haya hecho con toda la intención de engañar y/o como parte de su ya legendaria actitud de pasar por encima de las leyes.
De acuerdo con el Censo de Población del INEGI de 2020, la Delegación de La Pila contaba para ese año con 7 mil 471 habitantes. Sólo si en los últimos cinco años la población de esa demarcación se haya incrementado en un 167.7 por ciento podría aspirar a convertirse en municipio.
La comparación que Gallardo Cardona hace sobre ese requisito de los 20 mil habitantes con hasta 20 municipios que tienen menos de esa población suma a su ignorancia del contenido de la Ley Orgánica del Municipio Libre su desconocimiento de la historia de la conformación de los municipios del Estado del que es gobernador.
La división territorial del Estado llegó a 58 municipios el 2 de noviembre de 1994, cuando se crearon los municipios de Matlapa y El Naranjo. La actual Ley Orgánica del Municipio Libre se promulgó en el Periódico Oficial del Estado el 8 de julio del año 2000 y es a partir de entonces que el requisito de 20 mil habitantes se incorporó.
“Se pretende guardar el equilibrio demográfico, social, cultural, político y económico del Estado en los municipios de nueva creación, buscando además que no se afecten estos aspectos en los municipios colindantes y en los que se segregara territorio para la creación de la nueva circunscripción”, justificó la exposición de motivos la incorporación de ese requisito.
Ocurrencia o no, la propuesta de Gallardo Cardona exhibe cierto grado de improvisación que resulta evidente al pasar de pretender apropiarse del impuesto predial de la zona industrial a cambio de rehabilitar sus vialidades a convertir a La Pila en municipio para poder lograr ese objetivo. ¿De verdad es necesaria una solución tan rebuscada o hay otra finalidad oculta?
En su declaración para insistir en la municipalización de La Pila, Gallardo Cardona asegura que en la capital le temen a que se les corte el suministro de recursos para hacer otro tipo de obras que no sean para la Delegación.
“Pero se puede delimitar, hay una parte también muy grande de zona industrial que va a quedar en la capital que quedaría en la capital, donde ellos podrían seguir teniendo ingresos y la otra parte de la zona industrial ya puede quedar en La Pila para que La Pila pueda tener recursos suficientes para que ahora remedie la zona industrial”, dijo.
¿Y si la parte que se queda en el municipio capitalino es la más deteriorada de la zona industrial en tanto que el La Pila quedan especialmente parques industriales privados que requieren poca atención, pero sí representan ingresos importantes en cuanto a impuesto predial? ¿Hay algún interés adicional a la benevolente idea de facilitar la rehabilitación de la zona industrial?
Y si cualquier delegación puede volverse municipio, ¿habrá un momento en el que surja por generación espontánea algún interés por convertir en municipio a la Delegación de Escalerillas con sus 5 mil 299 habitantes, o a la Delegación de Pozos con sus 954 habitantes?