Firma legal promociona amparos contra el “impuesto verde”

Abelardo Medellín

La firma legal Duque Banda y Asociados (DB&A) afirmó que la reforma a la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí con la cual se crearon nuevos “impuestos ecológicos” es inconstitucional, por lo que ofreció servicios para que las empresas se amparen contra esta medida.

Durante la celebración del Foro sobre Impuestos Ambientales celebrados por cámaras empresariales este lunes 22 de abril, la firma entregó un boletín a través del cual expresaron su postura sobre este nuevo “impuesto ambiental”, aprobado el 14 de diciembre de 2023 por el Congreso del Estado.

En su comunicado, explicaron diversos puntos de la reforma como los tiempos en que las personas físicas y morales deberán reportar su producción de gases de CO2, el costo por cada tonelada de contaminación e incluso un tabulador de contaminantes equivalentes al CO2 que también se gravarán.

Tras el análisis breve del contenido de esta reforma, DB&A expresó:

“Este nuevo impuesto es inconstitucional, pues hemos detectado inconsistencias tanto en el proceso legislativo, así como violaciones a diversos derechos fundamentales reconocidos en la Constitución como lo son: legalidad, seguridad jurídica, equidad tributaria, proporcionalidad trinitaria, entre otros”.

Derivado de estas supuestas violaciones, la firma sugirió que aquellas personas físicas y morales que se vean afectadas por este impuesto deben promover un juicio de amparo indirecto antes los juzgados de distrito del estado.

Como dato adicional, DB&A explicó que el amparo que busquen promover las empresas y sujetos afectados deberá presentarse dentro de los 30 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del impuesto que, según un decreto de marzo pasado, iniciaría el próximo 10 de junio.

Igualmente, sugirieron que para la presentación de este amparo se tomen en cuenta el periodo vacacional de los juzgados.

Como una segunda opción, la firma indicó que también se pueden presentar amparos durante los 15 días hábiles posteriores a la primera vez que la empresa se ve obligada a pagar el nuevo impuesto.

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