Imputados con prisión preventiva oficiosa podrán cambiar medidas cautelares en SLP

Fernanda Durán

En San Luis Potosí y en todo el país, todo imputado por la comisión de algún delito al que se le dicte prisión preventiva oficiosa podrá solicitar la imposición de otras medidas cautelares a través de un juicio de amparo, así lo determinó el Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México.

La determinación surgió de la resolución de contradicción de criterios 40/2023, así como en cumplimiento a las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en los casos Tzompaxtle Tecpile y otros contra México donde se condenó al Estado mexicano y se declaró la inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa.

“Cuando el quejoso solicite la suspensión provisional ante la imposición de la prisión preventiva oficiosa, esta deberá tener efecto de tutela anticipada y el juez de la causa, con base en las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, convocará a una audiencia de revisión de medidas cautelares dentro de un plazo de 48 horas y podrá imponer una diversa previo contradictorio”.

De acuerdo con el fallo, los jueces que reciban amparos deberán conceder suspensiones provisionales con efectos restitutorios, no obstante, para conceder una suspensión provisional contra la prisión forzosa, los jueces de amparo deberán analizar en cada caso concreto el interés social y la apariencia del buen derecho.

En entrevista con Astrolabio Diario Digital, el abogado penalista, Edgardo Hernández Contreras, indicó que esta resolución será de observancia general a todas las fiscalías y al Poder Judicial de todos los estados solamente cuando el quejoso solicite el amparo para la tutela anticipada, es decir, regresan sus derechos y estará fuera de prision hasta que haya una sentencia condenatoria.

Conforme lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y México está fuera de ese convencionalismo, por ello se debe ajustar a los parámetros, ya que se violentan los derechos humanos contenidos en la constitución política.

“Cualquier persona debe tener la garantía de acceso a una pronta y expedita procuración de administración de justicia”.

Al cierre de 2022, mil 482 personas sin sentencia en San Luis Potosí fueron procesadas por delitos del fuero común y 30 del fuero federal; mientras que en mayo de 2023 aumentó a mil 625 personas por delitos del fuero común y 54 del fuero federal, de acuerdo con datos recabados por la organización México Evalúa.

Mientras que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) informó que a nivel federal en promedio, 39.0 por ciento de las personas privadas de la libertad/internadas en 2022 no contó con una sentencia, de los cuales 49.3 por ciento fueron mujeres y 38.4 hombres.

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