Diputada propone prohibir terapias de conversión en SLP

Fernanda Durán

En el marco del mes del Orgullo LGBTIQ+, la diputada priista Frinné Azuara Yarzábal presentó una iniciativa ante el Congreso del Estado para prohibir y sancionar los llamados Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidos como “terapias de conversión”, en el ámbito penal como sanitario.

La propuesta busca armonizar la legislación local con la reforma federal aprobada en marzo de 2024, que considera estas prácticas como una forma de violencia que atenta contra la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad.

San Luis Potosí es uno de los estados que aún no ha legislado contra las llamadas “terapias de conversión”, pese a los señalamientos internacionales de que estas constituyen actos de tortura y discriminación.

La propuesta plantea reformar el Código Penal del Estado de San Luis Potosí con la adición de un nuevo Capítulo VIII, denominado Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas, dentro del Título Cuarto que agrupa los delitos contra la dignidad humana. También se propone adicionar los artículos 190 Bis y 190 Ter, los cuales replican en esencia lo aprobado a nivel federal el pasado 7 de junio.

De acuerdo con el artículo 190 Bis, se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento que tenga como finalidad modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

La iniciativa establece agravantes y duplicación de las penas en los siguientes casos:

  • Cuando las víctimas sean menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad;
  • Si el agresor tiene una relación de subordinación, como docente, empleador o servidor público;
  • Si se emplea violencia física, psicológica o moral;
  • En caso de que el perpetrador sea padre, madre o tutor, se aplicarán sanciones de apercibimiento o amonestación a discreción del juez.

El artículo 190 Ter establece que, para determinar el daño ocasionado al libre desarrollo de la personalidad, deberán realizarse dictámenes especializados.

En caso de incumplimiento, el Ministerio Público podrá ser sancionado. Además, si el responsable no puede garantizar atención médica o psicológica, el Estado deberá asumir esa obligación.

La iniciativa también reforma la Ley de Salud del Estado con la adición del artículo 380 TER, el cual sanciona con suspensión del ejercicio profesional de uno a tres años a los profesionales de la salud que participen en estas prácticas, además de las penas contempladas en el Código Penal.

A nivel federal, el Congreso de la Unión aprobó en marzo de 2024 una reforma que incorporó el artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y el 465 Ter a la Ley General de Salud. Estas disposiciones fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de ese año, estableciendo sanciones similares a las planteadas en la iniciativa de Azuara Yarzábal.

La propuesta será turnada a comisiones este martes en sesión ordinaria.

Esta no es la primera vez que se plantea el tema en el Congreso local. En junio de 2022, durante la LXIII Legislatura, la entonces diputada Nadia Ochoa presentó una iniciativa similar para penalizar las terapias de conversión. Sin embargo, la propuesta no avanzó en comisiones ni fue discutida en el Pleno.

Ahora, con un marco federal ya vigente, la nueva propuesta legislativa retoma y amplía el contenido con una estructura legal más robusta. Además, se basa en un proceso de análisis con especialistas, organizaciones civiles y colectivos LGBTIQ+, según se detalla en la exposición de motivos del documento legislativo.

Aparte de la iniciativa penal para prohibir los ECOSIG, el Congreso recibirá esta semana otra propuesta en materia de derechos de la diversidad, presentada por la diputada Roxanna Hernández Ramírez, del Partido Verde, que busca reformar el artículo 8 de la Constitución estatal para incluir expresamente la prohibición de la discriminación motivada por orientación sexual, identidad de género, expresión de género y características sexuales, conceptos actualmente ausentes en el texto constitucional local.

La diputada también propone adicionar un nuevo párrafo que obligue al Estado a garantizar la igualdad sustantiva mediante medidas de nivelación, políticas diferenciadas y acciones afirmativas, con enfoque específico en poblaciones históricamente vulneradas, entre ellas la comunidad LGBTIQ+, personas con discapacidad, migrantes, indígenas y personas privadas de la libertad a fin de obligar a la implementación activa de políticas públicas que combatan la desigualdad estructural.